El martes 25 de junio vence el plazo de los diez días hábiles para que los abogados de Nicolás Petro presenten sus alegatos ante la Procuraduría General de la Nación, tras la culminación de la investigación del Ministerio Público al hijo del presidente Gustavo Petro.
Nixon Torres, abogado defensor de Nicolás Petro, anunció que sus argumentos serán presentados antes del mediodía de este martes.
Torres afirmó a Caracol Radio que “la Procuraduría, con estos términos, tiene muy difícil formular cargos contra nuestro cliente. Sin embargo, de hacerlo, nosotros seguiremos en la pelea, especialmente en momentos en que el mismo Consejo de Estado se ha pronunciado indicando que la Procuraduría no tiene competencias para sancionar a servidores públicos elegidos popularmente”.
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La entidad de control también decidirá sobre la solicitud de archivo de la investigación presentada por la defensa del exdiputado. Esta solicitud será resuelta “en la decisión que evalúe el mérito disciplinario de la investigación”.
Una vez la Procuraduría reciba los documentos de los abogados de Nicolás Petro, deberá estudiar el material del caso y determinar si procede o no sancionar al exdiputado del Atlántico por incumplir sus funciones mientras era funcionario público.
Nicolás Petro fue escogido como miembro de la Asamblea del Atlántico para el periodo 2020 - 2023, cargo que ocupó hasta su captura en julio de ese año. El miembro del Pacto Histórico ocupó el puesto de diputado luego de quedar segundo en las votaciones para la Gobernación de ese departamento en las elecciones regionales de 2019.
¿Por qué Nicolás Petro es investigado por la Procuraduría?
Además del proceso penal que enfrenta Nicolás Petro en la Fiscalía, el hijo del presidente también está sujeto a un proceso disciplinario liderado por la Procuraduría.
En marzo de 2023, el Ministerio Público inició una investigación contra Nicolás Petro, a partir de la denuncia realizada por su expareja, Day Vásquez. Ella afirmó que Petro Burgos había recibido dinero ilegal para la campaña presidencial de 2022.
“Ordené a mi equipo disciplinario iniciar inmediatamente una indagación o investigación, de acuerdo con las circunstancias, a Nicolás Petro por ser un servidor público”, declaró la procuradora Margarita Cabello en ese momento. Este proceso disciplinario se lleva a cabo en el Ministerio Público, ya que, en el momento de los hechos, Nicolás Petro era diputado en la Asamblea del Atlántico.
Además, no fue la única fuente de financiación irregular, pues también se alega que recibió “dinero y una camioneta por parte de empresarios de Cúcuta para apoyar la campaña presidencial de su padre”.
El ente de control ordenó la recopilación de pruebas documentales y testimoniales para determinar la ocurrencia de conductas presuntamente irregulares, evaluar si constituyen faltas disciplinarias y determinar el posible perjuicio causado. “Según lo manifestado por la exesposa del investigado, a espaldas de su padre, Petro Burgos se quedó con dinero que recibió de personas cuestionadas públicamente para apoyar la campaña de Gustavo Petro Urrego”, indicaron desde la Procuraduría.
El abogado defensor argumenta que la Procuraduría no tiene competencia en este caso, ya que Nicolás Petro no utilizó su posición de diputado para recibir los supuestos fondos irregulares.
Sin embargo, los funcionarios públicos, especialmente aquellos en altos cargos como alcaldes, gobernadores, ministros, directores de empresas públicas, etc. tienen las siguientes prohibiciones durante las contiendas electorales:
- No pueden participar en actividades de agrupaciones políticas ni en controversias políticas (Constitución Política, artículo 127, incisos segundo y tercero).
- No pueden utilizar su cargo para apoyar una campaña política ni presionar a particulares o subalternos para influir en procesos electorales (Código Único Disciplinario, artículo 48, numerales 39 y 40).
- No pueden intervenir en política utilizando su poder para favorecer o perjudicar electoralmente a un candidato o agrupación política (Código Penal, artículo 422).
- No pueden utilizar bienes y servicios del Estado para favorecer campañas electorales (Ley de Garantías, artículo 38, parágrafo).