Superintendencia de Industria y Comercio impuso multa por $12.000 millones a once empresas en Colombia: qué hicieron

Algunas de las compañías compartían un departamento de licitaciones conjunto para consolidarse como posibles proponentes en procesos de contratación

Guardar
Contra los actos administrativos sancionatorios,
Contra los actos administrativos sancionatorios, procede recurso de reposición ante la Superintendente de Industria y Comercio - crédito Carlos Ruiz/Pixabay

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), en el cumplimiento de sus funciones de inspección, vigilancia y control, en materia de protección a la libre competencia económica en procesos de contratación estatal, impuso sanciones en cuatro investigaciones administrativas a distintos agentes del mercado y a las personas naturales vinculadas a estos, por valor aproximado de $12.000 millones.

En la primera investigación, tres empresas del sector de la ingeniería civil y a su controlante, personal natural, fueron multadas por violar la libre competencia económica al haber incurrido en el articulo 1 de la Ley 155 de 1959, que prohíbe los acuerdos o convenios que directa o indirectamente tengan por objeto limitar la producción, abastecimiento, distribución o consumo de materias primas, productos, mercancías o servicios nacionales o extranjeros, y en general, toda clase de prácticas, procedimientos o sistemas tendientes a limitar la libre competencia y a mantener o determinar precios inequitativos, al interior del proceso de proceso de selección No. VJ-VEJ-CM-001-2019 adelantado por la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI).

Ahora puede seguirnos en nuestro WhatsApp Channel y en Facebook.

Para el caso, se impusieron sanciones por más de $680 millones por las violaciones al régimen de libre competencia económica.

La Superintendencia de Industria y
La Superintendencia de Industria y Comercio vio violación de la libre competencia económica en el caso de las empresas a las que se multó crédito Presidencia de la República

Prohibición general

Asimismo, en el segundo caso, dos empresas del sector de la ingeniería civil, a su controlante, y a personas naturales vinculadas a las empresas, por violar la libre competencia económica al haber incurrido en la prohibición general prevista en el artículo 1 de la Ley 155 de 1959, al interior del proceso de proceso de selección No. VJ-VEJ-CM-001-2019 adelantado por la ANI. En este caso, se impusieron sanciones económicas por valor de más de $2.042 millones por las violaciones al régimen de libre competencia económica.

La SIC evidenció que los sancionados presentaron ofertas con documentos que contenían identidades que demostraron un trabajo colaborativo entre aparentes competidores que respondían a una única voluntad e interés conjunto, que en ningún momento fue puesto en conocimiento de la entidad contratante, a quien siempre se le hizo creer que se mantenían como competidores.

En la tercera investigación, dos empresas dedicadas a la prestación de servicios asociados con la operación logística en la organización, operación y ejecución de eventos, así como a la prestación de servicios de alojamiento y el suministro de bebidas y alimentos, fueron sancionadas por violar la libre competencia económica.

“Incurrieron en la prohibición general prevista en el artículo 1 de la Ley 155 de 1959, así como a siete personas naturales vinculadas a las empresas investigadas, en distintos procesos de selección contractual adelantados por el Ejército Nacional, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf), Instituto Caro y Cuervo, Contraloría de Bogotá D.C., Alcaldía de Barranquilla, entre otras entidades del orden nacional y territorial. En este caso, se impusieron sanciones por más de $4.400 millones por las violaciones al régimen de libre competencia económica”, precisó la entidad.

Compartían departamento de licitaciones conjunto

La superintendencia encontró que las empresas compartían un departamento de licitaciones conjunto, lo que le permitió incrementar las probabilidades de las compañías para quedar seleccionadas en el consolidado de posibles proponentes del proceso de contratación, elaborando documentos y ofertas de manera conjunta.

Cielo Rusinque es la actual
Cielo Rusinque es la actual superintendente de Industria y Comercio - crédito @Cielo_Rusinque/X

Régimen de libre competencia económica.

A su vez, en la última investigación administrativa se evidenció que, cuatro empresas y cuatro personas naturales fueron sancionadas por violar el régimen de libre competencia económica al haber incurrido en la prohibición general prevista en el artículo 1 de la Ley 155 de 1959 y en la celebración de acuerdos anticompetitivos en procesos de selección contractual prevista en el numeral 9 del artículo 47 del Decreto 2153 de 1992 (acuerdo en las licitaciones o concursos o los que tengan como efecto la distribución de adjudicaciones de contratos, distribución de concursos o fijación de términos de las propuestas).

En este caso, se impusieron sanciones por más de $5.100 millones por las violaciones al régimen de libre competencia económica.

“Con la imposición de estas sanciones, la Superintendencia de Industria y Comercio, como autoridad de protección de la competencia, ratificó el compromiso que tiene de velar por el manejo adecuado de los recursos públicos destinados a los procesos de contratación estatal a nivel nacional y territorial, buscando prevenir que los agentes económicos que participen en este tipo de procesos no incurran en comportamientos que priven a las entidades contratantes de un escenario en el que los proponentes concurran en igualdad de condiciones”, detalló la SIC.

Contra los actos administrativos sancionatorios, procede recurso de reposición ante la Superintendente de Industria y Comercio.

Guardar