A partir de lo anterior, existe una serie de opciones para poder hacer uso de las cesantías, las cuales no cubren gastos personales y/u otras funciones que no cumplan con lo estipulado por cada fondo, o como es el caso del Fondo Nacional de Ahorro.
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El trabajador puede hacer el retiro parcial o definitiva de sus cesantías en el Fondo Nacional de Ahorro (FNA), teniendo en cuenta lo siguiente:
- Las solicitudes para tramitar el retiro de cesantías parciales y cesantías definitivas, correspondientes al FNA, deben ser realizadas a través de las oficinas o en línea.
- En el momento de realizar la solicitud de retiro de cesantías parciales se debe ingresar con la cuenta e información registrada en el FNA.
- Asimismo, se requiere que en el momento de realizar la radicación se verifique la información allí relacionada.
El Fondo Nacional del Ahorro precisó que no tiene convenio de pagos con plataformas financieras 100% digitales como Nequi, Daviplata y Bancolombia a la mano, por lo anterior es importante validar que la cuenta a la cual solicite el giro de los recursos no corresponda a dichas plataformas.
Igualmente, según la naturaleza del presente trámite, los poderes especiales que se otorguen no se encuentran regulados por el Decreto 806 del 2020, motivo por el cual es obligatorio realizar autenticación de firma, huella (algunas notarias lo realizan con biometría y otras de manera física) y contenido por ambas partes. Igualmente, se deben indicar la facultad de manera expresa para recibir sumas de dinero.
Así pues, para hacer el retiro de las cesantías, el fondo solo tendrán en cuenta la radicación, si su destino está orientado para:
- Compra de vivienda o lote, construcción o mejora de vivienda.
- Educación (matrícula y/o pensión) (PCE). (En el caso de solicitud para hijos, el familiar deberá ser menor de 24 años)
- Desvinculación laboral / desvinculación laboral dejando saldo.
Pasos para seguir a través de los canales virtuales (fondo en línea y APP)
Para los retiros realizados por Fondo en Línea (FEL), el giro se efectuará únicamente a las cuentas bancarias que estén al nombre del titular. En caso de que requiera el pago de los recursos por ventanilla, deberá acercarse a los puntos de atención a nivel nacional. Además:
- Aplica para retiros de cesantías que tengan saldo positivo y que no tengan: pignoración, embargo, estado especial o crédito con el FNA.
- Los pagos solo se efectuarán a cuenta bancaria del afiliado, de lo contrario el dinero será reintegrado.
Por otra parte, las solicitudes radicadas por ese canal, no requiere de presentación de documentos físicos, ya que los requisitos necesarios para el trámite serán establecidos, validados y aprobados por el empleador conforme al Decreto 1562 de 2019 en su Artículo 1 parágrafo 1.
“A través de nuestra página web, de lo contrario el FNA no podrá continuar con la aprobación y el giro de los recursos”, añadió el fondo.
Pasos a seguir a través de los puntos de atención
En este caso, el solicitante deber anexar la documentación requerida según aplique su caso, que puede ser descargándola haciendo clic en el siguiente botón: Retiro Cesantías - Retiro Cesantías fallecidos. Posteriormente:
- Solicite el formulario en los Puntos de Atención o genéralo haciendo clic aquí.
- Radica la documentación en cualquiera de nuestros Puntos de Atención.
Tenga presente que el Fondo Nacional del Ahorro aplicará mecanismos de autenticación para los retiros en canales presenciales y virtuales como Fondo en Línea y APP FNA Móvil Ágil. Así mismo puedes hacer seguimiento del trámite en:
- Los Puntos de Atención FNA o a través de Fondo en línea.
- Vía telefónica, marcando el número 307 7070, en Bogotá, o a la línea gratuita nacional 01 8000 52 7070.