Exgobernador Luis Monsalvo Gnecco apelará su condena por corrupción en programa de alimentación escolar

Su defensa argumentará el recurso por el salvamento de voto que hizo la magistrada Blanca Nélida Barreto, que cuestionó las pruebas dentro del proceso

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Luis Alberto Monsalvo Gnecco, gobernador
Luis Alberto Monsalvo Gnecco, gobernador del Cesar. / Gobernación del Cesar

Luego de que la Corte Suprema de Justicia estableciera el monto de la condena contra el exgobernador del Cesar Luis Alberto Monsalvo Gnecco, que fue de 21 años y ocho meses de cárcel por hechos de corrupción en el Programa de Alimentación Escolar (PAE) del departamento, su defensa recurrirá al recurso de apelación de la misma.

De acuerdo con lo que establecieron en el informativo de televisión Noticentro Uno CM&, los apoderados del hijo de la matrona electoral en la región Caribe Cielo Gnecco, recurrirán al salvamento de voto que hizo la magistrada Blanca Nélida Barreto dentro de ese proceso.

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Recordaron que la alta jurista objetó el material probatorio contra el exservidor público acerca del valor de las raciones que se le entregaban a los estudiantes beneficiarios del PAE en el Cesar.

Barreto señaló que había deficiencias probatorias y por eso decidió desligarse del concepto que entregaron los otros dos magistrados de la Sala de Juzgamiento de la Corte Suprema: Ariel Torres y Jorge Caldas.

Finalmente en ese noticiero señalaron que instauraran el recurso el próximo jueves 11 de abril, donde la Sala de Casación Penal del alto tribunal será el encargado de ratificar o no la condena.

El exgobernador Monsalvo Gnecco fue hallado culpable de cometer los delitos de peculado por apropiación agravado en favor de terceros y contrato sin el cumplimiento de requisitos legales, en calidad de coautor, luego de que en el 2015 suscribiera un contrato para la ejecución del PAE en el departamento con el Consorcio Alimentación Escolar a Salvo 2015 por más de 17.000 millones de pesos.

El contrato presentó una serie de irregularidades en las que ni siquiera se determinó el número de niños y niñas a los que se debía brindar alimento. Tampoco se realizaron análisis adecuados ni vigilancia, lo que condujo a un incremento artificioso del valor unitario de las raciones.

El consorcio estuvo integrado por la Fundación Kabala y la Asociación de Manipuladores de Alimentos del Cesar. Este acuerdo, que estaba previsto ejecutarse en 59 días, concluyó con diferencias en la liquidación por aproximadamente 3.174 millones de pesos, que acabaron en los bolsillos de los implicados.

La investigación destapó que los estudios precontractuales no solo fueron insuficientes, sino que además inflaron de manera artificial el número de beneficiarios.

“La cantidad de 146.100 asumidos en los estudios previos, es decir, 5.000 estudiantes más del promedio, infló el cálculo de raciones a suministrar”, se subrayó en la determinación judicial.

Este desfase resultó en un sobrecosto significativo en las provisiones, donde, por ejemplo, el precio de un kilo de hígado se estableció en 65.460 pesos, muy por encima del precio de mercado que rondaba los 14.000 pesos en aquel entonces.

Además, las cifras relativas al personal necesario para la manipulación de alimentos mostraron discrepancias alarmantes. Aunque el contrato presupuestó 3.580 millones de pesos para 1.748 manipuladores, la realidad reflejó un gasto considerablemente menor, de tan solo 2.212 millones de pesos, lo que sugiere una apropiación indebida de más de 1.300 millones de pesos.

Este caso, que ha puesto en evidencia falencias graves como “pasar por alto la necesidad de establecer la población a beneficiar ni el número de raciones a entregar”, dejó al descubierto la falta de rigurosidad en los procesos de contratación y destacó “un contrato direccionado para beneficiar a un consorcio específico”, según apuntó la Fiscalía.

Tras la condena, al exgobernador le negaron el beneficio de ‘casa por cárcel’, así como tendrá que pagar una multa de 1.537 millones de pesos, donde 92 millones irán al Ministerio de Justicia, y, además, fue sancionado disciplinariamente para no ejercer cargos públicos durante 21 años y 9 meses.

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