Tras la decisión de la Procuraduría General de la Nación de suspender por tres meses al ministro de Relaciones Exteriores, Álvaro Leyva Durán, debido a las supuestas irregularidades en la licitación de pasaportes, que fue declarada desierta en septiembre de 2023, la defensa del veterano funcionario se pronunció al respecto y se fue lanza en ristre contra el proceder del Ministerio Público.
Ernesto Matallana, abogado de Leyva Durán, se refirió a la determinación del ente disciplinario y en diálogo con Semana manifestó que la Procuraduría no cuenta con la competencia para haber suspendido al titular de la cartera. Y, en este caso en específico, en el que dejó en firme la resolución de apartarlo del cargo, se estaría extralimitando en sus funciones.
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“No se dan los presupuestos para una medida cautelar: la ley que regula la materia establece unos parámetros. Y en el caso del señor canciller, no se cumplen”, manifestó Matallana, que acto seguido explicó por qué, según él, la determinación en contra de Leyva no se ajusta a lo dispuesto por el Código Único Disciplinario de la Procuraduría; o la conocida Ley 734 de 2002.
En su concepto, el letrado dijo que en el caso de faltas calificadas como gravísimas o graves, es deber de la Procuraduría suspender al implicado mediante lo que se conoce un acto motivado: un documento el que se demuestre que Leyva interfiere en el trámite de la investigación en su contra. O, en su defecto, permite que continúen las faltas que se le señalan o las mismas se cometan nuevamente.
El profesional en Derecho explicó al citado medio que la decisión de la Procuraduría se tomó por hechos en los que Leyva no tiene la capacidad de influir. Así lo argumentó luego de conocer el documento del ente disciplinario, en el que se enumeran las faltas que habría cometido Leyva en este mediático caso; en el que habría seguido instrucciones del presidente de la República, Gustavo Petro.
La defensa de Álvaro Leyva tras la suspensión de la Procuraduría
En su defensa, Matallana fue enfático en manifestar que a Leyva se le suspendió por hechos futuros; es decir, para evitar, según la Procuraduría, que participe en la licitación en curso, debido a su función como ordenador del gasto y director de dicho proceso de contratación. Algo que desde su óptica sería ―a todas luces— inconstitucional, pues vulnera su presunción de inocencia.
“La Procuraduría no tiene competencia para esta decisión porque la norma no lo autoriza para suspenderlo. La norma es muy clara sobre cuándo se puede suspender”, enfatizó el abogado a Semana.
Esta posición de Matallana contradice lo dispuesto Ministerio Público, que indicó el que las faltas que le adjudican a Leyva son gravísimas, cometidas a título de dolo. La primera, relacionada con haber declarado desierta la licitación, pese a que Thomas Greg & Sons estaba facultada para ser la ganadora de la misma; lo que ameritó una multimillonaria demanda de la compañía, por $117.000 millones.
Y la segunda, estaría relacionada por la declaratoria de urgencia manifiesta, que hizo que el contrato que justamente estaba adjudicado a Thomas Greg & Sons fuera prorrogado por un año más, sin que existieran razones de peso para tal fin. A esto se suma lo que sería la negativa de Leyva Durán a escuchar el concepto jurídico de la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, para establecer una conciliación.
En respuesta, Matallana recalcó que con base a la Ley 80, había un acto irregular en curso, que “tenía reglas injustas y esas reglas injustas terminaron derivando en una vulneración de derechos constitucionales”, entre ellos la libre competencia y la igualdad. Motivo por el cual optó por declarar desierta la licitación; en una decisión que apoyó el jefe de Estado.