Así puede solicitar el duplicado de la libreta militar: tenga en cuenta los documentos para el trámite

Hay exigencias diferentes para quienes cuentan con tarjeta militar de primera y segunda clase

En Colombia, los hombres mayores de 18 años deben contar su libreta militar, también conocida como tarjeta militar, para evidenciar su situación militar actual - crédito Ministerio de Defensa

Para poder dar cuenta de su situación militar en el país, los hombres mayores de 18 años deben contar su libreta militar, también conocida como tarjeta militar, la cual suele ser solicitada en cualquier momento por uniformados desplegados en las calles de las diferentes ciudades y municipios del país. Sin embargo, en caso de no tenerla, ya sea por pérdida o robo, existe una solución.

Se puede solicitar un duplicado de la tarjeta militar según el tipo de documento que le haya sido asignado por las autoridades. En Colombia, existen dos libretas militares diferentes: la de primera clase y la de segunda clase. Para cada hay requisitos específicos que se deben cumplir.

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Tarjeta de reservista de primera clase

Toda persona que haya prestado el servicio militar obligatorio por nueve meses o más tiempo, recibe una tarjeta militar como reservista de primera clase - crédito Colprensa

Toda persona que haya prestado el servicio militar obligatorio por nueve meses o más tiempo, recibe una tarjeta militar como reservista de primera clase. De acuerdo con el Ejército Nacional, en caso de que necesite tener un duplicado de este documento, deberá presentar los siguientes documentos a la hora de adelantar el trámite:

  • Copia de la cédula de ciudadanía por ambos lados (anverso y reverso).
  • Foto de tamaño 3X4, con fondo azul, escaneada en CD en formato JPG. El solicitante debe tener corbata en la fotografía.
  • Constancia de denuncia o denuncia en caso de hurto de la tarjeta militar.
  • Cancelación del recibo correspondiente al costo de elaboración de la libreta, que es del 25% del salario mínimo legal mensual vigente (smlmv).
  • Certificado de tiempo de servicio militar prestado. En caso de ser reservista del Ejército Nacional, se puede hacer la solicitud del documento a través del siguiente enlace: www.pqr.mil.co. Por su parte, si el ciudadano prestó servicio en la Armada Nacional o en la Fuerza Aérea, deberá pedir el certificado a dicha fuerza.

Tarjeta de reservista de segunda clase

Aquellos que quedaron exentos de prestar el servicio militar obligatorio o que no fueron categorizados como aptos para ello, deben tener consigo la tarjeta militar de segunda clase - crédito Chepa Beltrán/Europa Press

Aquellos que por alguna razón quedaron exentos de prestar el servicio militar obligatorio o que no fueron categorizados como aptos para ello, deben tener consigo la tarjeta militar de segunda clase. En caso de requerir un duplicado, deben presentar los mismos documentos que quienes cuentan con la tarjeta de primera clase, exceptuando algunos. Estos son los que tienen que llevar:

  • Copia de la cédula de ciudadanía por ambos lados.
  • Foto de tamaño 3X4, con fondo azul, escaneada en CD en formato JPG. El solicitante también debe tener corbata en la fotografía.
  • Cancelación del recibo correspondiente al costo de elaboración de la libreta, que también es del 25% del smlmv.

Exactamente, estos mismos documentos se solicitan para aquellas personas que cuentan con una tarjeta provisional, que es entregada únicamente a los ciudadanos que al terminar su bachillerato sean menores de edad y estará vigente hasta que cumplan los 18 años.

También se otorga a quienes se hayan graduado de bachilleres y, teniendo 18 años o más, estén cursando estudios profesionales. La vigencia, en este caso, es de dos años, por lo que después será necesario continuar con el trámite para solucionar la situación militar.

La solicitud de duplicado de la tarjeta militar se puede hacer de manera verbal o escrita ante cualquier distrito militar del país - crédito Portal Único del Estado Colombiano

Así las cosas, se puede presentar la solicitud del duplicado de manera verbal o escrita ante cualquier distrito militar del país, donde tiene que llevar consigo los documentos enlistados.

Cabe resaltar que de acuerdo con el Decreto 19 de 2012, no se exigen certificaciones de denuncia por robo de documentos para poder tramitar el duplicado. Sin embargo, esta normativa no aplica para los miembros de la fuerza pública.

“Ninguna autoridad administrativa podrá exigir la presentación de denuncia por pérdida de documentos con el fin de tramitar la expedición del duplicado o remplazo correspondiente, para lo cual bastará la afirmación del peticionario sobre tal circunstancia, la cual se entenderá efectuada bajo la gravedad del juramento. Lo previsto en el presente artículo no aplicará a los documentos de identificación de los miembros de la fuerza pública y de los cuerpos de seguridad del Estado”, se lee en el decreto en cuestión.