Corpoboyacá investiga la destrucción de 50.000 metros cuadrados de vegetación en el páramo de Monguí

Seis especies nativas de frailejón resultaron afectadas

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Según Corpoboyacá, la especie Frailejón (Espeletia sp), de acuerdo a la Resolución No. 192 de febrero 10 de 2014, se encuentra en el listado de las especies de la diversidad biológica colombiana, con categoría de amenaza nivel Peligro Crítico - crédito Corpoboyacá
Según Corpoboyacá, la especie Frailejón (Espeletia sp), de acuerdo a la Resolución No. 192 de febrero 10 de 2014, se encuentra en el listado de las especies de la diversidad biológica colombiana, con categoría de amenaza nivel Peligro Crítico - crédito Corpoboyacá

De acuerdo con información emitida por la Corporación Autónoma Regional de Boyacá (Corpoboyacá), se realizó una visita de verificación de una queja presentada por la ciudadanía en la vereda Hato Viejo, del municipio de Monguí.

En la revisión se evidenció que, con ayuda de maquinaria, se amplió la frontera agrícola aproximadamente unos 50.000 metros (cinco hectáreas), alterando la flora naciente del ecosistema del páramo, y esencialmente una gran cantidad de frailejones.

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De acuerdo con la corporación, los profesionales aún siguen en investigaciones respecto a los infractores que ocasionaron esta afectación masiva de vegetación nativa, y se abrirá un proceso con sus correspondientes sanciones, además de enviar el caso a las distintas autoridades para que se aclaren los hechos.

Cabe destacar que según Corpoboyacá, la especie Frailejón (Espeletia sp), de acuerdo a la Resolución No. 192 de febrero 10 de 2014, se encuentra en el listado de las especies de la diversidad biológica colombiana, con categoría de amenaza nivel Peligro Crítico (CP), que son aquellas que están enfrentando un riesgo de extinción extremadamente alto en estado de vida silvestre; además de tener una categoría adicional de rango En Peligro (EN), que hace referencia a que enfrentan un riesgo de extinción muy alto en estado de vida silvestre.

Por lo tanto, mediante Resolución 0213 de 1977 del Inderena, se estableció “Veda en todo el territorio nacional para el aprovechamiento, transporte y comercialización de Musgos, líquenes, lamas, parásitas, quiches y orquídeas”.

El subdirector de Recursos Naturales, Diego Roa, manifiesta que estas acciones son fundamentales para hacer un llamado a la comunidad a proteger los ecosistemas de páramo y en específico los frailejones - crédito Colparques
El subdirector de Recursos Naturales, Diego Roa, manifiesta que estas acciones son fundamentales para hacer un llamado a la comunidad a proteger los ecosistemas de páramo y en específico los frailejones - crédito Colparques

En este sentido, el subdirector de Recursos Naturales, Diego Roa, manifestó que estas acciones son fundamentales para hacer un llamado a la comunidad a proteger los ecosistemas de páramo y en específico los frailejones. “Estas especies son fundamentales para el equilibrio y la sostenibilidad de nuestro territorio. Permiten que mayor cantidad de agua llegue al suelo y es nuestra responsabilidad su protección. Corpoboyacá seguirá recorriendo el territorio atendiendo a la comunidad que clama conciencia ambiental para la protección de todas las especies de fauna y flora de la jurisdicción”, manifiesta en el comunicado la corporación

Colombia derrota a empresa minera por la prohibición de minería en el páramo de Santurbán

Por otra parte, Colombia se salvó de pagar más de 700.000 millones de pesos que una empresa minera canadiense le estaba solicitando tras la delimitación del páramo de Santurbán, donde se prohibieron las actividades mineras. En este caso, Montauk, antes Galway Gold Inc., instauró la demanda contra la Nación y argumentó que la delimitación en la zona del páramo vulneró los intereses referentes a la explotación de minerales en el proyecto Reina de Oro, puesto que se había infringido el tratado de libre comercio con Canadá.

De acuerdo con el informe emitido por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (Andje) Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) manifestó que la prohibición de minería en páramos no viola el TLC con Canadá, al ser una medida regulatoria legítima impuesta sin delimitaciones. De este modo, la decisión va acorde con un fallo del mismo tribunal que tomo en marzo de 2024 en una demanda similar instaurada en su momento por la minera Red Eagle Exploration Limited (Red Eagle) contra Colombia, por la prohibición de la minería en ecosistemas de páramo, pero específicamente, en el de Santurbán.

La decisión va acorde a un fallo del mismo tribunal que tomo en marzo de 2024 en una demanda similar instaurada en su momento por la minera Red Eagle Exploration Limited (Red Eagle) - crédito iStock
La decisión va acorde a un fallo del mismo tribunal que tomo en marzo de 2024 en una demanda similar instaurada en su momento por la minera Red Eagle Exploration Limited (Red Eagle) - crédito iStock

Respecto a la decisión de marzo, el Ciadi rechazó las reclamaciones por expropiación y violación del TLC que alegaba Red Eagle, por lo tanto, la prohibición de la minería en ecosistemas de páramo es una acción legítima de Colombia, que regula en pro del interés general, más específicamente en cuestiones relacionadas con la protección del medio ambiente.

Por eso, el director (e) de la Andje, Jhon Jairo Camargo, expresó a El Tiempo: “No puedo estar más complacido al comunicar que Colombia derrotó de forma absoluta a la minera Montauk en el arbitraje por la prohibición de minería en Santurbán. El tribunal arbitral, en línea con lo decidido por el tribunal del caso Red Eagle, dijo que la prohibición de minería en páramos no viola el TLC con Canadá porque se trata claramente de una medida regulatoria legítima implementada sin ningún tipo de discriminación”.

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