La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia presentó una propuesta integral destinada a abordar la problemática de la congestión judicial en el sistema penal acusatorio. Con un enfoque en la implementación de preacuerdos y principios de oportunidad, la propuesta busca agilizar los procesos judiciales y reducir la carga de casos pendientes que alcanzó niveles críticos en el país.
La iniciativa, compuesta por ocho artículos, aborda diversas áreas del sistema judicial con el objetivo de ofrecer una solución efectiva a la congestión judicial, que cerró en 2023 con más de 2 millones de procesos retrasados. La propuesta contempla la posibilidad de otorgar rebajas de penas a cambio de condenas anticipadas, incluso en casos de delitos graves como el abuso sexual y homicidio cometidos contra menores de edad.
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Uno de los principales puntos de la propuesta implica la eliminación de ciertas reformas al Código de Procedimiento Penal que, según la Corte, han obstaculizado la aplicación efectiva de la justicia premial. Esta medida busca ampliar el alcance de los incentivos para lograr la terminación anticipada de los procesos judiciales, lo que contribuiría significativamente a descongestionar el sistema judicial.
Un aspecto destacado de la propuesta es la solicitud de derogar disposiciones que prohíben las rebajas de penas en casos de delitos contra la infancia, como homicidio, lesiones personales, secuestro, o delitos contra la libertad, integridad o formación sexual de los niños, niñas y adolescentes. La Corte argumenta que la terminación anticipada de procesos en estos casos beneficiaría a las víctimas al reducir el riesgo de revictimización y asegurar una condena efectiva.
Para lograr estos objetivos, la Corte sugiere que las rebajas de penas se implementen de manera más amplia, eliminando restricciones significativas. Esta medida incluiría no solo casos de delitos contra menores, sino también crímenes como el terrorismo, la extorsión y el secuestro.
Además, la propuesta incluye la ampliación de la facultad de la Fiscalía General de la Nación para suspender o renunciar a la acción penal por razones de política criminal, mediante la aplicación de principios de oportunidad. Se busca eliminar restricciones existentes y facilitar la aplicación efectiva de este mecanismo, especialmente en casos donde la pena privativa de libertad no exceda los seis años.
En cuanto a los delitos contra la infancia, la Corte propone eliminar una disposición específica que actualmente impide las rebajas de penas mediante preacuerdos. Esta disposición, contenida en el artículo 199 del Código de la Infancia y Adolescencia de 2016, establece que no procederán las rebajas de pena en casos de delitos graves como homicidio, lesiones personales, secuestro o delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes, de acuerdo con la información a la que tuvo acceso el diario El Tiempo.
La justificación de esta medida se fundamenta en la importancia de la terminación anticipada de los procesos en casos de delitos sexuales contra menores. La Corte argumenta que esto beneficia a las víctimas, dado el riesgo de revictimización, especialmente cuando el agresor es un familiar cercano. Además, señalan el riesgo de absoluciones o prescripciones debido a la imposibilidad de avanzar con los procesos de manera expedita.
En cuanto a la reparación integral como causal de extinción de la acción penal, la propuesta busca incorporar esta medida en una variedad de delitos, incluyendo aquellos con penas menores a seis años de prisión, homicidio culposo, lesiones personales culposas, entre otros. Esto permitiría una resolución más rápida y efectiva de los casos, al tiempo que se garantiza la reparación a las víctimas.
Una de las principales disposiciones que la Corte propone derogar es el artículo 5 de la Ley 1761 de 2015, comúnmente conocida como la ‘Ley Rosa Elvira Cely’. Este artículo establecía una reducción de beneficios para los casos de feminicidio en los cuales se llegaba a preacuerdos. Actualmente, mientras que para otros delitos se otorga una rebaja del 50% de la pena, para los feminicidios solo se aplica una reducción del 25%. La Corte argumenta que esta disparidad en las reducciones de penas no es coherente y aboga por aplicar un criterio uniforme del 50% de rebaja para todos los delitos, señaló el medio citado.