Los contribuyentes en todo el país se preparan para presentar la declaración de renta correspondiente al año fiscal 2023, enfrentándose a la tarea de evaluar su patrimonio y gastos de ese periodo de tiempo para determinar sus obligaciones tributarias con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).
Este proceso implica un escrutinio riguroso de ingresos y desembolsos para establecer el monto exacto de impuestos a pagar, con especial atención en las posibilidades de deducción disponibles bajo el Estatuto Tributario que podrían reducir la carga fiscal.
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La obligación de declarar renta se activa bajo ciertas condiciones establecidas por la Dian, tales como poseer un patrimonio bruto al finalizar 2023 que supere las 4.500 Unidades de Valor Tributario (UVT), equivalentes a $211′792.500.
Además, realizar consumos a través de tarjetas de crédito que excedan las 1.400 UVT o $65′891.000, entre otros criterios relacionados con compras, consumos y consignaciones bancarias acumuladas. La UVT para el año en cuestión se ha fijado en $47.065, sirviendo como referencia para establecer los umbrales que obligan a los ciudadanos a cumplir con este deber tributario.
Las deducciones en la declaración de renta resultan un alivio financiero para los contribuyentes, permitiendo reducir el monto a pagar al presentar gastos específicos como dependientes económicos, intereses sobre préstamos y donaciones, siempre que se ajusten a lo previsto en la legislación tributaria del país.
Esta es una oportunidad para disminuir la carga impositiva y recalca la importancia de una planificación fiscal adecuada y el conocimiento detallado del Estatuto Tributario, garantizando así que los contribuyentes puedan aprovechar al máximo las disposiciones a su favor.
La declaración de renta en Colombia para el 2024 iniciará el 12 de agosto y se extenderá hasta el 24 de octubre, un proceso que obliga a los contribuyentes a cumplir con el calendario establecido según los últimos dígitos de su Número de Identificación Tributaria (NIT).
En este contexto, es crucial que los colombianos conozcan las diferentes formas permitidas por la legislación para deducir en su declaración, que incluyen intereses sobre préstamos con el Icetex, pagos por salud, y contribuciones a fondos de pensiones y seguros de salud, entre otros.
Entre las deducciones permitidas se encuentran los intereses pagados por créditos educativos en el Icetex y por préstamos de vivienda, con límites aplicables. Además, los pagos a salud, incluyendo medicina prepagada y seguros de salud supervisados por entidades regulatorias, son igualmente deducibles.
La ley también contempla deducciones por tener dependientes económicos, realizar donaciones a ciertas entidades y organizaciones, y aportes a fondos de pensiones y cesantías, siempre sujetas a límites específicos establecidos por la ley.
En particular, las deducciones por dependientes económicos cubren una serie de situaciones que incluyen a hijos menores de 18 años o entre 18 y 23 años si están cursando estudios superiores, así como cónyuges, padres y hermanos del contribuyente que cumplan con ciertas condiciones de dependencia.
Las donaciones a entidades dedicadas a la defensa de derechos humanos, la promoción del deporte y la conservación de parques naturales, así como a la Red Nacional de Bibliotecas Públicas y la Biblioteca Nacional, ofrecen beneficios adicionales en términos de deducciones.
Otra deducción de interés es la asociada con la adquisición de bienes y servicios mediante factura electrónica, incentivando el uso de medios electrónicos de pago. Los contribuyentes podrán aprovechar una serie de beneficios fiscales asociados a estas prácticas, siempre y cuando se adhieran a las regulaciones y limitaciones establecidas.
Es fundamental que los ciudadanos estén bien informados sobre las opciones de deducción disponibles para optimizar su declaración de renta y cumplir adecuadamente con sus obligaciones tributarias, respetando los plazos y requisitos estipulados por la legislación colombiana.