Stefanny Barranco, de 32 años, y Natalia Vásquez Amaya, de 31, fueron asesinadas por sus exparejas sentimentales el 29 y 30 de mayo de 2024, respectivamente, en Bogotá. Los casos fueron catalogados por las autoridades como presuntos feminicidios, es decir, indicando que, al parecer, las víctimas fueron asesinadas por el hecho de ser mujeres o por su identidad de género. Además, de acuerdo con la Procuraduría General de la Nación, en lo corrido del año se han documentado 90 casos de feminicidio en el país.
Ante el panorama de inseguridad para las mujeres en el país, el Congreso de la República y el Gobierno nacional dieron luz verde a una ley con la que se busca que las personas condenadas o detenidas por este delito no tengan beneficios. De esta manera, se busca garantizar que van a cumplir a cabalidad con las medidas de aseguramiento y sentencias ordenadas por los jueces de la República.
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“Si bien esos beneficios ya estaban severamente restringidos, ahora se restringen aún más (sic). Las personas condenadas por feminicidio no tenían derecho a beneficios como salidas de 72 horas después de haber cumplido las dos terceras partes de la pena, o domiciliaria después de haber cumplido la mitad de la pena, pero sí conservaban algunos pocos beneficios, y esta ley los retira”, informó el ministro de Justicia, Néstor Osuna, desde la cárcel de Ibagué (Tolima).
Se trata de la Ley 2356 de 2024, por medio de la cual quedarán eliminados los beneficios y subrogados penales para personas que sean condenadas por este delito o que estén detenidas de manera preventiva por el mismo. De acuerdo con el documento, compartido por La FM, estas personas no tendrán la posibilidad de acceder a una suspensión condicional de la ejecución de la pena. Tampoco podrán tener como opción una prisión domiciliaria que sustituya la privación de la libertad en un centro carcelario, independientemente de si ya fueron condenadas o están cobijadas con medida de aseguramiento.
De igual manera, no podrán contar con ningún otro beneficio judicial o administrativo, excepto aquellos que surjan por una colaboración por parte del condenado, con tal de que esta sea efectiva y que la persona haya sido condenada por delito doloso dentro de los (5) años anteriores.
El ministro de Justicia informó que esta no es la única medida que se implementará en términos de justicia en los casos de feminicidio. Pues, en el Congreso se está tramitando una reforma que ayudaría a impulsar las indagaciones relacionadas con este delito.
“Somos conscientes de la honda problemática. Estamos pensando en crear una especialidad dentro de la administración de justicia para la atención de casos de violencia de género. Incluso, hay una reforma constitucional que ya está en curso, que presentó la bancada de mujeres en el Congreso de la República y que nosotros hemos apoyado; lo llaman la creación de la jurisdicción de mujeres”, explicó el jefe de la cartera a varios medios de comunicación.
Detalló que la iniciativa está enfocada en la creación de un sector específico en la Fiscalía General de la Nación y en el poder judicial, que se centre en la investigación y sanción de casos de feminicidio en Colombia. No obstante, hace falta garantizar la seguridad de las mujeres, pues, tan solo en Bogotá, alrededor de 900 mujeres podrían estar en riesgo de ser víctimas de este delito, según informó el Observatorio de Equidad y Género, de la Secretaría de la Mujer.
“La agresión contra la mujer se extiende y se materializa más allá de contextos familiares, evidenciando acoso en contextos externos como el lugar de trabajo, por lo que es urgente que existan acciones decididas y efectivas para proteger la vida y la dignidad de las mujeres en Colombia”, afirmó la procuradora Margarita Cabello.