Devolución del IVA: anuncian los pagos de extraordinarios de 2023

Los hogares beneficiarios recibirán las transferencias programadas con giros de $90.000 para quienes no cobraron un ciclo, y hasta $270.000 para los que no reclamaron tres ciclos

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Los hogares beneficiarios son aquellos
Los hogares beneficiarios son aquellos a los que se les programó las transferencias de los ciclos 4, 5 y 6 de 2023 - crédito Prosperidad Social

En la tarde del martes 18 de junio de 2024, Prosperidad Social anunció los pagos del ciclo extraordinarios que corresponden a los giros no cobrados de los ciclos 4, 5 y 6 del 2023, que se estarán realizando durante la última semana del sexto mes.

De acuerdo con la entidad nacional, los hogares beneficiarios son aquellos a los que se les programó las transferencias de los ciclos 4, 5 y 6 de 2023 y que no lograron cobrar. Además, que no registran causales o condiciones de no elegibilidad ni retiro, según el más reciente proceso de antifraudes realizado por la entidad.

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Para los pagos extraordinarios, el encargado será el operador de SuperGiros. Serán cerca de 594.785 los hogares que recibirán las transferencias programadas con giros de 90.000 pesos para quienes no cobraron un ciclo, y hasta 270.000 pesos para los que no reclamaron tres ciclos consecutivos durante la vigencia correspondiente.

Para los pagos extraordinarios de la devolución del IVA, el Gobierno nacional, a través de Prosperidad Social, invertirá más de $135.000 millones. “De acuerdo con lo definido por la Mesa de Equidad, el monto de la transferencia para 2023 fue de 90.000 pesos por ciclo y se programa un mismo valor a todos los hogares, sin distinción de su ubicación geográfica ni composición del hogar”, sumó la entidad.

Los hogares beneficiarios del programa recibirán un mensaje de texto por parte del operador en el que se le informará la disponibilidad de los recursos. Así mismo, la entidad señaló que esta será la última oportunidad para realizar el cobro de los recursos girados.

Qué es y quiénes reciben los giros de la Devolución del IVA

La compensación del IVA, también conocido como Devolución del IVA, es un programa de transferencias monetarias no condicionadas, administradas y lideras por Prosperidad Social que tiene como fin reducir el impacto del cobro del impuesto sobre las ventas IVA en los hogares más pobres del país.

Serán beneficiarios aquellos hogares en
Serán beneficiarios aquellos hogares en pobreza moderada de acuerdo con su clasificación en el Sisbén y/o el Registro Social de Hogares en el siguiente orden: BO1, B02, B03, B04 - crédito Prosperidad Social

Según datos oficiales de la dependencia nacional, los objetivos específicos de la iniciativa son:

  • Reducir el impacto que tiene el impuesto al valor agregado IVA en el consumo de bienes y servicios de la población pobre extrema y pobre beneficiaria.
  • Generar mayor equidad en el sistema del impuesto sobre las ventas
  • Proveer recursos monetarios a los hogares en situación de pobreza y pobreza extrema y reducir las brechas de pobreza y desigualdad.

Por otra parte, para la vigencia 2024, según la resolución 0552 del 2024, los hogares interesados solo podrán ser beneficiarios de las transferencias del programa si cumplen con los siguientes requisitos generales:

  • Hogares en pobreza extrema de acuerdo con su clasificación en el Sisbén y/o el Registro Social de Hogares en el siguiente orden: AO1, A02, A03, A04, A05 y los hogares indígenas.
  • Hogares en pobreza moderada de acuerdo con su clasificación en el Sisbén y/o el Registro Social de Hogares en el siguiente orden: BO1, B02, B03, B04.
  • El programa no maneja inscripciones y que el cupo de atención del programa es de dos millones de hogares a nivel nacional.

En qué casos las familias no llegan a ser elegibles del beneficio

En función de la equidad y de beneficiar a quienes realmente los necesitan en 2022, la entidad estableció una lista de causales de no elegibilidad de los hogares, los cuales podrían cambiar en los próximos ciclos correspondientes al 2024, los cuales son:

Las causales de no elegibilidad son:

  • Indicios del fallecimiento de la persona titular del hogar
  • Documento de identidad en estado no vigente por fallecimiento
  • Reporte al programa por parte de la administración municipal
  • Inconsistencias en el documento de la persona titular
  • Duplicidad de los registros de los hogares en el sistema de información del Programa o en las bases de Focalización: Titular o integrantes del hogar se encuentran registrados en más de un hogar del Sistema de Información del Programa.
  • Concurrencia con otros programas sociales cuya normativa establezca que no puede ser beneficiario de “Devolución de IVA”.
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