Partido de la vicepresidenta Francia Márquez, Soy porque somos, podría perder la personería jurídica: fue demandado ante el Consejo de Estado

La demanda cuestiona que Dorina Hernández y Francia Márquez recibieron aval del partido Polo, pero en realidad militaban en el movimiento Soy Porque Somos, por lo que habrían incurrido en doble militancia

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La vicepresidenta de Colobmbia,Francia Márquez, podría perder la personería jurídica de su partido Soy porque Somos - crédito EFE/ Mauricio Dueñas Castañeda
La vicepresidenta de Colobmbia,Francia Márquez, podría perder la personería jurídica de su partido Soy porque Somos - crédito EFE/ Mauricio Dueñas Castañeda

La personería jurídica del movimiento político Soy Porque Somos, liderado por la vicepresidenta de la República, Francia Márquez Mina, ha sido demandada ante el Consejo de Estado. La abogada Ximena Echavarría, impulsora de la demanda, sostiene que el movimiento incurrió en transgresiones de varios presupuestos legales, incluyendo la práctica de doble militancia.

Al parecer, tanto Márquez como la representante a la Cámara Dorina Hernández, recibieron aval del partido Polo Democrático, cuando pertenecían a la colectividad Soy Porque Somos. Adicionalmente, en dicha demanda se resalta que el Consejo Nacional Electoral se pasó por alto el artículo 108 de la Constitución.

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En su momento, la petición presentada por el movimiento Soy Porque Somos se fundamentó en la participación activa de Francia Márquez en la coalición del Pacto Histórico. Se destacó que Márquez fue precandidata a la Presidencia de la República y tomó parte en la consulta popular organizada por el Pacto Histórico. Además, se hizo mención a la candidatura de Dorina Hernández Palomino, quien se postuló como representante a la Cámara por el departamento de Bolívar, como un elemento adicional en los argumentos de dicha solicitud.

La petición presentada por el movimiento Soy Porque Somos se fundamentó en la participación activa de Francia Márquez en la coalición del Pacto Histórico. Se destacó que Márquez fue precandidata a la Presidencia de la República y tomó parte en la consulta popular organizada por el Pacto Histórico - crédito Vicepresidencia de la República
La petición presentada por el movimiento Soy Porque Somos se fundamentó en la participación activa de Francia Márquez en la coalición del Pacto Histórico. Se destacó que Márquez fue precandidata a la Presidencia de la República y tomó parte en la consulta popular organizada por el Pacto Histórico - crédito Vicepresidencia de la República

Esto implica que se estableció un convenio mediante el cual el Polo Democrático otorgaría su aval al movimiento Soy Porque Somos, tomando en consideración que este último, al no ser un partido político formalmente constituido, carecía de la capacidad jurídica para avalar candidaturas por sí mismo.

Argumentaron de igual manera que el mencionado acuerdo político carece de efectividad jurídica en términos electorales. El motivo es que Dorina Hernández, actualmente ejerciendo como representante y quien recibió el aval por parte del Polo, pertenecía en realidad al movimiento Soy Porque Somos. De manera similar, Francia Márquez, que se presentó en la consulta del Pacto Histórico con el respaldo del Polo, igualmente militaba en Soy Porque Somos. Esta situación configura un escenario de doble militancia, según se alega en la demanda.

Dorina Hernández también habría incurrido en doble militancia como la vicepresidenta - crédito  @chadorinah
Dorina Hernández también habría incurrido en doble militancia como la vicepresidenta - crédito @chadorinah

La demanda presentada hace hincapié en que el Consejo Nacional Electoral ignoró deliberadamente lo estipulado por el artículo 108 de la Constitución, el cual define el porcentaje requerido de votos válidos obtenidos del censo electoral necesario para que se otorgue la personería jurídica a una organización.

Además, se señala una omisión respecto al artículo 262, que especifica que las coaliciones deben formarse exclusivamente entre partidos que ya poseen personería jurídica, subrayando un apartamiento de los principios constitucionales en el proceder del Consejo Nacional Electoral.

Según la demanda presentada hace hincapié en que el Consejo Nacional Electoral ignoró deliberadamente lo estipulado por el artículo 108 de la Constitución- crédito Colprensa
Según la demanda presentada hace hincapié en que el Consejo Nacional Electoral ignoró deliberadamente lo estipulado por el artículo 108 de la Constitución- crédito Colprensa

En relación con el tema, la demandante Ximena Echavarría hizo el siguiente comentario: “El acuerdo político que hace el Polo Democrático con Soy Porque Somos dice que el Polo Democrático va a dar el aval, pero eso no significa que las personas avaladas por el Polo dejen de militar en Soy Porque Somos, lo que transgrediría la doble militancia”.

En desarrollo del proceso, se argumenta que la resolución se expidió bajo el contexto del Acuerdo de Paz, que concluye el enfrentamiento con las Farc, porque dicho acuerdo establece un antecedente para la eliminación de obstáculos de acceso a la vida política.

No obstante, la demanda sostiene que, de acuerdo con la Corte Constitucional, la supresión de estas barreras no compete a las autoridades administrativas actuar por su propia cuenta. Por el contrario, dicha eliminación debe ser formalizada a través de una reforma política, la cual requiere del análisis y aprobación por parte del Congreso de la República.

Como resultado de todo lo anterior, solicitaron anular el acto administrativo correspondiente y se busca que se proceda a eliminar el partido de Francia Márquez del registro único de partidos políticos. Esta acción tiene como objetivo retirar formalmente el reconocimiento y los derechos que este registro confiere al partido en cuestión.

Por otro lado, recientemente la vicepresidenta en su cuenta de X celebró la aprobación de la reforma pensional: “Una Reforma Pensional necesaria avanzó en el @SenadoGovCo, gracias a visiones distintas de país que se unieron por una vejez digna. Pensiones equitativas consientes de las necesidades de las mujeres, de la vejez campesina, de las personas con discapacidad y sus familias, y de las personas que no alcanzaban a completar sus semanas”.

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