Se viene la prima de junio en Colombia: solo el 30% de las personas la recibirán, les contamos los detalles

El Ministerio de Trabajo manifiesta que este incentivo económico es una retribución que realiza el empleador por los beneficios sociales y económicos que obtiene el empleado

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El 70% de las personas en Colombia debe crear un ahorro personal para organizar sus finanzas en los meses de junio y diciembre, los cuales pueden generar más gastos - crédito REUTERS
El 70% de las personas en Colombia debe crear un ahorro personal para organizar sus finanzas en los meses de junio y diciembre, los cuales pueden generar más gastos - crédito REUTERS

Según el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) informó que, en promedio, 22.788.394 personas estuvieron empleadas durante los 12 meses de 2023, y de estas, solo 6.812.483 recibieron la prima de servicios.

De este modo, el 30% de los colombianos cuenta con un contrato a término fijo, indefinido o por obra labor, que les garantiza todas las prestaciones sociales legales. El 70% restante debe crear un ahorro personal para organizar sus finanzas en los meses de junio y diciembre, los cuales pueden generar más gastos.

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Sin embargo, se estima que, de acuerdo con el comparativo del 2023, en 2024 sean más los colombianos que no reciban una prima de servicios. Esto quiere decir que la mayoría trabaja por medio de un contrato por prestación de servicios o de forma independiente con sus propios negocios y emprendimientos.

Respecto a la prima de servicios, el Ministerio de Trabajo manifiesta que este incentivo económico es una retribución que realiza el empleador por los beneficios sociales y económicos que obtiene el empleado. Esta prestación consiste en un mes de salario por cada año laborado o proporcional si ha colaborado por un tiempo inferior.

Estos pagos son efectivos en dos cuotas, la primera hasta el 30 de junio y la segunda en los primeros 20 días de diciembre, por ende, lo empleados verán en su nómina un pago adicional por este concepto.

Estos pagos son efectivos en dos cuotas, la primera hasta el 30 de junio y la segunda en los primeros 20 días de diciembre, por ende, lo empleados verán en su nómina un pago adicional por este concepto - crédito Colprensa
Estos pagos son efectivos en dos cuotas, la primera hasta el 30 de junio y la segunda en los primeros 20 días de diciembre, por ende, lo empleados verán en su nómina un pago adicional por este concepto - crédito Colprensa

Para calcular la prima de mitad de año debe hacerse por el semestre laborado, quieres decir 6 meses o en su defecto, según la proporción al tiempo laborado si la vinculación acumulada es inferior a dicho término. En ese sentido, si el trabajador laboró el semestre completo (entre enero-junio o julio-diciembre) recibe la prima completa, quiere decir, la mitad del sueldo que devenga mensualmente.

Conozca cuántas veces pueden renovarle un contrato a término fijo

Por otro lado, en Colombia es recurrente que se vincule a los trabajadores por medio de contratos a término fijo. Aunque la mayoría de las empresas establecen la fecha de finalización del contrato, este se renueva, bien sea por el buen desempeño del empleado, para seguir contando con los servicios del trabajador o por la falta de un preaviso de finalización.

Sin embargo, surgen dudas sobre si es posible modificar los términos de renovación y las características del contrato como la duración, o el tipo de contrato. El Ministerio del Trabajo en el artículo 46 del Código Sustantivo del Trabajo, establece que: “El contrato de trabajo a término fijo debe constar siempre por escrito y su duración no puede ser superior a tres (3) años, pero es renovable indefinidamente”.

Esto significa que, si una empresa vincula a un trabajador por un contrato de término fijo en un periodo de seis meses, puede renovarlo solo tres veces por este lapso, después de esto, deberá ser por un año. Cabe recordar que los contratos a término fijo son en los que, entre ambas partes, empleador y empleado, se pacta la fecha de finalización; el indefinidos cuando las partes no acordaron esta fecha.

Otra de las inquietudes más comunes de los trabajadores colombianos es si al momento de prolongar el contrato cambiará a ser indefinido, pero no es así. El cambio del término será realizado por la voluntad de las dos partes implicadas.

Una de las inquietudes más comunes de los trabajadores colombianos es si al momento de prolongar el contrato cambiará a ser indefinido, pero no es así - crédito Freepik.
Una de las inquietudes más comunes de los trabajadores colombianos es si al momento de prolongar el contrato cambiará a ser indefinido, pero no es así - crédito Freepik.

Por otra parte, El Gobierno nacional y el Ministerio del Trabajo plantearon realizar un cambio en la forma de contratar a los trabajadores, con el fin de " materializar el trabajo decente como pasaporte de ciudadanía, así como fortalecer las garantías de estabilidad laboral y formalización del empleo con justicia social”, señala el documento de la reforma.

Para ello, el artículo 5 del capítulo 1 de la reforma laboral pretende ajustar el artículo 47 del Código Sustantivo del Trabajo. En este sentido, si se aprueba la reforma, los trabajadores deberán ser vinculados a las organizaciones mediante un contrato de trabajo a término indefinido. Asimismo, “podrán celebrarse contratos de trabajo, ya sea por tiempo determinado, por el tiempo que dure la realización de una obra o labor determinada o para ejecutar un trabajo ocasional, accidental o transitorio”, explica el documento.

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