El expresidente de la República y exsenador Álvaro Uribe Vélez se enfrentará a un proceso judicial por los delitos de fraude procesal y soborno a testigos en actuación penal, según informó la Fiscalía General de la Nación el 9 de abril de 2024. Tras dos solicitudes de preclusión que no fueron concedidas por los jueces de Bogotá, la entidad judicial decidió llevar adelante el caso, lo que marcó un hito significativo en la historia política de Colombia.
Este paso legal se produce luego de deliberaciones y una investigación por parte de la Fiscalía, que concluyó que existen suficientes pruebas para justificar el juicio contra el exjefe de Estado. Aunque la decisión no fue recibida con sorpresa por muchos, dada la gravedad de las acusaciones y el seguimiento mediático del caso, sí marca un momento crucial en la historia política colombiana, ya que es la primera vez que un expresidente es llevado a juicio ante esta instancia.
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Según lo establecido en el Código Penal colombiano, los delitos de fraude procesal y soborno a testigos en actuación penal conllevan penas severas que oscilan entre los 6 y 12 años de cárcel. Además de la privación de libertad, quienes sean hallados culpables de estos delitos enfrentarán multas significativas y la inhabilitación para ejercer cargos públicos durante un período considerable.
El fraude procesal, según el artículo 453 del Código Penal, se define como el acto de inducir en error a un servidor público para obtener una sentencia, resolución o acto administrativo contrario a la ley. Esta acción conlleva no solo penas de prisión, sino también multas y la inhabilitación para ejercer funciones públicas. Es importante destacar que este delito atenta contra la integridad del sistema judicial y socava la confianza en el Estado de derecho.
“El que por cualquier medio fraudulento induzca en error a un servidor público para obtener sentencia, resolución o acto administrativo contrario a la ley, incurrirá en prisión de seis (6) a doce (12) años, multa de doscientos (200) a mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de cinco (5) a ocho (8) años”, se puede leer en el documento de derecho penal.
Por otro lado, el soborno en actuación penal, como se define en el artículo 444 del Código Penal, implica la entrega o promesa de dinero u otras ventajas a un testigo de un hecho delictivo con el fin de influir en su testimonio o hacer que se retracte de su declaración. Este tipo de conducta es especialmente grave, ya que socava la búsqueda de la verdad y obstaculiza la administración de justicia.
“El que en provecho suyo o de un tercero entregue o prometa dinero u otra utilidad a persona que fue testigo de un hecho delictivo, para que se abstenga de concurrir a declarar, o para que falte a la verdad, o la calle total o parcialmente, incurrirá en prisión de seis (6) a doce (12) años y multa de cincuenta (50) a dos mil (2.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes”, se lee en el Código Penal de Colombia.
El proceso judicial que enfrentará Álvaro Uribe Vélez no solo será un juicio en el tribunal, sino que también será un juicio en la opinión pública. Durante décadas, el exmandatario ha sido una figura polarizadora en Colombia, admirado por algunos como un líder fuerte y carismático, mientras que otros lo han criticado por sus políticas y métodos. Ahora, su legado político está en juego mientras se enfrenta a estas graves acusaciones.
Es importante destacar que, a pesar de las acusaciones en su contra, Álvaro Uribe Vélez sigue gozando de la presunción de inocencia, un principio fundamental en cualquier sistema judicial justo y democrático; sin embargo, el proceso judicial que se avecina será una prueba tanto para él como para el sistema judicial colombiano en su conjunto.