A partir de agosto, inicia la temporada para la presentación y pago de la declaración de renta para personas naturales en el país, por lo cual muchos contribuyentes se encuentran recopilando toda su información tributaria con el fin de llevar a cabo este proceso.
Aunque la Dian ha mejorado sus herramientas para facilitar el proceso de manera gratuita, existen varias plataformas digitales que pueden asistir a los contribuyentes.
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Entre las alternativas destacan Contadia.com, que utiliza inteligencia artificial para automatizar los cálculos tributarios y verificar la información exógena de los clientes, eliminando así la transcripción manual de datos. Además, cuenta con un chatbot en Whatsapp disponible las 24 horas, conocido como ‘Gurú Contadia’, que permite a los contadores resolver dudas tributarias.
Otra opción es Tributi.com, un emprendimiento colombiano que acompaña a los contribuyentes en el proceso de generación de su declaración de renta. La plataforma ofrece dos planes: ‘Un contador lo hace por ti’ y ‘App lo hace por ti’, adaptando el servicio a las necesidades del contribuyente. Tanto Bancolombia como el Banco de Bogotá tienen alianzas que ofrecen descuentos a sus clientes al utilizar esta herramienta.
TuDeclaración es una de las pioneras en Colombia, activa desde 2014. Los usuarios deben registrarse en tudeclaracion.com, ingresar la información financiera y pagar por el servicio para recibir el archivo de su declaración en un máximo de 48 horas.
Entre tanto, TuImpuesto ofrece una guía didáctica para comprender el proceso impositivo, con opciones de presentación en línea y la posibilidad de contratar a un contador.
Se debe tener en cuenta que algunas de estas plataformas ofrecen planes a los usuarios con algunas herramientas fundamentales para poder liquidar y presentar la declaración de renta sin tener inconvenientes con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Estas herramientas digitales buscan simplificar y agilizar el proceso de declaración de renta, ofreciendo diversas modalidades para adaptarse a las necesidades del contribuyente.
Innovación digital de la Dian agiliza la declaración de renta con herramientas en línea
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) implementó desde el año 2023 una serie de herramientas en su plataforma digital para facilitar el acceso a información detallada sobre el proceso de diligenciamiento, presentación y pago de la declaración de renta. Este servicio busca beneficiar a personas naturales y asimiladas que están en la obligación de presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementario de ganancias ocasionales.
Entre las novedades se encuentra un programa de ayuda especialmente diseñado para simplificar el proceso de diligenciamiento del Formulario 210. Este formulario está orientado hacia empleados, profesionales, trabajadores independientes, rentistas de capital y pensionados, entre otros contribuyentes obligados a declarar. La herramienta busca reducir el margen de error y hacer más eficiente el trámite.
Además, la página web de la Dian proporciona una serie de tutoriales en línea que guían a los usuarios paso a paso en la preparación y presentación de su declaración de renta. Estos recursos educativos están destinados a mejorar la comprensión del proceso y asegurar un cumplimiento adecuado de las obligaciones fiscales.
Entre los beneficios mencionados, la Dian enfatiza en la facilidad y accesibilidad de los servicios en línea, destinados a mejorar la experiencia del usuario y asegurar la correcta elaboración de su declaración.
Con la implementación de estas herramientas, la Dian espera mejorar la eficiencia en la recolección de impuestos y aumentar el cumplimiento fiscal voluntario entre los contribuyentes obligados a declarar en Colombia.
Tenga en cuenta que la fecha para hacer la presentación de la declaración de renta correspondiente al año gravable 2023 empezarán el 1 de agosto y se extenderá hasta el 24 de octubre del año en curso.
- 1 y 2: 12 de agosto.
- 3 y 4: 13 de agosto.
- 5 y 6: 14 de agosto.
- 7 y 8:15 de agosto.
- 9 y 10: 16 de agosto.
- 11 y 12: 20 de agosto.
- 13 y 14: 21 de agosto.
- 15 y 16: 22 de agosto.
- 17 y 18: 23 de agosto.
- 19 y 20: 26 de agosto.
- 21 y 22: 27 de agosto.
- 23 y 24: 28 de agosto.
- 25 y 26: 29 de agosto.
- 27 y 28: 2 de septiembre.
- 29 y 30: 3 de septiembre.
- 31 y 32: 4 de septiembre.
- 33 y 34: 5 de septiembre.
- 35 y 36: 6 de septiembre.
- 37 y 38: 9 de septiembre.
- 39 y 40: 10 de septiembre.
- 41 y 42: 11 de septiembre.
- 43 y 44: 12 de septiembre.
- 45 y 46: 13 de septiembre.
- 47 y 48: 16 de septiembre.
- 49 y 50: 17 de septiembre.
- 51 y 52: 18 de septiembre.
- 53 y 54: 19 de septiembre.
- 55 y 56: 20 de septiembre.
- 57 y 58: 23 de septiembre.
- 59 y 60: 24 de septiembre.
- 61 y 62: 25 de septiembre.
- 63 y 64: 26 de septiembre.
- 65 y 66: 27 de septiembre.
- 67 y 68: 1 de octubre.
- 69 y 70: 2 de octubre.
- 71 y 72: 3 de octubre.
- 73 y 74: 4 de octubre.
- 75 y 76: 7 de octubre.
- 77 y 78: 8 de octubre.
- 79 y 80: 9 de octubre.
- 81 y 82: 10 de octubre.
- 83 y 84: 11 de octubre.
- 85 y 86: 15 de octubre.
- 87 y 88: 16 de octubre.
- 89 y 90: 17 de octubre.
- 91 y 92: 18 de octubre.
- 93 y 94: 21 de octubre.
- 95 y 96: 22 de octubre.
- 97 y 98: 23 de octubre.
- 99 y 00: 24 de octubre.