La legislación colombiana permite, en casos excepcionales, la remoción del apellido del padre de un menor. Según el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf), este proceso no es conciliable a través de la entidad y deberá conducirse ante un juez de familia.
Para proceder, la madre de familia deberá presentar pruebas suficientes que justifiquen esta acción, velando siempre por los derechos del menor.
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El Icbf enfatiza que “el derecho a la identidad de un niño, niña o adolescente no es conciliable; es decir, que las partes no pueden disponer de este derecho”. En caso de controversia sobre la paternidad, se debe adelantar un proceso de impugnación o investigación de la misma. Esto subraya la necesidad de un procedimiento legal y claro, basado en pruebas.
“Es decir, que las partes no pueden disponer de este derecho. En el evento que se encuentre en controversia la paternidad de un niño, niña o adolescente se debe adelantar según el caso, el proceso tendiente a la impugnación o investigación de la paternidad”, agregó el Icbf
La ausencia del padre y el incumplimiento en la cuota alimentaria son frecuentemente mencionados como motivos para buscar este cambio. Sin embargo, el primer paso es intentar resolver el incumplimiento de la manutención. Según el Código de Infancia y Adolescencia en Colombia, el progenitor está obligado a contribuir económicamente al sostenimiento de sus hijos. Si dicha obligación no se cumple, se puede demandar legalmente por alimentos.
Este trámite se inicia presentando una demanda de alimentos ante una Comisaría de Familia o un juez de familia, donde se expone la situación y se solicita la fijación de una cuota alimentaria. En el caso de persistir el incumplimiento, el juez podría imponer sanciones adicionales como el embargo de bienes o, en situaciones extremas, la privación de libertad.
Otro motivo para cambiar el apellido puede ser la protección del menor en situaciones de abandono, maltrato o abuso por parte del padre. Este proceso está orientado a garantizar la seguridad y bienestar del menor. También hay casos en que las razones personales e identitarias de un hijo justifican el cambio de apellido, especialmente si la relación con el padre biológico es conflictiva.
En general, el proceso para cambiar el apellido paterno es riguroso y sujeto a restricciones legales. Involucra la presentación de una solicitud ante un juez de familia y cada caso será evaluado según sus circunstancias particulares, explicó la firma de abogados Abogados de Familia.
“El proceso para cambiar el apellido paterno de un hijo en Colombia es riguroso y está sujeto a ciertas restricciones legales. Generalmente, este proceso involucra la presentación de una solicitud ante un juez de familia. Es importante tener en cuenta que cada caso es único y será evaluado según sus circunstancias específicas”, explicó la firma Abogados de familia.
Cambio de apellido paterno de un hijo en Colombia: consideraciones legales clave
El cambio de apellido de un menor en Colombia es un proceso que se lleva a cabo bajo la estricta supervisión de un juez de familia y está sujeto a rigurosos requisitos y consideraciones legales. El punto central de este procedimiento es el interés superior del menor, el cual se evalúa para determinar si dicha modificación beneficia el bienestar emocional y psicológico del niño.
De acuerdo con los procedimientos estipulados, el consentimiento del padre biológico es un requisito esencial para el cambio del apellido. Si el padre se opone y la corte considera que su oposición está justificada, la solicitud puede ser rechazada. Por tanto, es fundamental contar con una fundamentación sólida que sustente la necesidad del cambio. Esto incluye la presentación de pruebas documentales y testimonios convincentes que demuestren la necesidad de la modificación del apellido.
Es posible que el cambio de apellido en el derecho de familia colombiano se considere en casos específicos, como el abandono, maltrato o cuestiones de identidad personal. Sin embargo, cualquier solicitud que se realice debe equilibrar el deseo de cambio con la protección de los derechos y el bienestar del menor. Los jueces evaluarán detalladamente cada caso para asegurar que la decisión final favorezca el desarrollo integral del niño.
El sistema legal colombiano pone de manifiesto que, pese a los posibles motivos válidos para el cambio de un apellido, la prioridad está en salvaguardar el bienestar emocional y psicológico de los menores involucrados. Este enfoque se afirma en la necesidad de que todas las solicitudes estén sustentadas por razones contundentes y respaldadas por pruebas claras.