El presidente Gustavo Petro firmaría la ley de la reforma pensional el próximo 2 de julio. Así lo anunció la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, en un video publicado por la Presidencia de la República en sus cuentas oficiales.
De hecho, en la tarde del 22 de junio, Petro invitó a través de su cuenta de X a “llenar la Plaza de Bolívar con la tercera edad” para presenciar el evento de sanción presidencial: “Vamos a firmar la ley de la reforma pensional”, expresó el mandatario.
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Y es que para que se convierta en una ley de la República, los proyectos deben ser aprobados en dos debates por cada cámara (Senado y Cámara de Representantes). Luego de ello, se envían a la Presidencia de la República para su sanción. La sanción, en este contexto, significa ratificación, ya que la rama ejecutiva también lo estudia.
Si el presidente considera que el proyecto de ley es inconstitucional, puede devolverlo a cámara en la que se presentó originalmente. Dicho escenario no sucederá debido a que es una reforma propuesta por el mismo partido de Gobierno. Sin embargo, no solo el presidente puede emitir la decisión de inconstitucionalidad, también la Corte Constitucional tiene las facultades para ello; ese es el recorrido para que una iniciativa legislativa se haga ley en el país.
Sobre esto se pronunció la ministra Ramírez en el video. La jefa de cartera de Trabajo envío un mensaje al alto tribunal: “Nosotros esperamos que la Corte mantenga no solamente el interés y el beneficio que tiene esta reforma, que es inclusiva, que es equitativa, pero sobre todo que cumple con un mandato que tiene nuestra Constitución y es proteger la vejez”.
¿Por qué la Corte Constitucional podría no aprobar la reforma pensional?
El viernes 14 de junio, con 86 votos a favor en la plenaria de la Cámara de Representantes, pasó la reforma pensional. Sin embargo, la aprobación ha generado controversia, ya que se ignoraron las modificaciones realizadas por la Comisión Séptima de la Cámara.
Lo que ocurrió es que después de los cambios en el texto que hizo esa comisión de la Cámara, la plenaria decidió aceptar el texto que se había aprobado en el Senado meses atrás. Entonces, la oposición indicó que eso era una forma de “censura” y mostró su intención de solicitar a la Corte Constitucional una revisión del proceso legislativo seguido en el Congreso.
El magistrado del Consejo Nacional Electoral (CNE) Cesar Lorduy citó el fallo de la sentencia C-074 de 2021 de la Corte Constitucional, en el que se declara inexequible un proyecto de ley aprobado bajo condiciones similares a la pensional. Según el texto, esto sucedería por “no conocer de manera suficiente lo que se aprueba, o negar la posibilidad de proponer, debatir o ajustar, (lo que) constituye una abdicación de las responsabilidades que a ese órgano le confió la Constitución”.
Así las cosas, sí hay posibilidad de que la Corte considere que no se siguió el procedimiento que incluye la Carta Magna para la aprobación de una ley y, por ello, reverse la reforma. Por ahora, sin embargo, esta cuestión sigue siendo apenas una posibilidad, mientras el alto tribunal no se manifieste al respecto.
Por otro lado, la ministra Ramírez destacó que la reforma ofrece a los jóvenes colombianos la oportunidad de asegurar una protección social crucial para su futuro. “Habitualmente muchos jóvenes no piensan en su vejez. Ellos piensan en pasar lo mejor de la vida y eso está muy bien, pero sí hay que pensar a veces. Esta reforma da la posibilidad y la garantía de que, si cotizan al sistema, van a tener la opción de pensionarse”, comentó Ramírez.