El sistema masivo de transporte público de Bogotá, TransMilenio, cuenta con una flota de más 13.000 vehículos para cubrir la alta demanda de viajeros que residen, visitan y trabajan en la capital, por lo que es común verlo siempre lleno en horas específicas.
Sin embargo, la cantidad de usuarios que se suben al sistema, ya sea pagando o colándose, no es lo más descabellado que pasa al interior de esta red de servicio público. Y es que gracias a las redes sociales se ha podido observar cómo las personas se aprovechan del servicio que ofrece el componente para realizar trasteos, dormir, bañarse, pelearse por una silla y hasta como grúa.
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Lo que no miden aquellas personas que van en contra de la convivencia y respeto por el uso de ese medio, es que, varias de esas prácticas contrarias a lo reglamentado en el manual del buen usuario, puede llevar a una sanción económica.
Es por eso que, antes de usar algunos de los servicios que cuenta el sistema (zonal, troncal, alimentador y TransMicable) es necesario que los usuarios conozcan cuáles son las prohibiciones que señala el manual del buen usuario de TransMilenio.
En los paraderos, estaciones, cabinas y vehículos del Sistema Integrado de Transporte Público están prohibidas para los usuarios, las siguientes conductas:
- Bajar y transitar por el carril o las vías de paso de los vehículos articulados y vías de paso de las cabinas del cable aéreo.
- Ingresar al sistema, objetos prohibidos o cuyas características excedan las condiciones establecidas. Es decir, paquetes grandes que afecten a los demás usuarios y que obstaculicen el tránsito en estaciones y buses. El tamaño no puede exceder los 60 cm, por ninguno de sus costados.
- Usar indebidamente el medio de pago o falsificarlo, adulterarlo, sustraerlo, hurtarlo o revender las unidades de transporte.
- Usar inadecuadamente el beneficio del número máximo de transbordos diarios y que se fija en la actualidad de acuerdo con lo que defina el ente Gestor.
- Adquirir el medio de pago o unidades de transporte por fuera de los sitios expresamente autorizados por el sistema.
- Ingresar armas, materiales inflamables, tóxicos, explosivos o cualquier otro elemento o material peligroso para la integridad de las personas y bienes que integren el Sistema.
- Fumar y consumir bebidas alcohólicas o sustancias psicoactivas o hacer uso del Sistema bajo esos efectos.
- Correr o marchar presurosamente.
- Ingresar o salir del vehículo o cabina al activarse las señales de cierre de puertas.
- Obstaculizar y entorpecer deliberadamente la salida e ingreso de los demás usuarios en el área de las puertas.
- Impedir el correcto funcionamiento de las puertas o hacer uso inadecuado de las mismas y/o de la demás infraestructura propia del Sistema.
- Sacar o exponer parte del cuerpo o cualquier objeto por fuera de las estaciones, de los vehículos o de las cabinas.
- Usar innecesariamente los dispositivos o mecanismos de emergencia de los vehículos o cabinas.
- Producir ruidos o sonidos que por sus decibeles puedan afectar la tranquilidad de los demás usuarios.
- Utilizar dispositivos audiovisuales sin audífonos o en altavoz, en un volumen que incomode la experiencia de viaje de los demás usuarios.
- Utilizar medios electrónicos que interfieran con el funcionamiento de los equipos y las comunicaciones internas del sistema.
- Escribir, rayar, pintar, hacer grafitis o vandalizar en modo alguno los pisos, los techos, paredes, pisos, puertas, ventanas, cámaras, señalética, vehículos, bienes muebles e instalaciones en general.
- Pegar avisos, carteles, repartir o comercializar publicidad o promocionar actividades comerciales, publicitarias, culturales o cualquier otro tipo de propaganda en el sistema, sin autorización expresa.
- Arrojar basura, escombros o desperdicios en general cualquier elemento, dentro del Sistema o en sus alrededores.
- Dañar, deteriorar o destruir en modo alguno cualquier área o espacio u objeto del sistema y/o de sus vehículos o cabinas.
- Realizar o promover en el sistema actos de prostitución, mendicidad, comercio informal o cualquier otro hecho que atente contra las normas de convivencia y las del presente reglamento.
- Ingresar o circular dentro del sistema, incluidos los carriles exclusivos, en motos, bicitaxis, mototaxis, bicicletas, monociclos, monopatines, patines o similares.
Cabe resaltar que cuando ese evidencia un mal comportamiento por parte de la comunidad usuaria al interior del sistema, incluyendo los carriles exclusivos, y que estos ocasionen daños contra los componentes de la empresa, la autoridad competente podrá imponer sin perjuicio de las demás sanciones penales y/o pecuniarias que considere necesarias.
“Estas podrán ser redimidas mediante sanciones pedagógicas o programas comunitarios, prestando algún tipo de servicio al Sistema”, añadió TransMilenio.