El presidente Gustavo Petro ha sido blanco de críticas por la postura que tomó con respecto a la “vaca” que está impulsando el gobernador de Antioquia, Andrés Julián Rendón, para financiar la terminación de las vías de cuarta generación (4G). El primer mandatario aseguró en X (antes Twitter) que el funcionario estaría incurriendo en una conducta penal, establecida como captación masiva y habitual de dineros.
Por esta razón, han catalogado al presidente de ser un “ignorante” y de estar haciendo un “oso jurídico” que implica un acto de “desinformación”. En ese sentido, Infobae Colombia consultó con el abogado penalista Iván Cancino y con el profesional en derecho Edwin Cortés Mejía, socio en Holland & Knight, que explicaron las razones por las cuales Petro está equivocado.
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Según el experto, la “vaca” no se configura como el delito de captación masiva y habitual de dineros porque no se acomoda a las características del tipo penal. ”Esto parte de un error absoluto, de una ignorancia del presidente absoluta. Ahí no se está captando ningún dinero, no se está pidiendo prestado, no se está diciendo que se va a retornar ningún interés exagerado. Es decir, no se cumple ninguno de los requisitos del tipo”, detalló Cancino.
En la misma línea, el abogado Cortés, experto en proyectos de infraestructura, especialmente en transporte y concesiones públicas, ofreció claridad sobre la legalidad de la colecta a Infobae Colombia.
Cortés subrayó que, según la ley actual, la iniciativa no puede ser calificada como captación ilegal de dinero, respaldando así las afirmaciones previas de Cancino. Explicó que se trata de donaciones y no de un préstamo con la expectativa de devolución.
“Respecto de la vaca para infraestructura en ese Departamento, hace referencia a la recepción de donaciones. Siendo que no hay expectativa de recuperación, sino que se trata de donaciones, no habría lugar a una forma de captación”, señaló el abogado.
De acuerdo con el documento ABC de la captación ilegal de recursos y otras actividades defraudatorias o no autorizadas de la Superintendencia Financiera de Colombia y la Superintendencia de Sociedades, el tipo penal debe cumplir con la característica de que la recaudación sea masiva. Para eso, pueden ocurrir dos cosas:
- La persona, ya sea natural o jurídica, ha recibido dinero de más de 20 personas o ha pactado 50 o más obligaciones. Esto, teniendo en cuenta que implica la devolución de los recursos, sin recibir nada a cambio (bien o servicio).
- La persona natural o jurídica ha celebrado más de 20 contratos de mandato en apenas tres meses para administrar dinero de libre administración, para inversión en títulos o valores, o para venta de títulos de crédito o de inversión.
Las entidades explican que la captación se configura cuando la suma de todas las operaciones es mayor al 50% del patrimonio líquido de quien ejecuta la recolección de los recursos.
En ese sentido, las famosas pirámides, cadenas, natilleras, roscas, fondos familiares, ventas de servicios o tarjetas prepago, que recaudan dinero de manera masiva, sin autorización, y por las que se prometen supuestos beneficios, incluidos altos rendimientos, sí caben dentro del tipo penal en cuestión.
Ahora bien, otro aspecto a tener en cuenta es que para que se incurra en el mencionado delito, la persona que recibe el dinero no debe estar autorizada por la Superintendencia Financiera de Colombia o la Superintendencia de la Economía Solidaria.
La primera puede dar su aval a entidades que por ley deben ser vigiladas, como las administradoras de fondos de pensiones, los bancos, y las compañías de financiamiento. La segunda, puede autorizar a cooperativas de crédito y ahorro. De esta manera, se garantiza que las entidades tengan la capacidad para responder a sus obligaciones y se vigila el cumplimiento de requisitos.
¿Cómo se garantiza la transparencia?
Por otro lado, el abogado Edwin Cortés Mejía señaló a Infobae Colombia que, en cuanto a los requisitos para garantizar transparencia y legalidad en la gestión de fondos, se debe destacar la responsabilidad de la Gobernación en comunicar y asegurar el cumplimiento de políticas contra el lavado de activos.
Por lo que el abogado destacó que en el sitio web oficial de la Gobernación, se informó sobre la formación de una junta encargada de supervisar la iniciativa de la “vaca por las vías”.
Esta junta está integrada por figuras prominentes, incluida la “presidenta de la Cámara de Comercio de Medellín, el Secretario General de la Confederación General del Trabajo de Antioquia, la Presidenta de Proantioquia, un trabajador del Túnel del Toyo, un delegado de la Alcaldía de Medellín y la Directora Ejecutiva de Fenalco Antioquia”.
Además, especificó que los recursos están siendo canalizados a través de Bancolombia, que actúa como el banco encargado de la recaudación de fondos.
Según el abogado Cancino, la “vaca” de la Gobernación de Antioquia, entonces, no se configura como el citado delito, ni como ningún otro actualmente establecido en el Código Penal Colombiano. Aseguró que es completamente legal y que, por ende, las declaraciones del primer mandatario obedecen a ciertos intereses.
“Gustavo Petro no es un hombre bruto. Él lo hace para desinformar y para que la opinión pública se vaya en contra del gobernador pensando que está haciendo algo ilegal”, explicó el experto a Infobae Colombia.
Sobre los topes en la recolección de fondos, Cortés explicó que no hay límites establecidos por ley y que el umbral podría determinarse por la convocatoria misma “aunque en medios se ha dicho que se busca un millón de donantes, de un millón de pesos, de manera tal que se llegue a recolector un billón de pesos. Sin embargo, en la página de la Gobernación de Antioquia, no se habla de dicho monto como un límite o tope, por lo cual, al menos por ahora, no parece existir un límite tampoco en la convocatoria”.
¿Y la presunta donación del Clan del Golfo?
Esta pregunta surgió a raíz de la revelación reciente de que se sospecha que la organización delictiva del Clan del Golfo ha estado inyectando dinero ilícito en la “vaca”, con una contribución de $10 millones. Este evento no solo generó dudas sobre el límite de las donaciones permitidas, sino también sobre la aceptación de fondos provenientes de grupos ilegales.
Por eso, el abogado Cancino explicó que en caso de que se identifique que, en efecto, la organización criminal estaría buscando aportar dinero, se debe devolver y, además, a manera de control y vigilancia, se debe hacer un filtro previo a todos los recursos que llegan.
“Que se compruebe que una organización criminal aportó, no hace absolutamente nada irregular esa vaca. Lo que se debe hacer es un filtro, devolver los dineros o, incluso, aplicarles extinción de dominio y aplicarlos para el mismo fin ya una vez extinguidos por el Estado”, precisó el abogado.
Así mismo, Cortés señaló que, en caso de detectarse irregularidades, Bancolombia tiene la facultad de “rechazar o reintegrar las donaciones que no cumplan con las normas mencionadas en la pregunta anterior. Estos recursos pueden ser rechazados incluso en caso de simple duda sobre el cumplimiento de las normas aplicables”.
De hecho, el gobernador Andrés Julián Rendón se pronunció en X al respecto, indicando que hay un proceso de verificación por parte de la entidad bancaria que recibe las donaciones y que, incluso, ya hay varias transferencias que no han sido aceptadas por presuntas irregularidades identificadas.
“Creemos, confiamos y reconocemos la buena fe de los Antioqueños. Este es un esfuerzo sin precedentes. Para donar, es preciso identificarse. El banco siempre verifica las transacciones iguales o superiores a los 10 millones de pesos. Ya se han rechazado varias. Cualquier anomalía se reportará a la Fiscalía. Algunos intentan sabotear y empañar esta masiva respuesta de solidaridad”, aseveró el mandatario local.