Los colombianos optan por salir de vacaciones a mitad de año por diversas razones que consideran claves. El periodo de junio y julio coincide con el receso escolar en el calendario académico del país, lo que permite a las familias viajar sin afectar el rendimiento escolar de los niños.
Además, el clima en algunas regiones de Colombia es soleado y agradable durante esos meses, lo que favorece actividades al aire libre y visitas a distintos destinos turísticos. Otro factor importante son las festividades y eventos culturales que se llevan a cabo en varias ciudades colombianas a mitad de año.
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Estas celebraciones atraen tanto a turistas nacionales como internacionales, quienes disfrutan la diversidad cultural del país. A su vez, las agencias de viajes y hoteles suelen ofrecer promociones y descuentos especiales durante esta temporada, que incentivan a la población a aprovechar estas ofertas.
En el ámbito laboral, un número importante de empresas permite a sus empleados tomar vacaciones a mitad de año, lo que facilita que las familias planifiquen sus viajes en estos meses. Esos factores combinados hacen de ese período un momento propicio para el turismo interno y externo del país.
Es por eso que, si usted decide viajar durante las vacaciones de mitad de año, ya sea al exterior o al interior del país, tenga presente la siguiente información emitida por Migración Colombia, que es oportuna para los extranjeros o colombianos en el exterior que deciden pasar una temporada corta en el territorio cafetero.
Así es el ingreso y salida de colombianos
De acuerdo con Migración Colombia, los nacionales tienen derecho a “circular libremente por el territorio nacional, a entrar, permanecer y salir. En consecuencia, ningún colombiano podrá ser sujeto de inadmisión o rechazo”.
Igualmente, los ciudadanos deben haber hecho el prerregistro migratorio Check-Mig con 72 horas de anticipación al viaje, o hasta una hora antes del viaje. Si embargo, la persona que cuente con dos o más nacionalidades tendrá que ingresar y/o salir del territorio identificándose como colombiano, según lo establecido en la Ley 43 de 1993.
Entre los requisitos para ingresar al territorio, la entidad precisó que los requisitos de ingreso de los ciudadanos mayores de 18 años son el pasaporte colombiano o cédula de ciudadanía. Por su parte, para menores de edad se tendrá que presentar, según su edad, cualquiera de los siguientes documentos:
Documentos de salida de los ciudadanos colombianos
- Hacer el prerregistro migratorio Check-Mig con 72 horas de anticipación al viaje o hasta una hora antes del viaje.
- Presentar el pasaporte, expedido únicamente por el Ministerio de Relaciones Exteriores, directamente o a través de convenios suscritos para tal efecto.
“Ningún ciudadano podrá ser titular de más de un pasaporte colombiano vigente, las autoridades expedidoras y/o migratorias de Colombia deberán anular aquellos pasaportes que no correspondan al último vigente. Se exceptúan los pasaportes diplomáticos, oficiales, de emergencia y exentos”, aclaró Migración Colombia.
Ingreso y salida de Extranjeros
Las personas de otras naciones que deseen ingresar a Colombia tendrán que presentar a la autoridad migratoria los documentos de viaje, los cuales estarán sujetos a lo establecido en los instrumentos internacionales vigentes. Un nacional extranjero podrá presentar alguno de los siguientes documentos:
- Pasaporte válido y vigente.
- Pasaporte preferencial (diplomático, oficial o de servicio).
- Pasaporte especial en casos de apátridas o refugiados.
- Documento Nacional de Identidad CAN – Mercosur.
- Cédula de Extranjería de países CAN – Mercosur.
- Permiso de Protección Temporal – PPT (nacionales venezolanos).
- Documento de viaje temporal/provisional/emergencia
- Los documentos anteriores, deben estar acompañados de Visa, si la nacionalidad o actividad a desarrollar lo requiere, tiquete de viaje de salida y demostrar solvencia económica, según corresponda.
- Hacer prerregistro migratorio Check-Mig con hasta 72 horas de anticipación al viaje o una hora antes del viaje.
Por otra parte, los extranjeros deberán diligenciar los siguientes datos exigidos por las autoridades migratorias, si deciden ingresar al territorio colombiano. La información se dividen en cuatro grupos:
- Datos biográficos
- Datos de visa: en caso de requerir visa colombiana consultar el siguiente enlace: https://www.cancilleria.gov.co/tramites_servicios/visa
- Datos de la ruta.
- Datos de hospedaje
En el caso de entrada de menores (niño, niña y adolescente, nacional o extranjero) podrá presentar alguno de los siguientes documentos:
- Pasaporte válido y vigente.
- Pasaporte preferencial (diplomático, oficial o de servicio).
- Pasaporte especial en casos de apátridas o refugiados.
- Documento Nacional de Identidad CAN – Mercosur.
- Cédula de Extranjería de países CAN – Mercosur
- Permiso Especial de Permanencia (PEP) junto con el Documento Nacional de Identidad para ciudadanos venezolanos.
- Permiso de Protección Temporal – PPT (nacionales venezolanos).
- Documento de viaje temporal/provisional/emergencia.
- Visa, si la nacionalidad o actividad a desarrollar lo requiere, tiquete de viaje de salida y demostrar solvencia económica.