Luego de la intervención a EPS Sanitas por parte de la Superintendencia Nacional de Salud (Supersalud), el 2 de abril de 2024, el equipo jurídico de la empresa anunció acciones legales contra la decisión, utilizando la tutela como uno de los recursos para retomar el control de la entidad.
“(...) Nos quedan acciones constitucionales como, por ejemplo, acciones de tutela y desde el punto de vista internacional también tenemos algunas acciones en desarrollo como comunicar esta situación al Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos, así como a la Relatoría del Derecho a la Salud de la ONU. Además, los inversionistas extranjeros que hacen parte del grupo han anunciado a través de una carta al Ministerio de Comercio Exterior que tienen la intención de formalmente notificar una disputa en el marco de los tratados de protección interna recíproca de inversión que sean aplicables”, dijo en su momento Juan David Riveros, abogado de Keralty a El Tiempo.
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Pues bien, el martes 4 de junio se dio a conocer una de las decisiones, en un documento fechado el 30 de mayo, en el que declaran improcedente la tutela interpuesta por Clínica Colsanitas S.A., Medisanitas S.A.S. Compañía de Mediana Prepagada, Compañía de Medicina Prepagada Colsanitas S.A., Keralty S.A.S y Juan Pablo Rueda Sánchez ante el Tribunal Superior de Bogotá.
Una de las principales peticiones que fundamentaba la compañía era que se protegieran los derechos al debido proceso, igualdad y libertad de asociación; asimismo, solicitaban que Supersalud no tuviera más el control administrativo sobre la EPS.
“Los accionantes en el escrito de tutela refirieron algunos asuntos relacionados con la reforma a la salud que se tramitó ante el Congreso, mencionaron decisiones de la Corte Constitucional en las que hace mención al deterioro financiero del sistema de salud y al incumplimiento de las órdenes de pago (...)”, fueron algunas de las pretensiones de la entidad de salud, reseñadas en el documento del alto tribunal.
En efecto, miembros del Pacto Histórico reaccionaron a la decisión, que en primera medida indica que el procedimiento que realizó y que viene desarrollando Supersalud sobre EPS Sanitas está ajustado a la ley.
“El Tribunal Superior de Bogotá le dio la razón a la Supersalud y al superintendente Luis Carlos Leal y negó las pretensiones de la tutela interpuesta por Sanitas. El procedimiento de intervención tiene vía libre por encontrarse ajustado a la ley y a los procedimientos. Es una oportunidad de oro para empezar a esclarecer las causas que han llevado al colapso del sistema, que muchos intereses insisten en ocultar”, indicó Racero, vía X.
Agregó que, en su recurso, EPS Sanitas alegó que la intervención amenazaba la existencia de la EPS porque el interventor podía disponer de sus activos y gestionar sus contratos. Argumentaron también que el superintendente Luis Carlos Leal tenía animadversión hacia la EPS y que la acción fue intempestiva, generando un perjuicio inminente.
“(...) así como lo oyen! Según ellos, no son los billones embolatados del sistema de salud de los últimos 30 años, sino que los funcionarios de este gobierno se levantan en las mañanas a poner en riesgo su integridad profesional solamente porque las EPS no les caen bien. Hay que tener cara dura…”, complementó en hilo en X.
Al respecto, Alfredo Mondragón, destacado congresista ponente de la hundida reforma a la Salud, insistió en que esta es una buena noticia para continuar en el proceso de garantizar el “derecho a la salud y la verdad de los recursos”.
“Muy buena decisión y espero que esto sirva como elemento para pedirle al Congreso de la República que avance en una reforma a la salud que de garantías para que se cumpla de verdad y no quede en el papel el derecho fundamental a la salud”, enfatizó Mondragón.