Empresa Metro modificó fechas de licitación para la segunda línea: ganadores se conocerán en diciembre de 2024

De acuerdo con la información que compartió la empresa, la decisión se tomó para que los oferentes puedan estudiar las modificaciones

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Con el nuevo plazo, se
Con el nuevo plazo, se tendrá un retraso de cuatro meses en las obras de construcción de la segunda línea del metro - crédito Alcaldía de Bogotá

En la tarde del lunes 4 de marzo de 2024, se conoció que la empresa Metro de Bogotá modificó las fechas del proceso de adjudicación del contrato para la construcción de la segunda línea del sistema de transporte masivo para la capital de la República.

Esta decisión, que genera un retraso de cuatro meses, está sustentada en que los requerimientos de la licitación se han modificado, por lo que se vieron en la necesidad de otorgar un plazo para que los oferentes tengan tiempo de revisar en profundidad el proyecto.

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En un principio, la licitación estaba programada para culminar en agosto de 2024, pero con el nuevo plazo, se dará a conocer el nombre del oferente que se quedará con el negocio en diciembre del mismo año.

En la Adenda número 2 al documento de licitación del proceso de selección para la Línea 2 del Metro de Bogotá quedó especificado que en el momento en el que los oferentes entreguen sus propuestas de manera personal o a través de un representante, “se entenderá que el oferente acepta todas y cada una de las cláusulas incluidas en la minuta del contrato”.

Así se presume que se
Así se presume que se verá la estación de la Línea dos del Metro de Bogotá, según renderización - crédito Metro de Bogotá

El nuevo cronograma de la licitación para la segunda línea del metro de Bogotá quedó de la siguiente manera:

  • 19 abril: publicación de las respuestas de la primera fecha de solicitudes de aclaración a los Documentos de la LPI.
  • 15 mayo: segunda fecha máxima de recepción de solicitudes de aclaración a los Documentos de la LPI.
  • 14 junio: publicación de las respuestas de la segunda fecha de solicitudes de aclaraciones a los Documentos de la LPI.
  • 22 julio: fecha máxima para solicitar autorización para modificar la composición de la Apca.
  • 21 de agosto hasta las 10:00 a. m.: recepción de ofertas de la LPI.
  • 4 de octubre: publicación del informe de Evaluación de los requisitos de la Oferta Técnica.
  • 11 de octubre; fecha máxima de presentación de observaciones al Informe de Evaluación de la Oferta Técnica.
  • 22 de octubre: publicación informe de Evaluación Definitivo de la Oferta Técnica.
  • 23 de octubre: apertura de la Oferta Económica.
  • 29 de octubre: Publicación del Informe de Evaluación de la Oferta Económica y Determinación de la Oferta Más Ventajosa.
  • Hasta 14 de noviembre: plazo suspensivo.
  • 6 de diciembre: publicación de la notificación de adjudicación.
El ganador de la licitación
El ganador de la licitación se conocerá el seis de diciembre de 2024 - crédito Redes sociales/X

Problemas de intereses entre las constructoras chinas

El 30 de enero de 2024, el concejal Daniel Briceño hizo pública una carta enviada por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) a la Empresa Metro de Bogotá (EMB) por el posible conflicto de intereses de dos oferentes chinas que planean hacer parte del proyecto en la capital de la República.

“La protesta plantea un presunto conflicto de interés entre el Solicitante 1 y el Solicitante 2, alegando que China Communications Construction Company Ltd. (’CCCC’) es: (1) accionista y beneficiario real de Mota-Engil SGPS S.A., la sociedad controlante del Líder del Solicitante 1, Mota-Engil Colombia SAS; y (2) controla China Harbour Engineering Company Limited (’CHEC’), líder del Solicitante 2″.

El problema, según explicó el BID en la misiva, es que, aunque la Empresa Metro no compartió información que permita verificar que las constructoras no tienen un conflicto de intereses, una situación que puede influir en la oferta de otros oferentes.

“Luego de analizada la información remitida por parte de la EMB, el Banco y la Banca Multilateral consideran que la EMB no ha brindado información y documentación adicional suficiente que posibilite concluir que la existencia actual de la relación indirecta entre las empresas Mota-Engil SGPS S.A. y Mota-Engil Colombia SAS del solicitante 1 y CCCC del solicitante 2, no permite influir en la oferta de otros solicitantes, originándose de esa manera un conflicto de interés aparente”.

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