Recargo nocturno: así se debe calcular y esto es lo que le deben pagar en su trabajo

La reforma laboral del Gobierno Petro trae modificaciones a la jornada laboral que afectaría el salario de los trabajadores

La reforma laboral del Gobierno Petro modificará los horarios de las jornadas laboral en Colombia - crédito John Vizcaino/Reuters

En Colombia, los trabajadores que hacen sus labores durante la noche tienen derecho a un recargo nocturno, una suma adicional a su salario regular por trabajar entre las 9:00 p. m. y las 6:00 a. m. Este suplemento no se considera una compensación por horas extras, sino una tarifa especial por desempeñar tareas en un horario nocturno, según el artículo 168 del Código Sustantivo del Trabajo.

El cálculo del recargo nocturno se basa en un incremento del 35% sobre el valor de la hora ordinaria de trabajo. Por ejemplo, si un empleado gana $10.000 por hora durante el día, el recargo nocturno ascendería a $3.500 por cada hora trabajada en el horario establecido.

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No obstante, esta tarifa aumenta en días dominicales y festivos, donde aplican condiciones distintas, con recargos que pueden llegar al 75% y 110%, respectivamente, para labores desarrolladas en estos días, pero en horario nocturno.

Aplicación de los recargos

Así las cosas, los tipos de recargos nocturnos y dominicales en Colombia aplica de la siguiente manera:

  • Recargo nocturno (tarifa recibida por trabajar entre las de 9:00 p. m. a 6:00 a. m.): El recargo es de 35% sobre la hora de salario. Entonces, si gana $10.000 por hora normal, el recargo debe ser de $3.500.
  • Recargo diurno, dominical y festivo (tarifa recibida por trabajar los domingos o festivos); el recargo es de 75% sobre la hora de salario. Entonces, si gana $10.000 por hora normal, el recargo debe ser de $7.500.
  • Recargo nocturno dominical y festivo (tarifa recibida por trabajar jornadas los domingos o festivos entre las 9:00 p. m. y las 6:00 a. m): el recargo es de 110% sobre la hora de salario. Entonces, si gana $10.000 por hora normal, el recargo debe ser de $11.000.
Los trabajadores en Colombia reciben tarifas especiales por trabajar en horario nocturno, así como en festivos y dominicales - crédito Fernando Vergara/AP

Es importante distinguir entre el recargo nocturno y las horas extras, siendo el primero aplicable dentro de la jornada laboral ordinaria acordada en el contrato de trabajo, y el segundo, referente a labores ejecutadas fuera del horario regular de trabajo, cuya compensación se calcula de manera diferente. Esta normativa busca asegurar un pago justo a aquellos empleados que cumplen con sus obligaciones laborales en turnos nocturnos, así como en días considerados de descanso obligatorio por el calendario laboral.

Además del recargo nocturno, existen tarifas específicas para jornadas trabajadas en domingos y días festivos, tanto en horarios diurnos como nocturnos, reflejando el esfuerzo adicional de los trabajadores durante estos períodos.

La ley laboral colombiana establece claramente estos suplementos con el fin de garantizar condiciones equitativas de trabajo y remuneración para todos los empleados, reconociendo la importancia de compensar adecuadamente el trabajo realizado en condiciones y horarios menos habituales.

Reforma laboral trae cambios para las jornadas de trabajo

Además de esto, en Colombia se debate el proyecto de reforma laboral del Gobierno de Gustavo Petro. Esta empezó su trámite legislativo en forma el 14 de diciembre, aunque durante la sesión en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes solo se aprobaron 16 de los 98 artículos y se suspendió el debate hasta febrero de 2024, en estos hay dos que generan expectativas en los trabajadores colombianos.

La reforma laboral del Gobierno Petro se presentó el 16 de marzo de 2023 en el Congreso de la República - crédito Luisa González/Reuters

Los artículos en cuestión definen que la jornada nocturna en Colombia empezará desde las 7:00 p. m., dos horas antes de lo que está estipulado hoy en la ley; el otro determina que el trabajo en día de descanso obligatorio y los festivos se remunerarán con un recargo del 100%, y no del 75% como es actualmente. Este incremento será gradual.

La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, además de celebrar que la reforma avance en el Congreso de la República, explicó la importancia de estos dos artículos:

“Hay dos artículos que son para nosotros fundamentales, porque son la recuperación de derechos de los trabajadores y trabajadoras, que la Ley 789 había recortado, como es el caso de la jornada diurna y jornada nocturna que debe tener un recargo del 35% y el de pagos de dominicales y festivos que está hoy en el 75% y se vuelve a lo que se tenía que era, el ciento por ciento de manera progresiva”, explicó la funcionaria.