En medio de la discusión sobre la posibilidad de convocar una constituyente a través del Acuerdo de Paz firmado por el Estado y las Farc en 2016, el exfiscal general y exmagistrado de la Corte Constitucional, Eduardo Montealegre, en rueda de prensa planteó una fórmula, que según él, daría viabilidad para que el presidente Gustavo Petro convoque la constituyente.
De acuerdo con Montealegre, el jefe de Estado puede llevar a cabo la constituyente sin medición de una ley, pero sí con un control de la Corte Constitucional a partir de los acuerdos de La Habana, la cual establece la necesidad de llegar a un convenio nacional para concretar los pactado entre las Farc y el Estado.
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“A través de los desarrollos del Acuerdo de Paz el presidente puede convocar una asamblea constituyente. El marco jurídico parte del hecho de que el acuerdo de La Habana es un acuerdo especial que forma parte del bloque de constitucionalidad, es decir tienen un rango igual al de la Constitución y prevalecen en el orden interno”, razón por la cual el exmagistrado Montealegre enfatizó que el “Acuerdo de Paz al ser una norma jurídica, puede desarrollarse a través de la figura de los reglamentos constitucionales autónomos”.
Eduardo Montealegre precisó que los acuerdos especifican que el Estado está obligado a convocar un acuerdo nacional, lo que puede ser relacionado a una asamblea constituyente, que se puede llevar a cabo en un reglamento constitucional autónomo.
“Una vez convocada la asamblea constituyente debe ir a la Corte Constitucional para que determine si es exequible la convocatoria y, si es así, se produce la convocatoria y es el pueblo el que decide si se convoca o no la asamblea constituyente”, explicó Montealegre.
El exfiscal aseguró que los acuerdos especiales son desarrollos del Convenio de Ginebra, motivo por el cual le permite a los involucrados ampliar la protección del Derecho Internacional Humanitario (DIH).
Por tal motivo, recordó Montealegre que el expresidente Juan Manuel Santos le envió al secretario general de las Naciones Unidas, Antonio Guterres, una declaración unilateral de estado, la cual implicaba dar estatus internacional a los acuerdos de La Habana, es decir que crean normas jurídicas.
“Ante esto, el presidente sin mediación de ley, a través de un reglamento constitucional autónomo, puede convocar una asamblea constituyente”, aseveró el exmagistrado de la Corte Constitucional.
Además, agregó que “la única forma de darle viabilidad a un acuerdo nacional es que este produzca rediseños institucionales en la concreción de una asamblea constituyente. Si un acuerdo nacional no tiene esos alcances, el contenido normativo es inocuo”.
El exfiscal Montealegre en este punto explicó que el significado de los acuerdos se actualiza por los contextos sociales “así que por más autorizada que sea la interpretación del reconocido premio Nobel de la paz, a quien le debe mucho el país, prevalece la intención del texto”.
Por tal razón, precisó que “ya se encuentra en marcha un proceso constituyente a lo largo y ancho del país, el presidente puede invocar el principio de democracia deliberativa y constitucionalismo popular para que sea el pueblo el que discuta los temas que se abordarán en una constituyente enfocada en la materialización de los acuerdos de paz, que no riñe con el sistema de pesos y contrapesos de nuestro sistema constitucional”.
Eduardo Montealegre precisó que “no proponemos un desbarrancadero institucional como lo quieren hacer creer los opositores de la paz total”.
Finalmente, el exfiscal fue contundente al asegurar que una constituyente puede establecer una reelección presidencial. Asimismo, aclaró que no se ha reunido con el presidente Gustavo Petro ni con el ministro de Justicia, Néstor Osuna.