Migración Colombia anunció cambios en la atención de migrantes venezolanos en Bogotá: así será la prestación de servicios

Entre las modificaciones está que las incidencias del Permiso por Protección Temporal ahora se atenderán en tres puntos de la ciudad. Todo lo que necesita saber a continuación

Migración Colombia anunció cambios en la atención de venezolanos en Bogotá - crédito EFE

La Regional Andina de la Unidad Administrativa Especial de Migración Colombia (Uaemc) anunció que desde el pasado miércoles 10 de abril se modificó la atención de servicios que se brindaba a la población migrante venezolana en Bogotá, específicamente en su sede de la calle 100.

La entidad migratoria informó que, a partir del 10 de abril de 2024, el Centro Facilitador de Servicios Migratorios, situado en la calle 100 # 11b – 27, limitó sus servicios exclusivamente a los trámites de reexpedición por corrección y duplicado del Permiso por Protección Temporal (PPT).

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La nueva medida, según Migración Colombia, exige que los interesados tengan que programar una cita previa a través de la página web https://citasmigracion.iq-online.net.co/citas, y completar el correspondiente Formulario Único de Trámites (FUT).

La oficina de Migración de la calle 100, en Bogotá ahora solo funcionará para reexpedición por corrección y duplicado del Permiso por Protección Temporal (PPT) - crédito Migración Colombia

Con el fin de mejorar el acceso en los diferentes puntos de la ciudad, la autoridad migratoria así mismo anunció que descentralizó el servicio de atención de incidencias del PPT, que inicialmente solo se ofrecía en la oficina de la calle 100, por lo que a partir de la misma fecha, se brindará en tres Supercades, en el horario de atención de lunes a viernes de 7:00 de la mañana a 4:00 de la tarde:

  • Super Cade Bosa: avenida calle 57 R Sur # 72 D–12.
  • Super Cade Suba: calle 145 # 103 B–90.
  • Super Cade CAD: avenida carrera 30 # 25–90.

Para el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos

Las consultas del Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos se pueden hacer en línea - crédito Migración Colombia

En el caso de quienes necesiten asistencia o tengan consultas relativas al Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV), la autoridad migratoria informó que estas podrán hacerse mediante un canal de WhatsApp, disponible para la jurisdicción de la Regional Andina. El número al que se pueden comunicar es: 3215210175.

Frente a las nuevas modificaciones en la prestación de servicios, desde la Regional Andina de Migración Colombia reiteraron “su compromiso de brindar un servicio eficiente y oportuno a la población migrante venezolana en Bogotá D.C”.

Nuevas medidas de control migratorio para niñas, niños y adolescentes

Migración Colombia anunció cambios en los requisitos para que los menores de edad salgan al exterior - crédito Cancillería

Los cambios en la atención de migrantes venezolanos en la sede en la calle 100 en Bogotá, se dio a tan solo días de que a conocer que en el caso de que el menor viaje con solo uno de los padres o con una persona distinta a ellos.

De acuerdo con la entidad, desde el pasado miércoles 13 de marzo, los menores de edad no necesitarán el permiso de uno de los padres para salir del país si este se encuentra reportado como deudor alimentario moroso. Esta medida busca simplificar el proceso para los padres y se apega a la Ley 2097 de 2021 que protege la integridad de los menores al viajar al extranjero.

La decisión se tomó bajo Ley 2097 de 2021, la cual facilita la salida del país para menores cuyo padre o madre ha sido identificado como deudor alimentario moroso. De esta forma se establece que, ante el incumplimiento de las obligaciones alimentarias, no será necesario solicitar permiso para que el menor pueda viajar.

Quienes tengan padres reportados como morosos, no necesitarán su permiso para salir del país - crédito Europa Press

Así las cosas, a partir de la mencionada fecha, en lugar de presentar un permiso de salida del país de parte del padre o madre con deudas alimentarias morosas, ahora solo será necesario mostrar el documento que acredite la inscripción del padre o madre en mora en el Registro de Deudores Morosos de Alimentos (Redam).

Migración aclaró que el Redam es un certificado emitido por el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (MinTIC), el cual se otorga tras recibir una orden judicial de inscripción. Estos certificados incluyen códigos QR para facilitar su validación y verificación.