El Alto Comisionado para la Paz, Otty Patiño, fue denunciado ante la Procuraduría General de la Nación (PGN) por estar ostentando dicho cargo a pesar de que tiene 79 años. El problema con su edad radica en que, de acuerdo con la normativa colombiana, el retiro forzoso de cargos públicos es a los 70 años, y el funcionario se posesionó en el cargo teniendo 78 años.
“La edad máxima para el retiro del cargo de las personas que desempeñen funciones públicas será de setenta (70) años. Una vez cumplidos, se causará el retiro inmediato del cargo que desempeñen sin que puedan ser reintegradas bajo ninguna circunstancia”, detalla la Ley 1821 de 2016 en su primer artículo.
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La normativa establece algunas excepciones. Las personas que superen la edad establecida en la ley podrán ejercer funciones públicas únicamente si ocupan cargos de elección popular, como por ejemplo las curules en el Congreso de la República. De hecho, en el Senado hay congresistas que tienen más de 70 años, como Humberto de la Calle. También se incluye dentro de las excepciones otros puestos relevantes para el manejo de un país.
Según el artículo 29 del Decreto ley 2400 de 1968, la medida de retiro forzoso no aplica para personas que ocupen posiciones como las siguientes: “presidente de la República, ministro del Despacho, jefe de Departamento Administrativo, superintendente, viceministro, secretario General de Ministerio o Departamento Administrativo, presidente, gerente o director de establecimientos públicos o de empresas industriales y comerciales del estado, miembro de misiones diplomáticas no comprendidos en la respectiva carrera y secretarios privados de los despachos de los funcionarios”.
En este caso, la Consejería Comisionada de Paz que lidera Otty Patiño no hace parte del listado de excepciones, ya que la función que cumple es la de asesorar al presidente de la República en materia de políticas de paz y formalización de diálogos y acuerdos.
El ya mencionado artículo añade que, en caso de que el Gobierno considere que es necesario mantener en el cargo a determinado funcionario porque el servicio que presta es suficientemente relevante, está en la capacidad de ampliar las excepciones. Esto, siempre y cuando el trabajador no supere la edad de 65 años.
Si el funcionario en cuestión no cumple con ninguno de los requisitos para ejercer en términos de edad y tampoco hace parte de los casos a los que no se les aplica la normativa, debe ser retirado del cargo de manera forzosa. “El empleado que reúna las condiciones para tener derecho a disfrutar de una pensión de jubilación, cesará definitivamente en sus funciones y será retirado del servicio dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha en que reúna tales condiciones”, detalla el artículo 29 del Decreto Ley 2400 de 1968.
Teniendo en cuenta la normativa, el actual Alto Comisionado para la Paz ya pasó por la edad para acceder a una pensión de jubilación y, además, no estaría en la lista de funcionarios exceptuados. En ese sentido, según detalló el medio Ecos Políticos, que tuvo acceso a la denuncia, radicada con el número E-2024-349391, se está solicitando a la Procuraduría General de la Nación que se retire del cargo al funcionario. “Ante un hecho tan objetivo, no cabe ninguna discusión y no existe justificación alguna para que Patiño continúe en el desempeño del cargo”, detalla el documento.
Otty Patiño ha estado al frente de las conversaciones de paz con el Estado Mayor Central (EMC) de las disidencias de las Farc y con el Ejército de Liberación Nacional (ELN), las cuales han tenido avances en materia de acuerdos. Sin embargo, se han presentado crisis por incumplimientos de las guerrillas, lo cual ha puesto en duda la voluntad de paz que aseguran tener.