Gobierno nacional con nuevo decreto busca detener y controlar los “sindicatos de papel”

Mientras tanto, el Sindicato Nacional de Trabajadores Sociales aseguró que con el decreto se estaría favoreciendo a las organizaciones cercanas al Gobierno

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Decenas de personas entre las que sobresalen banderas de la Central Unitaria de Trabajadores de Colombia (CUT) | EFE/ Carlos Ortega
Decenas de personas entre las que sobresalen banderas de la Central Unitaria de Trabajadores de Colombia (CUT) | EFE/ Carlos Ortega

A pesar de que en Colombia estas asociaciones permiten mejorar el bienestar de los trabajadores, existen algunas que incurren en irregularidades y en procedimientos que van en contravía de los mismos. Es por ello que el Gobierno nacional expidió recientemente un decreto para regular estas asociaciones, de acuerdo con información conocida por el medio colombiano Revista Semana.

El Decreto 0243 de 2024 es la medida que buscaría regular el derecho de negociación colectiva del sector estatal. Este aplicará a los empleados públicos de todos los órganos, organismos y entidades del Estado.

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La excepción sería para los empleados públicos que desempeñen empleos en los niveles de directivos o asesores, además de trabajadores oficiales, empleados públicos de elección popular y personal uniformados.

Es preciso recordar que en Colombia existen cerca de 2.357 sindicatos públicos y casi 6.000 de empresas privadas, según cifras oficiales.

Al respecto, el viceministro del Trabajo, Edwin Palma Egea, aseguró que con la iniciativa buscan organizar la negociación colectiva en el sector público, de la misma forma que lo quieren hacer en el sector privado por medio de la reforma laboral.

“Sindicatos fuertes, organizados, respetando el criterio de representatividad. Negociación multinivel y concentrada en una mesa, una comisión y un acuerdo”, comentó el funcionario, citado por ese medio de comunicación.

Esta iniciativa evitaría que en Colombia se creen los llamados ‘sindicatos de papel’, que en algunos casos son utilizados por establecimientos como bares o lugares nocturnos para poder operar.

Entre los requisitos para la comparecencia sindical se establece que la organización sindical de empleados públicos deberá estar inscrita y vigente en el registro sindical del Ministerio del Trabajo, hecho que deberá certificar esta autoridad administrativa, una vez reciba el pliego de solicitudes.

El documento precisa que el acuerdo colectivo tendrá una vigencia mínima de dos años y que las partes podrán acordar vigencias superiores y dejar para la negociación de cada dos años solo los aspectos económicos.

Respecto a la aplicación transitoria, la legislación menciona que en caso de existir negociaciones colectivas en curso, respecto de pliegos presentados y mesas instaladas ante la vigencia de la norma, su desarrollo y culminación se regirá con la norma vigente al momento de la presentación del pliego.

Pese a ello, el mencionado decreto también ha recibido críticas de varias asociaciones sindicales, que ven con preocupación el bienestar de sus trabajadores. A través de su cuenta de X, el Sindicato Nacional de Trabajadores Sociales aseguró que con el decreto se estaría favoreciendo a las organizaciones cercanas al Gobierno y se estarían sepultando nuevos liderazgos.

“Nos quieren sacar de Negociaciones Colectivas a quienes buscamos renovar el sindicalismo, y ese es el temor de ellos”, comentó el sindicato mencionado.

Por su parte, el Sindicato de Empleados y Trabajadores Distritales (Sintradistritales) aseguró en su cuenta de X que “el decreto de negociación colectiva nada tiene que ver con evitar la proliferación de falsos sindicatos. De hecho, esos falsos sindicatos ni siquiera presentan pliegos de peticiones. Afectar la democracia sindical no ayudará a combatir la dispersión”.

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