En horas de la mañana de este miércoles 22 de mayo, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) llevó a cabo el cierre del establecimiento Outlet Adidas Bogotá. La medida se extenderá por tres días.
De acuerdo con la Dian, la decisión se aplicó por incumplimiento en la expedición de la factura electrónica en el establecimiento.
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“Conforme a lo dispuesto en el Artículo 657 del Estatuto Tributario y se desprende de la permanente labor de verificación al cumplimiento de las obligaciones de expedición y entrega de la factura electrónica que hace la entidad en los comercios de todo el país”, manifestó la Dian.
La entidad también explicó que la medida fue tomada siguiendo el debido proceso, luego de realizar una serie de visitas de control que respondieron a una denuncia ciudadana.
“La Dian hizo las verificaciones correspondientes, atendió los descargos del establecimiento, evaluó las evidencias y, posteriormente, confirmó la sanción”, aseveró la Dian.
Asimismo, precisó que en 2024, sólo en Bogotá, se han adelantado cierres en comercios de diversos sectores como restaurantes, tiendas de frutas y verduras, comercios de ropa y de artículos para el hogar, entre otros.
Por tal motivo, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales invitó a todos los establecimientos de comercio a cumplir con sus obligaciones tributarias y a la ciudadanía a exigir siempre la factura electrónica de sus compras. Para esto, las personas sólo deben entregarle tres datos al establecimiento de comercio. En primera medida, nombre o razón social, posteriormente el número de cédula o NIT y por último el correo electrónico.
Cualquier irregularidad con la expedición de la factura electrónica puede ser reportada y denunciada a través del sistema PQRS/Denuncias por terceros, en la página web de la Dian, de manera anónima.
Asimismo, la administración tributaria le recordó a los responsables de establecimientos que, por su modelo de operación o tipo de negocio siguen expidiendo documento equivalente POS, que desde el pasado 1 de mayo comenzó a correr el calendario de implementación para hacerlo de manera electrónica.
La entidad explicó que estos detalles pueden ser consultados en la Resolución 00165 de 2023 y en el Artículo 23 de la Resolución 000008 de 2024.
La Dian precisó que las sanciones relacionadas con la facturación son aplicadas respetando cada una de las etapas establecidas en el Estatuto Tributario, que están dividas en “visita de control; pliego de cargos; análisis y descargos; resolución y sanción; recurso y fallo”.
“Los procesos comienzan con una visita de control en la que la entidad verifica que el comercio esté expidiendo factura electrónica y cumpliendo con todos los requisitos de ley”, indicó la Dian.
Además, agregó que “en caso de detectar posibles irregularidades o incumplimientos, la entidad formulará un pliego de cargos, sobre el que el establecimiento puede responder sobre el posible incumplimiento, con las explicaciones necesarias. Para esto, el obligado a facturar tiene un plazo de 10 días hábiles”.
Del mismo modo, el Estatuto Tributario también contempla que, en todo momento, el establecimiento que esté incumpliendo con los requisitos de facturación puede acogerse al pago de una multa para evitar los tres días de cierre.
La entidad explicó que la multa, dependiendo del hecho sancionable, “se impondrá sobre los ingresos brutos operacionales del contribuyente en el mes anterior a la visita que originó el proceso”.
Por el cierre del outlet de Adidas en Bogotá, la Dian recalcó que “las sanciones de cierre no ocurren de manera deliberada, ni de la noche a la mañana. Al contrario, son el resultado de una serie de etapas y tiempos establecidos que la entidad debe cursar con un riguroso sustento jurídico y probatorio”.