ReteICA 2024: fecha límite para pagar y declarar en el primer bimestre en Bogotá

Los contribuyentes pueden realizar el pago en la oficina virtual de la Secretaría de Hacienda, por pago PSE o transferencia bancaria. También puede realizar el proceso presencialmente

Guardar

Nuevo

Año a año los contribuyentes en Bogotá deben ponerse al día con el pago del impuesto de Industria y Comercio  (ICA) - crédito Luisa González / Colprensa
Año a año los contribuyentes en Bogotá deben ponerse al día con el pago del impuesto de Industria y Comercio (ICA) - crédito Luisa González / Colprensa

Año a año los contribuyentes en Bogotá deben ponerse al día con el pago del impuesto de Industria y Comercio (ICA). En el 2024 podrán declarar y pagar su obligación a más tardar el viernes 15 de marzo del primer bimestre del año, luego de esa fecha, tendrán que asumir sanciones por extemporaneidad e intereses moratorios.

Para cumplir con la obligación los contribuyentes deben ingresar a la Oficina Virtual de la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH), allí podrán realizar el pago a través del botón PSE o transferencia bancaría, o si lo prefieren de forma presencial, podrán descargar su declaración para realizar el pago por ventanilla en las entidades bancarias autorizadas para el recaudo.

Ahora puede seguirnos en nuestro WhatsApp Channel y en Facebook.

Recuerde que la Secretaría lanzó una herramienta para que los contribuyentes cumplan con su obligación tributaria de forma ágil y conveniente para evitar sanciones y correctivos por demoras en el pago del impuesto predial en el 2024.

Lo primero que debe hacer es ingresar al sitio web oficial de la entidadwww.haciendabogota.gov.co, luego buscar el botón “Descarga y Paga”, donde los ciudadanos pueden acceder a su recibo del impuesto predial y realizar el pago en línea.

¿Quiénes deben pagar el Impuesto de Industria y Comercio?

Calendario Tributario Distrital: impuesto ICA 2024 - crédito Secretaría de Hacienda
Calendario Tributario Distrital: impuesto ICA 2024 - crédito Secretaría de Hacienda

Este impuesto le corresponde a todo establecimiento de comercio, industria o prestadores de servicios, sean personas naturales o jurídicas, así no cuenten con local u oficina física.

De acuerdo al artículo 32 de la ley 14 de 1983: “El Impuesto de Industria y Comercio recaerá, en cuanto a materia imponible, sobre todas las actividades comerciales, industriales y de servicio que ejerzan o realicen en las respectivas jurisdicciones municipales, directa o indirectamente, por personas naturales, jurídicas o por sociedades de hecho, ya sea que se cumplan en forma permanente u ocasional, en inmuebles determinados, con establecimientos de comercio o sin ellos”. El ICA cuenta con dos regímenes, el común y el simplificado.

  • Régimen Común: Aplica para personas naturales y jurídicas que realicen actividades industriales, comerciales o de servicios de forma permanente u ocasional. Las personas de este régimen deben declarar y pagar el impuesto ICA cada dos meses.
  • Régimen Simplificado: Aplica para las personas que cumplan con características como:

Otras responsabilidades con Bogotá

El impuesto predial aplica a la propiedad inmueble y surge debido a la presencia del bien raíz - crédito Cortesía / Infobae.
El impuesto predial aplica a la propiedad inmueble y surge debido a la presencia del bien raíz - crédito Cortesía / Infobae.

El Distrito informó a los bogotanos que hay una fecha límite para todos los contribuyentes que deseen obtener el 10% de descuento en el pago del impuesto predial, vigencia 2024. El impuesto aplica a la propiedad inmueble y surge debido a la presencia del bien raíz. La base para su cálculo se establece a partir del avalúo catastral.

Si desea pagar el impuesto predial con un jugoso descuento, deberá hacerlo antes del 26 de abril. En caso de que desee hacer el pago sin descuento y evitando sanciones por mora, deberá hacerlo antes del 14 de junio.

Además de las fechas, se debe tener en cuenta las del Sistema de Pago Alternativo por Cuotas Voluntario:

  • Declaración inicial: 10 de mayo.
  • Pago Cuota 1: 7 de junio.
  • Pago Cuota 2: 9 de agosto.
  • Pago Cuota 3: 4 de octubre.
  • Pago Cuota 4: 6 de diciembre.

Propietarios de vehículos en el país se preparan para efectuar el pago del impuesto vehicular para el 2024 y desde la administración de Carlos Fernando Galán se hizo un anuncio que beneficiará a un gran número de capitalinos, según la Alcaldía Mayor quienes paguen a tiempo podrán beneficiarse con algunos descuentos.

Propietarios de vehículos en el país se preparan para efectuar el pago del impuesto vehicular para el 2024 - crédito Jesus Áviles / Infobae
Propietarios de vehículos en el país se preparan para efectuar el pago del impuesto vehicular para el 2024 - crédito Jesus Áviles / Infobae

Tenga en cuenta que los conductores que dejen el trámite para última hora podrán recibir sanciones y cobro de intereses por mora:

“La sanción por extemporaneidad será del 1,5% por mes o fracción de mes de retardo sobre el valor del impuesto a cargo, sin exceder del 100% del impuesto (...) ninguna sanción puede ser inferior a la sanción mínima aplicable, que, para el año 2024, es de 7 UVT ($329.000) para todos los vehículos automotores”, dice el portal web de la Secretaría de Hacienda.

En el caso de los conductores que se movilizan Bogotá, el impuesto se debe cancelar máximo hasta el viernes 28 de junio de 2024, si paga antes del 24 de mayo, podrá acceder a un descuento del 10%. Para descargar la factura y pagarla, puede acceder a la página de la Secretaría de Hacienda.

  • Descuento del 40%: para automóviles que son híbridos eléctricos nuevos, que se matriculen en Bogotá, aunque, desde el Distrito, se aclaró que esto no aplica para los que son híbridos con gas.
  • Descuento del 60%: este beneficiará a los conductores de carros eléctricos nuevos y particulares que se matriculen en la capital del país en los primeros cinco años de su vehículo.
  • Descuento del 70%: los taxis eléctricos nuevos, que estén matriculados o lo vayan a hacer en Bogotá, este beneficio aplica después de cinco años de registrada la placa, según el impreso.

Los contribuyentes interesados en hacer efectivo este pago al impuesto también cuentan con los bancos autorizados por la cartera de Hacienda con el número de referencia de la factura. Para pagos presenciales, se debe imprimir la factura a láser y cancelarla en bancos o corresponsales bancarios autorizados.

Guardar

Nuevo