El martes 26 de marzo se adelantó una rueda de prensa en Ginebra, Suiza, donde la experta internacional de Derechos Humanos, Antonia Urrejola presentó sus hallazgos en un Informe al Consejo de Derechos Humanos, sobre los obstáculos a la implementación del Acuerdo de Paz.
Uno de los temas centrales será la demanda de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) en marzo de 2023 en el caso de Jesús Santrich. Sobre este tema, se sabe que en el escrito se señala que la Fiscalía General habría obstaculizado el procedimiento con el exnegociador de las Farc-ep.
Algunos de los hallazgos
En el informe se destaca que hubo uso abusivo de la acción pena para debilitar la confianza de la ciudadanía colombiana en el acuerdo y en el sistema de justicia transicional. “Se reforzó el estigma sobre las personas firmantes de paz, se aceleró su división interna, y habría afectado la reincorporación tal y como estaba prevista en el acuerdo. A su vez, creó un manto de duda en la idoneidad e imparcialidad de las y los integrantes de la JEP”.
Según la experta es necesario que la Fiscalía priorice a investigación de la denuncia interpuesta por la JEP, y es necesario definir las posibles responsabilidades en un plazo no muy largo, esto mediante la confrontación de un grupo de expertos que sean independientes para darle asistencia técnica a la investigación.
“La Fiscalía deberá informar públicamente sobre los avances y resultados de esta investigación en el plazo de un año”, comentó Antonia Urrejola.
Este documento reconoce los avances en la ejecución, pero también recalcó algunos de los impedimentos, especialmente en hechos ocurridos entre 2018 y 2022.
“Mi informe urge al Estado colombiano a redoblar esfuerzos para la implementación integral del Acuerdo de paz como una política de estado a nivel nacional y local, y que todos los procesos de diálogo y negociación con grupos armados no estatales integren un enfoque de derechos humanos y garanticen la centralidad de las víctimas”, comentó la experta.
Según Urrejola la Fiscalía obstaculizó a la JEP porque el excomandante duró un año privado de la libertad sin que se aportaran pruebas suficientes para comprobar su culpabilidad en el delito. Además, comentó que para la fecha, la detención de Santrich se dio tras acciones de investigación e inteligencia del Ejército y de la Fiscalía y de la DEA.
Usando un agente encubierto y una entrega vigilada de cocaína, lo cual dio como resultado que el exintegrante de las Farc estaba involucrado en tráfico de estupefacientes.
“(...) La falta de colaboración de la Fiscalía con la JEP, la demora en responder y los demás hechos expuestos indican que existió una obstaculización del procedimiento de la JEP sobre la garantía de no extradición”.
Finalmente, la experta destacó que responsabilidades directas del exfiscal Néstor Humberto Martínez, en el documento como tal no se le asignan, sino, que se solicita al organismo ponerse al frente de la investigación en el menor tiempo posible.
Solicitud de la JEP en el caso Santrich
La JEP interpuso el 6 de marzo una denuncia penal para que se investiguen las conductas de antiguos servidores de la Fiscalía en el proceso mediante el cual la JEP le otorgó la garantía de no extradición a Jesús Santrich en mayo de 2019.
Aunque existían órdenes judiciales de la Sección de Revisión de la JEP y de la Corte, la Fiscalía de entonces no le entregó a la Jurisdicción toda la información, para tomar la decisión en el caso. Esto último afectó la credibilidad en la JEP y en el Acuerdo Final de Paz, suscrito entre el Estado y las Farc-EP.
La denuncia penal se relacionó con las acciones y omisiones de servidores de la Fiscalía, y que la JEP no se está pronunciando sobre la responsabilidad de Santrich, quien fue excluido de la Jurisdicción en septiembre de 2019 por su decisión de convertirse en un desertor armado manifiesto del proceso de paz.
Para la JEP los hechos descritos se adecúan a los delitos de Fraude a resolución judicial o administrativa de policía (art. 454 del Código Penal) y ocultamiento, alteración o destrucción de elemento material probatorio (art. 454b del Código Penal).
“Con la presente denuncia invocamos tales principios éticos en cuanto a que la JEP fue víctima de hechos que pudieron constituir delitos que tuvieron como propósito impedir el ejercicio de sus competencias constitucionales y legales de administración de justicia y con ello causar un grave perjuicio al Estado de Derecho”.
Esta es la denuncia completa: