
En el artículo 163 de la Constitución de Colombia se explica lo que significa el trámite de urgencia de una ley, pues es un mecanismo con el cual, el presidente de la República puede solicitar que un proyecto de ley sea discutido sin la necesidad de que se cumplan con los tiempos establecidos para su trámite en el Congreso de la República.
De acuerdo con el artículo, el presidente podrá solicitar el trámite de urgencia de cualquier proyecto de ley, lo que generaría que la Corporación en la que se deba tramitar tendrá un plazo de treinta (30) días para discutirlo, incluso, el articulado contará con prelación en el orden del día.
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“Si el Presidente insistiere en la urgencia, el proyecto tendrá prelación en el Orden del Día, excluyendo la consideración de cualquier otro asunto hasta tanto la respectiva Cámara o Comisión decida sobre él”, se lee en la Constitución.
En cuanto a las reglas jurisprudenciales, de acuerdo con la sentencia de la Corte Constitucional C-784/14 de la magistrada ponente María Victoria Calle Correa, cuando el presidente de la República radique una ley con mensaje de urgencia se alterará el trámite ordinario del proceso legislativo en término de debates.

Al respecto, la Corte Constitucional señaló que en este tipo de casos solo debe respetarse el lapso mínimo de ocho (8) días entre el primer debate, sesión conjunta de las comisiones, y el segundo debate, que es el que se desarrolla en la plenaria de las cámaras, “teniendo en cuenta que el término de 15 días entre Cámaras no es imperativo, cuando se ha dado un debate conjunto de las comisiones con anterioridad”.
Por último, el alto tribunal explicó que el objetivo del trámite de urgencia es reducir el tiempo que se emplea en el procedimiento legislativo ordinario; como también, que en la sentencia C-256 de 2014 la Corte Constitucional admitió que se aplique en el procedimiento de aprobación de los proyectos de ley estatutaria.
Reacciones a la propuesta del Gobierno nacional
De acuerdo con el cronograma del Congreso, en el primer semestre de 2024 las sesiones ordinarias concluyen el 20 de junio, razón por la cual le queda un mes al Gobierno nacional para que varias de sus reformas, incluidas la pensional, sean aprobadas.
Una de las congresistas que se pronunció sobre la posible estrategia del Gobierno nacional fue la representante a la Cámara Catherine Juvinao Clavijo, que a través de una publicación en su cuenta de X aseguró que uno de los inconvenientes es que si el Gobierno nacional radica el articulado para que sea aprobado antes del 20 de junio, podría terminar perjudicando las otras reformas que se estudian como, por ejemplo, la pensional y laboral.

“Esto hundiría de facto la reforma pensional y laboral (sin posibilidades reales de que tampoco salga la de salud) dado que las comisiones séptimas de senado y cámara, y la plenaria, sesionarían de forma conjunta, paralizando todos los demás proyectos de aquí al 20 de junio”, señaló la congresista.
En la misma publicación, la representante cuestionó las intenciones del Ejecutivo, pues señaló la posibilidad de que las reformas sean hundidas en el Congreso de la República, a pesar de que la pensional es la que más cerca está de ser aprobada, por lo que señaló que “Si esto es cierto, sería absolutamente incomprensible”.
“¿El gobierno está buscando con esto hundir todas las reformas, presidente @petrogustavo? ¿Por qué sacrificarían así la reforma pensional, que es la única que aún tiene tiempos de aprobarse?”, concluyó la representante Juvinao.

Otro de los congresistas que dio a conocer su punto de vista sobre la posible radicación del articulado se encuentra el senador David Luna que se refirió a lo que significaría para las reformas dejarlas sin tiempo por darle prioridad al articulado de la salud.
“Al hundir estas reformas, el Presidente va a culpar al Congreso por obstaculizar su agenda. Esto fortalecería su llamado a una asamblea constituyente, le da una excusa e impulsa su discurso de victimización. ¿Su verdadero interés? Mantenerse en el poder más allá del 2026″, explicó el senador.
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