En un trabajo conjunto entre la Secretaría Distrital de Gobierno y la Alcaldía Local de Suba, autoridades demolieron, el miércoles 24 de abril de 2024, cuatro establecimientos comerciales ilegales que se habían construido el lote Las Mercedes, en la Reserva Thomas Van der Hammen.
Según información oficial de la Alcaldía Local de Suba, dentro de los cuatro establecimientos ilegales se encontraban reconocidos bares que generaron, por años, problemas de seguridad y convivencia en el sector.
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La alcaldía local agregó que la demolición de los comercios se logró gracias a un procedimiento judicial apoyado por distintas instituciones distritales, entre ellas, la Secretaría de Gobierno y la Policía Metropolitana de Bogotá.
¿Qué se halló en el sector de Las Mercedes?
Conforme con el informe preliminar, en el predio de la reserva natural, las autoridades competentes encontraron cerca de 660 metros cuadrados de infraestructura comercial, construidos sin licencias y en los cuales operaban los bares La Matriarca y El Patrón.
Sin embargo, estos puntos comerciales no solo estaban infringiendo la norma de operación comercial, puesto que las autoridades agregaron que eran objeto de numerosas quejas por afectaciones a la convivencia del vecindario, de las cuales destacaban riñas y consumo de licor en espacio público, entre otros hechos.
Cabe recordar que dichas prácticas, según el Código Nacional de Policía y Convivencia, son castigadas con multas tipo 2 y 4 que van desde los ocho hasta loas 32 salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv), es decir:
- Multa Tipo 2 (general): reñir, iniciar o incurrir en confrontaciones violentas que puedan derivar en agresiones físicas.
- Multa Tipo 4 (general): consumir bebidas alcohólicas, portar o consumir sustancias psicoactivas en el espacio público.
Por su parte, la alcaldesa encargada de la localidad de Suba, Ana Isabel Hortúa Salcedo, comentó que el equipo local se encuentra materializando la orden de policía expedida por la inspección 11G, “dentro del expediente adelantado por construcción de obras sin licencia en un predio privado, ubicado dentro de la reserva Thomas van der Jamen”.
A su vez, añadió que con el cumplimiento de la medida se pretende mitigar el impacto negativo en aspectos de seguridad y convivencia, que se registran por las actividades económicas de alto impacto, no compatibles con las zonas protegidas de reserva ambiental por parte de la administración distrital.
Las autoridades sumaron que en cada unas de las instalaciones se encontró robustas obras con mobiliario, espacios de bodegas, cocinas y todo un montaje para atender a centenares de clientes por día.
Por otra parte, a lo largo del procedimiento, funcionarios de la Personería, Derechos Humanos, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf), fuerza pública y la inspección de la policía, entre otros, fueron garantes del proceso que dio como culminado con la demolición de las cuatro infraestructuras comerciales ilegales.
“Teniendo en cuenta que hay comportamientos de algunos ciudadanos que impactan el bienestar de la localidad, de la comunidad, espacios de protección ambiental e incluso, hasta espacio público, llamamos a vecinas y vecinos de Suba a que denuncien en la Alcaldía aquellos hechos que vayan contra la convivencia y la seguridad”, precisó la alcaldesa Hortúa.
Entre los incumplimientos a los requisitos legales y normas urbanísticas los propietarios del predio incurrieron en las infracciones de parcelar, urbanizar, demoler intervenir o construir, en terrenos no aptos para estas actuaciones sin la respectiva licencia de construcción, en un área con afectación forestal.
Qué dice la Cámara de Comercio de Bogotá por estas actividades ilegales
De acuerdo con la Cámara de Comercio de Bogotá, las infracciones urbanísticas darán lugar a la aplicación sanciones sucesivas que oscilarán entre los 15 y los 30 salarios mínimos legales diarios vigentes por metro cuadrado de área de suelo afectado:
“Sin que en ningún caso la multa supere los quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes, para quienes parcelen, urbanicen o construyan en terrenos no urbanizables o no parcelables, además de la orden policiva de demolición de la obra y la suspensión de servicios públicos domiciliarios, de conformidad con lo señalado por la Ley 142 de 1994″.
No obstante, la institución también añadió que si la construcción, urbanización o parcelación se efectuó en terrenos de protección ambiental, o localizados en zonas calificadas como de riesgo, tales como humedales, rondas de cuerpos de agua o de riesgo geológico, “la cuantía de las multas se incrementará hasta en un 100% sobre las sumas aquí señaladas, sin perjuicio de las demás responsabilidades y sanciones legales a que haya lugar”.