Corte Constitucional ordenó interrumpir elección de nuevo contralor: estos son los motivos

El alto tribunal tomó esta medida provisional para resolver el recurso jurídico que radicó el anterior titular del órgano de control fiscal, Carlos Hernán Rodríguez, luego de ser destituido por el Consejo de Estado

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Carlos Hernán Rodríguez, contralor destituido por el Consejo de Estado, que busca a través de una tutela regresar al cargo - crédito Camila Díaz/Colprensa
Carlos Hernán Rodríguez, contralor destituido por el Consejo de Estado, que busca a través de una tutela regresar al cargo - crédito Camila Díaz/Colprensa

Por intermedio de un auto y como medida provisional, la Corte Constitucional ordenó el miércoles seis de marzo de 2024 al Congreso de la República la suspensión inmediata del proceso de elección del nuevo contralor General de la República, que pretendía elegir al reemplazante de Carlos Hernán Rodríguez: destituido en mayo de 2023 de su cargo, tras un fallo de la Sección Quinta del Consejo de Estado, que al parecer encontró irregularidades en su escogencia.

Esta medida provisional, según explicó el alto tribunal, se mantendrá hasta tanto la Secretaría General de la corte notifique la sentencia que la Sala Plena dicte en el expediente T-9.624.226, relacionado con la acción de tutela radicada por Rodríguez, que busca regresar a su cargo. Hoy, como encargado de las funciones de contralor General está Carlos Mario Zuluaga, vicecontralor General, que asumió el 16 de junio de 2023.

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Del mismo modo, la Corte indicó que a través de la Secretaría comunicará “de forma inmediata y prioritaria la presente providencia” al accionante, al Consejo de Estado, al Congreso y a los demás terceros vinculados al proceso, su determinación. Este era un pronunciamiento que esperaban algunos de los parlamentarios, frente a las peticiones por parte de otros congresistas de avanzar en el cronograma para la elección del nuevo titular del órgano de control fiscal.

El cargo de contralor General de la República está en interinato desde el 16 de junio de 2023 - crédito Luis Jaime Acosta/REUTERS
El cargo de contralor General de la República está en interinato desde el 16 de junio de 2023 - crédito Luis Jaime Acosta/REUTERS

El alto tribunal, el 13 de febrero de 2024 y con una comunicación al Congreso, había expresado la necesidad de llevar a cabo una recolección de pruebas para resolver el recurso presentado por Rodríguez. Por lo que en ese momento suspendió, por dos meses, los términos de la acción de tutela.

Suspender los términos para decidir en el presente proceso por un término de dos meses contados a partir del momento en el que se alleguen las pruebas decretadas en la presente providencia”, se leyó en la comunicación enviada por la Corte. Así se cumplió con el auto del 31 de enero, proferido por la Sala Plena, con ponencia de la magistrada Cristina Pardo, en el que se pedía al legislativo que respondiera los requerimientos en lo concerniente al caso del contralor destituido.

Los motivos por los que se adoptaron medidas cautelares

La medida se tomó, de acuerdo con el tribunal, debido a que el Legislativo empezó a tramitar el proceso de escogencia de la universidad que se encargará de hacer el concurso público para definir el nuevo contralor, con base en unas pruebas de conocimiento. Y busca “evitar que se adquieran compromisos contractuales por parte del Congreso” y, sobre todo, choques institucionales que podrían derivar en un periodo prolongado de interinidad en el cargo de contralor.

Es válido precisar que la tutela por parte de Rodríguez fue interpuesta el 9 de junio de 2023, luego de que el 25 de mayo del mismo año el Consejo de Estado anulara su elección. Con un auto de 82 páginas, la Sección Quinta declaró la nulidad debido a que se registraron irregularidades en las decisiones de la mesa directiva del Congreso, en relación con los criterios durante la convocatoria inicial del proceso, por lo que este fue considerado viciado por parte del tribunal.

Para el Consejo de Estado, es claro que con la decantación por Carlos Hernán Rodríguez se registraron afectaciones a la objetividad y legalidad del procedimiento, puesto que “variaron de manera grave los parámetros de evaluación de los participantes”. Lo anterior, debido a que se conocían los resultados de las pruebas de conocimientos y, en ese orden de ideas, la evaluación de las hojas de vida, actividad adelantada por la Universidad Industrial de Santander.

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