Extranjeros en Colombia: así pueden solicitar la reexpedición de su cédula en caso de errores o daños

Los menores de siete años (entre 0 y 6 años), deberán tramitar únicamente el registro de extranjero

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En caso de presentarse alguna
En caso de presentarse alguna incongruencia en la información plasmada en la cédula de extranjería, el titular contará con un plazo máximo de 30 días calendario a partir de la fecha de expedición del documento - crédito Johan Largo

A través de sus canales oficiales, Migración Colombia señaló el protocolo a seguir por parte de los ciudadanos extranjeros que necesitan realizar el trámite de reexpedición de la cédula de extranjería por daños o errores de fabricación.

Este procedimiento está dirigido en los casos de que el documento presente fallas en el laminado, con errores de personalización o defectos en las características técnicas. Además, la entidad sumó que los ciudadanos extranjeros que hayan recibido su cédula de extranjería con errores de fabricación pueden regresarlos a la entidad en cualquiera de las 28 oficinas de atención al público de todo el país.

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De igual modo, la autoridad migratoria anunció que la reexpedición de esos documentos no tiene costo en esos casos. En cuanto a qué hacer, mientras se expide nuevamente la cédula, la dependencia explicó que en el sitio web de Migración Colombia se encuentra habilitado un botón en donde el ciudadano extranjero que lo requiera puede expedir sin ningún costo un certificado de validez de su documento.

Para ello, es necesario que el ciudadano extranjero ingrese al siguiente enlace: migracioncolombia.gov. Allí encontrará dos botones: ‘Solicitud Certificado’ y ‘Verificar Certificado’, en este último solo necesita introducir el código de verificación.

Qué es una cédula de extranjería y dónde solicitarla

El plazo máximo para solicitar
El plazo máximo para solicitar la cédula de extranjería es de 15 días calendario - crédito SEDBOYACA.GOV.CO.

Según información oficial de la Presidencia de la República, la cédula de extranjería es expedida por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, cuya única finalidad es la identificación de los extranjeros en territorio colombiano.

Los ciudadanos extranjeros en Colombia que están obligados a solicitarlos son aquellos mayores edad y menores a partir de los siete años de edad, en posesión de una visa en calidad de titular principal o titular beneficiario, con una vigencia superior a tres meses.

“Tenga en cuenta que ciertas actividades dentro de la categoría de visa Visitante Tipo V no está obligada a solicitar este documento”, agregó Presidencia.

¿Cómo solicitarla?

El ciudadano extranjero tendrá que diligenciar el ‘Formulario Único de Trámites’ a través de la página de Migración Colombia, o haciendo clic aquí. Ahí deberá registrar ante migración sus datos de documento y sus datos personales.

Posteriormente, deberá realizar el pago del monto correspondiente por expedición de ‘Cédula de Extranjería’. Este paso puede llevarse a cabo de manera online o directamente en la sede de Migración Colombia.

Todo extranjero menor de edad,
Todo extranjero menor de edad, beneficiario o titular de visa deberá, acudir al centro facilitador de servicios migratorios en compañía de su padre, madre o representante legal - crédito Registraduría

Luego podrá reclamar la cédula de extranjería en físico en la sede de Migración, una vez se le indique, dentro de seis meses contados a partir de la expedición del documento. No obstante, tenga presente que existe dos tipos de documentos:

  • Cédula de Extranjería para mayores de edad: para mayores de 18 años.
  • Cédula de Extranjería para menores de edad: para menores entre los siete y los 17 años de edad.

Finalmente, ante de realizar el trámite de solicitud tenga presente los siguientes aspectos:

  • El plazo máximo para solicitar la cédula de extranjería es de 15 días calendario, contados a partir de la fecha de ingreso al país o de la fecha de expedición de la visa, ya sea titular o beneficiario.
  • Los menores de edad entre 7 y 17 años titulares o beneficiarios de visa, deberán tramitar cédula de extranjería para menores. Esta obligación deberá cumplirse dentro de los 15 días siguientes, una vez cumpla la edad correspondiente en compañía del padre, madre o representante legal.
  • Todo extranjero menor de edad, beneficiario o titular de visa deberá, acudir al centro facilitador de servicios migratorios en compañía de su padre, madre o representante legal. El parentesco debe ser demostrado, en los casos que se requiera.
  • Los extranjeros menores de siete años (entre 0 y 6 años), deberán tramitar únicamente el registro de extranjero.
  • Los extranjeros menores de edad que cuenten con cédula de extranjería y hayan cumplido con la mayoría de edad (18 años), deberán tramitar una nueva cédula de extranjería, dentro de los 15 días siguientes, una vez cumpla la edad correspondiente.
  • En caso de presentarse alguna incongruencia en la información plasmada en la cédula de extranjería, el titular contará con un plazo máximo de 30 días calendario a partir de la fecha de expedición del documento, para solicitar su reposición.
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