Se vence el plazo para el pago de las cesantías: esto es lo que le deben consignar y así las puede retirar

Las cesantías son una prestación social a la que tienen derecho los colombianos para tener tranquilidad cuando se queden sin trabajo, aunque también pueden ser usadas para vivienda o estudios

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El 14 de febrero vence el plazo para que las empresas paguen a sus empleados las cesantías - crédito Colprensa.
El 14 de febrero vence el plazo para que las empresas paguen a sus empleados las cesantías - crédito Colprensa.

Hoy, 14 de febrero, se vence el plazo para que las empresas realicen el pago de las cesantías a sus trabajadores correspondientes al 2023. Se trata de un derecho laboral de los colombianos que consiste en una prestación social cuyo propósito es brindar tranquilidad cuando se queden desempleados, aunque las mismas pueden ser retiradas de manera parcial o anticipada cuando requieran invertir en vivienda o estudios.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que solo los trabajadores que presten sus servicios bajo un contrato laboral tienen derecho a recibir las cesantías; los trabajadores independientes, por su parte, podrán de manera voluntaria, no como una obligación, constituir un ahorro en un fondo de cesantías.

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María Camila Ortíz, gerente del área Laboral de KPMG Colombia, explicó que “el valor de esta prestación social corresponde a un salario mensual por cada año de trabajo o proporcional si el tiempo de trabajo es inferior”.

En este cálculo se incluye el subsidio de transporte. Por ejemplo, si la persona trabajó durante todo el 2023 con un salario de $2.320.000 pesos y contó con un auxilio legal de transporte de $140.606 pesos, el valor del pago de las cesantías debería ser un total de $2.460.606.

Las cesantías pueden ser usadas con múltiples propósitos - Crédito Colprensa.
Las cesantías pueden ser usadas con múltiples propósitos - Crédito Colprensa.

En el caso en el que la empresa incumpla con el pago de las cesantías, la Ley establece una sanción correspondiente a un día de salario por cada día de retraso en la consignación.

De acuerdo con la Ley 50 de 1990, las cesantías se calculan cada año y deben ser pagadas antes del 31 de diciembre. Además, deben ser entregadas a los trabajadores antes del 15 de febrero del año siguiente. Por lo tanto, los empleados tienen la opción de decidir dónde desean que se les deposite sus cesantías antes del 31 de diciembre.

¿Qué debe hacer si piensa retirar las cesantías este año?

Primero se debe tener en cuenta que el retiro total de las cesantías se podrá hacer cuando el contrato de trabajo haya terminado. Por otro lado, tal y como explica Ortíz, “se prevén situaciones en las que el trabajador puede retirar de manera parcial o total las cesantías de su fondo, aún cuando el contrato de trabajo no haya finalizado. Por ejemplo, para financiar vivienda, para financiar educación o para comprar acciones en empresas del estado”.

En el caso en el que desee retirar las cesantías, debe solicitar una autorización para ello en la empresa en la que trabaja actualmente, exponiendo las razones específicas por las cuales desea hacerlo. Una vez tenga la carta aprobada, tendrá que acercarse a la oficina más cercana de su fondo de cesantías y realizar el trámite correspondiente.

¿Qué hacer si deseo pasar las cesantías de un fondo a otro?

Los colombianos pueden cambiar de fondo de cesantías en el momento en el que deseen - crédito Europa Press.
Los colombianos pueden cambiar de fondo de cesantías en el momento en el que deseen - crédito Europa Press.

Aunque algunos empleados pueden considerar que el proceso de transferir sus cesantías de un lugar a otro es difícil, la verdad es que no lo es. De hecho, como señala el diario La República, es factible tener tantos fondos de cesantías como trabajos que se hayan tenido. Además, la afiliación de un empleado a una Administradora de Cesantías es voluntaria y el empleado puede cambiarla cuando lo desee.

El primer paso para la transferencia es completar los formularios proporcionados por el fondo de cesantías que el empleado desea.

Erik Moncada, vicepresidente de Clientes y Operaciones en Porvenir, explicó al medio citado que no existe un límite de tiempo para las transferencias entre las AFP (Aseguradoras de Fondos Privados) y el Fondo Nacional del Ahorro, FNA. Sin embargo, para cambiar del FNA a una AFP, es necesario tener una permanencia mínima de tres años sin créditos activos.

Además, los empleados tienen el derecho de seleccionar el fondo que prefieran. “Cualquier persona con un contrato de trabajo tiene el derecho de elegir en qué fondo de cesantías desea que su empleador haga los depósitos. Para esto, puede optar por un fondo privado o una entidad pública que administre cesantías”, añadió Moncada.

Pasos para cambiar de un fondo de cesantías a otro:

  • Identificar el fondo al que se desea transferir.
  • Visitar el sitio web de la institución y seguir los procesos, que generalmente coinciden con el proceso de inscripción, y verificar si es posible hacerlo electrónicamente.
  • Presentar toda la documentación necesaria, como una copia de la identificación o información del empleador.
  • La transferencia entre el portafolio de corto plazo y largo plazo sí tiene tiempos de permanencia mínima. Según Mocada explicó a La República, si el afiliado está en un portafolio a corto plazo y desea trasladar sus ahorros a uno de largo plazo, debe tener una permanencia de seis meses. “Por otro lado, si está en el portafolio de largo plazo y desea pasar al de corto, debe tener una permanencia mínima de un año”, dijo.
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