Consejo de Estado negó demandas de nulidad electoral contra el representante a la Cámara Jhon Fredy Ramos Núñez

Según los demandantes, el congresista habría incurrido en una falta toda vez que fue miembro de un partido tradicional, que perdió su personería jurídica dentro de los cinco años anteriores a su inscripción

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El congresista Jhon Fredy Núñez,
El congresista Jhon Fredy Núñez, de las curules de paz, a juicio disciplinario por presuntos excesos - crédito Facebook

El Consejo de Estado negó varias demandas presentadas contra la elección de Jhon Fredy Ramos Núñez, como representante a la Cámara por la Circunscripción Especial de Paz número 5 (Citrep 5), periodo 2022-2026.

Así lo determinó la Sección Quinta del alto tribunal al refutar las pretensiones de los demandantes y concluir que no incurrió en la inhabilidad del parágrafo 2º del artículo 5º del Acto Legislativo 02 del 2021.

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La sala de lo electoral concluyó que, en los términos del parágrafo 2º del artículo 5º del Acto Legislativo 02 del 2021, “no pueden postularse para ser representantes a la Cámara por la Circunscripción Especial de Paz aquellas personas que, dentro de los cinco años anteriores a su inscripción, fueron candidatos por un partido político que perdió su personería jurídica”.

Así las cosas, de las pruebas aportadas al expediente de investigación, se determinó que el demandado no fue candidato del partido político Opción Ciudadana, el cual perdió su personería jurídica en 2018, durante los cinco años anteriores a la inscripción de su candidatura a la Cámara de Representantes por la Citrep 5 y, en este orden, no está incurso en la causal de inhabilidad a la que se alude en las demandas.

Cámara de Representantes había suspendido la curul de paz de Ramos Nuñez

Aunque se decretó que la
Aunque se decretó que la suspensión era temporal, al congresista le exigieron regresar todos los implementos otorgados para el ejercicio de su cargo - crédito @Jhon-Fredy-Nuñez-Ramos/Facebook

En diciembre de 2023, la Cámara de Representantes decidió apartar de su cargo legislativo a Jhon Fredy Ramos Nuñez, mientras se soluciona su situación jurídica respecto de las demandas de nulidad en contra de su elección.

“Suspender provisionalmente el ejercicio de la función de congresista al representante a la Cámara, doctor John Fredy Núñez Ramos, orden que se extenderá hasta el momento en que lo determine la autoridad judicial competente”, se lee en una decisión con fecha del 15 de diciembre.

Con la decisión del legislativo, los 16 municipios de Caquetá y Algeciras, en el Huila, víctimas del conflicto armado, se quedaron sin representación en el Congreso de la República, pues la ley no permite que se sustituya un congresista en dichas circunstancias.

El otro proceso disciplinario por presunta agresión a uno de sus escoltas

John Fredy Núñez, curul de
John Fredy Núñez, curul de paz suspendida temporalmente por el Consejo de Estado - crédito Facebook.

A mediados de noviembre de 2023, la Procuraduría General de la Nación profirió pliego de cargos contra el representante a la Cámara, John Fredy Núñez Ramos, por el presunto maltrato infringido a uno de los miembros de su esquema de seguridad y conducir el vehículo asignado para su protección en aparente estado de embriaguez.

Núñez estuvo en el ojo del huracán después de que la propia Unidad Nacional de Protección (UNP) denunciara los hechos, lo cual llevó a que se iniciara una investigación y se recogieran testimonios de la presunta agresión verbal y física por parte del representante.

En medio del proceso disciplinario, la Sala Disciplinaria de Instrucción de la Procuraduría indicó que las declaraciones de la víctima permitieron inferir que el congresista posiblemente agredió e insultó al funcionario durante su turno de servicio, y que se encontraba en alto grado de alicoramiento.

La Entidad señaló que el
La Entidad señaló que el congresista, en estado de alicoramiento, habría vulnerado la honra de uno de sus escoltas - crédito Procuraduría General de la Nación

De igual manera, el ente de control adujo que el 23 de diciembre de 2022, fecha en la que ocurrieron los hechos en una vía pública de Florencia, Caquetá, el representante por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz número 5 habría trasgredido la honra de su escolta, uno de los fines previstos en la Constitución Política.

El Ministerio Público reprochó la presunta vulneración del principio de moralidad, con lo que se materializaría una falta disciplinaria, calificada como grave cometida a título de dolo. En su momento, al representante se le informó que contra esta decisión de la Procuraduría no procedía recurso alguno.

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