
De acuerdo con el Decreto 380 de 2022 - Gestor Normativo, los ciudadanos que sean propietarios de ejemplares caninos que hayan agredido a personas u otros animales, o que estén adiestrados para el ataque y la defensa, o que hagan parte de alguna de las razas consideradas como de manejo especial, deberán contar con un permiso para su tenencia.
En Bogotá, los cuidadores o propietarios de esos caninos podrán expedir el permiso para su tenencia en cada una de las alcaldías locales, con un tiempo de respuesta de cinco días hábiles y sin ningún costo.
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Así pues, las razas identificadas como de manejo especial son american staffordshire terrier, bullmastiff y dóberman; dogo argentino, dogo de burdeos, fila brasileiro y mastín napolitano; bull terrier, pit bull terrier y american pit bull terrier; de presa canario, rottweiler, staffordshire terrier y tosa japonés.
La Secretaría de Gobierno señaló que en el caso de ser tenedor o cuidador de alguna de esas razas, deberá solicitar su registro en el censo de ejemplares caninos de manejo especial, por medio de una carta dirigida al área de Gestión Policiva Jurídica de la alcaldía de su localidad.
Además, deberá hacer entrega de una fotocopia de su cédula de ciudadanía, carné de vacunación del can y dos fotografías suyas y del perro en tamaño 3×4; y suministrar el certificado de sanidad vigente, el cual es expedido por las subredes de la Secretaría de Salud.
La dependencia de gobierno sumó que el cuidador deberá presentar una póliza de responsabilidad civil extracontractual con la entidad aseguradora de su preferencia (que se encuentra consagrado en el Decreto 380 de 2022), con la cual se busca cubrir la indemnización correspondiente a los perjuicios que pueda ocasionar su mascota a personas, bienes, o demás animales.
En este aspecto, cabe resaltar que el propietario que no adquiera esta póliza deberá asumir los gastos ocasionados por su perro, además de las sanciones previstas en la ley”, añadió la entidad.
La dependencia aclaró que los propietarios de los ejemplares caninos que no cuenten con dicho permiso se exponen a recibir una orden de comparendo que podría derivar en una multa, que asciende a 16 salarios mínimos diarios legales vigentes, es decir, de $693.333 según valores de 2024.
Así debe solicitar el registro del canino
La Secretaría de Gobierno destacó que los tenedores deben reunir los siguientes documentos y cumplir con las condiciones requeridas, con el fin de formalizar el registro del perro de manejo especial:
- Carta dirigida a la alcaldía local donde se solicite el registro del Canino en el Censo de ejemplares caninos de manejo especial donde se indique:
- Nombre del ejemplar canino.
- Identificación: Documento de Identidad y lugar de ubicación de su propietario o tenedor responsable del canino.
- Una descripción que contemple las características fenotípicas del ejemplar que hagan posible su identificación. Relacionar el número de 15 dígitos del microchip implantado.
- El lugar habitual de residencia del animal con la especificación de si está destinado a convivir con los seres humanos o si será destinado a la guarda, protección u otra tarea específica.
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía o de extranjería del propietario o Permiso por Protección Temporal PPT(para ciudadanos de nacionalidad venezolana) o tenedor responsable del perro.
- Carné de vacunación del ejemplar canino vigente.
- Certificado de sanidad vigente para el canino, expedido por la Secretaría de Salud en sus distintas Subredes.
- Póliza de responsabilidad civil extracontractual a través de una compañía de seguros autorizados en el país: fasecolda.com/fasecolda/companias-afiliadas/, que cubrirá la indemnización de los perjuicios patrimoniales que ejemplares ocasionen a personas, bienes, o demás individuos.
- Dos fotografías a color del propietario, tamaño 3×4.
- Dos fotografías a color del canino de frente y de lateral, tamaño 3×4.
- Radicar los documentos en las alcaldías locales
- Radicar la solicitud de registro del canino de manejo especial de manera presencial en los puntos indicados por la institución.
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