El pasaporte es un documento de viaje que identifica a los colombianos en otros países, por eso, sin importar la edad del ciudadano es un requisito obligatorio para salir del territorio nacional.
En el caso de los menores de edad, la solicitud debe realizarla uno de sus padres o algún cuidador autorizado.
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La solicitud del pasaporte para menores de edad es un trámite que se realiza en las sedes de la Cancillería en Bogotá o en las gobernaciones autorizadas para ejecutar el trámite.
De acuerdo con el Ministerio de Relaciones Exteriores el valor del documento es el mismo que aplica para mayores de edad, es decir, 136.000 pesos más 71.000 del impuesto de timbre, para un total de 207.000 pesos colombianos, en el caso del pasaporte ordinario.
Es importante tener en cuenta que como los menores de edad no pueden participar en las elecciones que se ejecutan en Colombia, tampoco pueden acceder al descuento que se realiza por votar en los comicios.
Requisitos para solicitar el pasaporte de menores de edad
De acuerdo con el Ministerio de Relaciones Exteriores, el trámite de solicitud no varía mucho respecto a los pasos que se realizan para pedir el documento para un mayor de edad.
Los responsables del niño, niña o adolescente deben diligenciar la solicitud con los datos del menor de edad a través de la página web de la Cancillería, para agilizar el trámite en la oficina expedidora.
Luego de eso, se debe solicitar la cita para tomar la foto, los datos y cancelar el valor del documento. Este trámite se hace a través del portal web que se habilita de lunes a domingo a partir de las 5:00 P. M. y no es necesario acudir a intermediarios ni cancelar alguna suma.
Una vez el solicitante o el acompañante del menor de edad que tramitará el pasaporte cuente con cita previa tanto el menor como el acompañante deben presentarse personalmente a la oficina seleccionada y aportar los documentos requeridos para el trámite, la toma de la fotografía, el registro de huellas y la firma.
Los documentos que se requieren para tramitar el pasaporte para menores de edad
De acuerdo con la información emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores, el día de la cita se debe aportar la siguiente documentación:
- Copia auténtica del registro civil de nacimiento (fiel copia) del menor expedido por el notario, registrador o cónsul, con espacio de notas, según el caso.
- Pasaporte anterior si lo ha tramitado.
- En caso de pérdida o hurto del pasaporte, los padres del menor o su representante legal, solo deberán informar a la oficina expedidora dicha situación, bajo la gravedad de juramento.
- Documento de identidad original del mayor de edad responsable de acompañar al solicitante.
Es importante tener en cuenta que en la sede donde se realiza el tramite no aceptan certificados de registro de nacimiento o comprobantes de inscripción de los menores de edad expedidos por la Registraduría Nacional del Estado Civil, ni fotocopias autenticadas del registro civil de nacimiento.
Así mismo, en el caso de que el solicitante sea un bebé en brazos o tenga movilidad reducida, su acompañante debe acercarse a alguno de los funcionarios para que se le de prioridad al momento de tomar los datos, la foto y hacer el pago del documento.
Para retirar el documento, trámite que se realiza desde el día hábil siguiente a la toma de datos y foto, debe acercarse la persona que acompañó al menor de edad cuando se hizo la solicitud. Este ciudadano debe presentar su documento de identidad original en la sede elegida para expedir el pasaporte. El documento no se le entregará a otra persona, incluso cuando sea alguno de los padres o cuidadores del niño, niña o adolescente.