Plazo para pagar impuesto ICA del segundo bimestre en Bogotá vence este viernes 21 de junio

La Secretaría Distrital de Hacienda reitera el llamado a los contribuyentes para que no caigan en estafas por personas inescrupulosas que se hacen pasar por miembros de la entidad. Recuerde que los trámites no tienen costo

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Los contribuyentes también puede abonar
Los contribuyentes también puede abonar el 10% adicional si gustan. El destino de estos recursos irían para apoyar la educación en Bogotá - crédito Luisa González/Reuters

La Secretaría Distrital de Hacienda indicó la mañana del miércoles 19 de junio que hasta el próximo viernes 21 de junio los contribuyentes que “declararon y pagaron en 2023 un impuesto superior a $16.583.092 (391 UVT -Unidad de Valor Tributario-), tendrá plazo de declarar y pagar su obligación del segundo bimestre de 2024 (marzo-abril) para el pago del ICA (Industria y Comercio).

Para quedar al día con la entidad, las personas que deseen realizar el abono del monto estipulado de acuerdo al valor declarado, podrán hacerlo a través de la oficina virtual, que se encuentra en la página oficial de la Secretaría de Hacienda https://www.haciendabogota.gov.co/.

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Tenga presente que al hacer su declaración podrá elegir entre dos opciones para realizar el pago de su obligación, el cual se puede abonar de manera presencial en entidades bancarias autorizadas tras descargar el cupón o si gusta también puede hacerlo en línea.

Recuerde que si alguna persona
Recuerde que si alguna persona se ofrece como tramitador para ayudarle con el pago de su obligación desconfíe, puede ser un estafador - crédito Secretaría de Hacienda

Adicional a esto, la Secretaría indicó que aquellos que se encuentren catalogados como grandes contribuyentes por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) tienen que hacer el abono del dinero, además de:

  • Entidades de derecho público.
  • Los designados como agentes de retención del impuesto de Industria y Comercio mediante la resolución DDI-000305 del 16 de enero de 2020, expedida por la Dirección Distrital de Impuestos.
  • Intermediarios o terceros que intervengan en operaciones económicas en las que se genere la retención del impuesto de Industria y Comercio, de acuerdo con lo que defina el reglamento.

Obligaciones que tienen los contribuyentes del régimen común de ICA

  • Inscribirse al registro de información tributaria (RIT), dentro de los dos meses siguientes a la constitución de la empresa.
  • Actualizar el RIT con las novedades, cese de actividades, dentro de los dos meses siguientes al hecho.
  • Declarar y pagar en el formulario específico las retenciones de ICA practicadas (para agentes retenedores).
  • Llevar libros de contabilidad, conforme a los principios de contabilidad aceptados.
  • Expedir factura con el diligenciamiento de los requisitos.
  • Conservar información y pruebas

La siguiente fecha que los contribuyentes del tributo ICA deberán tener presente es el viernes 16 de agosto, día en que se vence el plazo para pagar la cuota del tercer bimestre de 2024.

Por último, la entidad recordó que “todos los trámites que presta la entidad son gratuitos, por lo que se sugiere evitar el uso de tramitadores”.

Pablo Verástegui, director de impuestos de la Secretaría Distrital de Hacienda le recordó a los ciudadanos que estos trámites se realizan de manera gratuita, por lo que ante cualquier solicitud de dinero lo ideal será denunciar el hecho ante las autoridades - crédito Secretaría Distrital de Hacienda

Tenga presente que si usted va a realizar el pago de su tributo de manera presencial, solo podrá hacerlo en los siguientes bancos:

  1. Bancolombia
  2. BBVA Colombia
  3. Banco de Bogotá
  4. Banco GNB Sudameris
  5. Banco Popular
  6. Banco Davivienda
  7. Banco de Occidente
  8. Banco AV Villas
  9. Banco Citibank (solo clientes corporativos)

También lo puede pagar en los SuperCADE:

SuperCADE Calle 13 - Calle 13 No. 37-35

SuperCADE Américas - Avenida Cra. 86 No. 43-55 Sur (Portal de las Américas de Transmilenio)

SuperCADE Suba - Cll. 146 A 105-95 (Portal Suba de Transmilenio)

SuperCADE Bosa - Calle 57 Q Sur 72 D 94 (Portal Bosa de Transmilenio)

SuperCADE 20 de Julio - Carrera 5 A No. 30 D - 20 Sur

SuperCADE CAD - Cra. 30 No. 25-90

Así podrá verificar la autenticidad de los correos que envía la Secretaría de Hacienda

Los ciudadanos de Bogotá que reciben correos electrónicos de la Secretaría Distrital de Hacienda podrán verificar su autenticidad a través de un nuevo mecanismo.

Los correos incluirán un sello de firma digital que permitirá a los destinatarios consultar la validez del documento. Este sistema busca proteger a los contribuyentes de posibles fraudes y garantizar que la comunicación proviene de la entidad oficial, según anunciaron la Alcaldía Mayor de Bogotá y la Secretaría Distrital de Hacienda.

El sello de firma electrónica, visible en la parte izquierda de los correos, contiene un enlace que conduce a la verificación del certificado digital correspondiente. Este procedimiento permitirá a los contribuyentes confirmar que las comunicaciones recibidas son legítimas, y no intentos de suplantación por parte de ciberdelincuentes que buscan acceder a información personal.

Los usuarios podrán confirmar la
Los usuarios podrán confirmar la autenticidad del mensaje gracias a un sello que viene al costado izquierdo de los comunicados - crédito Freepik

Además, las autoridades recalcaron que todos los trámites de la Secretaría Distrital de Hacienda son gratuitos y que la entidad no solicita pagos a través de cuentas bancarias específicas ni códigos QR.

Los ciudadanos son instados a consultar los canales oficiales de pago en el portal web de la Secretaría: https://www.haciendabogota.gov.co/, para evitar ser víctimas de fraudes.

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