De acuerdo con lo que argumentaba la defensa de la actual pareja de Nicolás Petro, la intervención del fiscal Burgos en el proceso es indebida porque él mismo sostuvo una negociación con Day Vásquez, señalada de vulnerar la privacidad de su representada.
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Justamente, la recusación había sido presentada en el proceso de acusación formal en contra de Nicolás Petro y cuando se fijaban los términos para la negociación entre Day Vásquez y la Fiscalía, lo que incluyó su proceso por presunta violación de los datos personales de Laura Ojeda.
Para la delegada para la seguridad territorial de la Fiscalía, la recusación presentada por la defensa de Ojeda es improcedente, porque no cumplió con la base fáctica para marginar al fiscal Mario Burgos de la investigación.
“De acuerdo con lo anterior, esta Delegada considera que, de acuerdo con la argumentación realizada por el fiscal titular, la jurisprudencia, normatividad vigente sobre la materia y lo dispuesto por el Juez de Control de Garantías respecto del principio de oportunidad, es aplicable el parágrafo del artículo 175 del Código de Procedimiento Penal a la noticia criminal”, explicó el ente acusador.
Añadió que las actuaciones del fiscal fueron objeto de verificación por parte de los jueces de control de garantías. Además, fueron discutidas y aprobadas en las mismas audiencias, por lo que son completamente legales.
“De acuerdo con el resultado de esta audiencia, el juez de la república avaló el principio de oportunidad solicitado por el despacho fiscal para hechos que, de acuerdo con la investigación realizada por la Fiscalía correspondían a delitos relacionados con la administración pública y competencia de Jueces del Circuito Especializado”, dijo además la Fiscalía.
Otro argumento fue que el delito de violación de datos personales por el que es acusada Day Vásquez quedó por fuera del principio de oportunidad que ella negoció con la Fiscalía.
“En este orden de ideas, la Delegada encuentra que el sentido de este artículo incluyó la aplicación del principio de oportunidad, tal como se presenta en este caso y tuvo como finalidad, lograr que investigaciones de carácter complejo y que impliquen delitos relacionados con la corrupción tuvieran un plazo mayor para adelantarse adecuadamente”, señala el documento en el que el ente acusador explica su decisión.
Así las cosas, el fiscal Mario Burgos seguirá adelante en el proceso por presunta violación de datos personales en contra de Dayssuris del Carmen Vásquez Castro, en la que la actual pareja de Nicolás Petro fue declarada como víctima.
Por otra parte, la Procuraduría General de la Nación también declaró infundada la recusación presentada por la defensa de Laura Ojeda, también bajo el argumento de que no cuenta con la sustentación suficiente para pedir que el fiscal Burgos sea apartado de la investigación en contra de la expareja del hijo del presidente Gustavo Petro.
“La Delegada encuentra que el sentido de este artículo incluyó la aplicación del principio de oportunidad, tal como se presenta en este caso y tuvo como finalidad, lograr que investigaciones de carácter complejo y que impliquen delitos relacionados con la corrupción tuvieran un plazo mayor para adelantarse adecuadamente, indiciando que en este caso se investigaron delitos de competencia de juez especializados y relacionados con corrupción como el de interés indebido en la celebración de contratos”, indicó el Ministerio Público.