La Sala de Amnistía o Indulto de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) anunció la expulsión definitiva de la justicia transicional de Carlos Eduardo García Téllez, alias Andrey Avendaño, que actualmente es representante del autodenominado Estado Mayor Central (EMC) de las Farc en las negociaciones de paz con el Gobierno.
La magistratura concluyó que García Téllez, que también hace parte del Mecanismo de Veeduría, Monitoreo y Verificación del cese del fuego, “incumplió de manera extremadamente grave las condiciones constitucionales y legales impuestas por el Sistema Integral de Justicia, Verdad, Reparación y No Repetición para acceder y mantener los beneficios del Acuerdo Final de Paz”.
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“Esta exclusión priva a la Jurisdicción Especial para la Paz de jurisdicción y competencia para tramitar, conceder y mantener cualquier beneficio de justicia transicional derivado del Acuerdo Final de Paz al señor García Téllez”, precisó la JEP, anunció, además, que ya remitió su proceso a la justicia ordinaria.
García Téllez es acusado de ser uno de los autores del ataque contra el helicóptero en el que viajaba el expresidente Iván Duque Márquez en junio de 2021. De hecho, la decisión del tribunal de paz se basó en dicha acusación y en múltiples apariciones en medios de comunicación, en las que manifiesta ser uno de los principales comandantes de las disidencias y el lugarteniente de ‘Iván Mordisco’.
“El señor García Téllez desertó del proceso de paz al decidir formar parte del grupo armado organizado al margen de la ley autodenominado Estado Mayor Central de las Farc-EP. Su membresía es un hecho notorio que se constata con la designación hecha por el Gobierno Nacional (como) ‘miembro representante’”, apuntó la Sala de Amnistía de la JEP.
Alias Andrey Avendaño ingresó a las Farc en 2010, fue capturado en 2014 y condenado un año después a diez años y un mes de prisión por su implicación en un atentado terrorista contra las Fuerzas Militares en la vía de Cúcuta a Tibú. En septiembre de 2017, recibió una amnistía del Juzgado Quinto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Cúcuta en el marco del proceso de paz con las Farc, situación que lo dejó en libertad.
Según expedientes revisados por la JEP, García enfrenta cinco procesos en la jurisdicción ordinaria. En 2021, un juzgado de garantías de Sardinata ordenó su captura por una indagación de la Fiscalía por homicidio, mientras que otro juzgado de garantías en Cúcuta también ordenó su arresto el mismo año.
Además, en 2020, un juzgado de garantías de la capital de Norte de Santander solicitó su captura por una investigación vinculada a ocho delitos. Una fiscalía especializada de Catatumbo lo investiga por concierto para delinquir, y se le sigue otro proceso por el secuestro del soldado Brayan Suescun, adelantado por una fiscalía especializada de Cúcuta.
Para la JEP, fue evidente que Andrey Avendaño, “es uno de los líderes de las disidencias de las Farc-EP”, según se señala en la resolución de 33 páginas que decidió su expulsión. Una de las pruebas presentadas incluye el reconocimiento por parte de Iván Mordisco, comandante del EMC.
“No se ha declarado nulo el caso que investiga crímenes cometidos por las Farc”: JEP
Luego de que la excúpula de las Farc presentara, el 6 de junio de 2024, una solicitud de nulidad parcial del documento que contiene toda la investigación de la Jurisdicción Especial para la Paz en el marco del caso que investiga las tomas de rehenes, las graves privaciones de la libertad y otros crímenes concurrentes cometidos por esa guerrilla; el tribunal de paz aclaró que no se ha emitido ningún pronunciamiento que declare dicha nulidad del proceso, ni su suspensión.
Desde que la Sala de Reconocimiento de Verdad remitió el proceso del caso 01 a la JEP, en lo relacionado con el secretariado de la extinta guerrilla, el tribunal de paz aseguró que la Sección de Primera Instancia para Casos de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad (SeRVR), “viene surtiendo las actuaciones procesales previstas por las normas que desarrollaron el Acuerdo Final de Paz”.
Por ello, indicó que, “hasta la fecha, no se ha tomado ninguna determinación subsiguiente a la evaluación de correspondencia de la Resolución de Conclusiones emitida por esa misma sala”.