Ciclista en Santander murió mientras subía al cerro del Santísimo

En video quedó registrado el momento en el que el hombre se encontraba en el suelo esperando primeros auxilios

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Un hombre, al parecer por un infarto, murió en las vías de Santander - crédito redes sociales/X

En la mañana del 28 de enero de 2024 se registró la muerte de un ciclista en Santander, más precisamente en la vía que conduce al parque cerro del Santísimo, un sitio turístico ubicado en la Vereda Helechales, sector rural de Floridablanca. Según los primeros reportes de las autoridades, el hombre habría sufrido un infarto.

El ciclista, que no ha sido identificado por las autoridades, subía en su bicicleta por la vía que conduce al parque cuando sin previo aviso se desplomó sobre la carretera, por lo que las personas que estaban a su alrededor corrieron a auxiliarlo.

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En un video publicado en redes sociales quedó registrado el momento en el que una ambulancia llegó hasta el sitio, el problema, según la mujer que estaba grabando, fue que los profesionales de la salud llegaron transcurridos 30 minutos desde que el hombre se desplomó, por lo que aseguró que: “Media hora después llegó la ambulancia, ¿ya para qué?”.

Luego de que se conociera el video, varios usuarios de redes sociales dejaron comentarios en los que llamaron la atención para que los ciclistas y personas que realizan deporte tengan en cuenta la importancia de los primeros auxilios, pues explicaron que los primeros cinco minutos son fundamentales a la hora de un infarto.

Un hombre se desplomó de
Un hombre se desplomó de su bicicleta mientras transitaba por la vía al cerro del Santísimo en Santander - crédito Judit Murcia/Unsplash

“La gente debería aprender atención en paro cardíaco y respiratorio para no esperar una ambulancia...los.primeros 5 minutos son importantes a la hora de un infarto....eso salva vidas”; “Son situaciones que pueden pasar, pero es recomendable hacerse un chequeo médico y hacerse un test de esfuerzo cardíaco para saber hasta donde se podría llegar. Y si se esta empezando o retomando, empezar suave”; “de todo corazón, no sé las den de deportistas después de largos años de sedentarismo, piensen en sus familias”.

Recomendaciones para ciclistas

En Colombia son cada vez más el número de personas que se moviliza en bicicleta, ya sea por deporte o como medio de transporte en ciudades y pueblos, por lo que el Código de Tránsito en Colombia también contempla a este tipo de actores viales.

De acuerdo con el artículo 95 de la Ley 1811 de 2016, las bicicletas y triciclos del país deben cumplir ciertas normas en el momento en el que se movilicen por las carreteras colombianas y/o en las vías de ciudades y pueblos.

  • Transitar ocupando un carril, observando lo dispuesto en los artículos 60 y 68 del Código Nacional de Tránsito.
  • Los conductores que transiten en grupo deberán ocupar un carril y nunca podrán utilizar las vías exclusivas para servicio público colectivo.
  • Los conductores podrán compartir espacios garantizando la prioridad de estos en el entorno vial.
  • No podrán llevar acompañante, excepto mediante el uso de dispositivos diseñados especialmente para él, no transportar objetos que disminuyan la visibilidad o que impida un tránsito seguro.

En el manual del ciclista publicado por el Ministerio de Transporte se compartieron algunas recomendaciones para que los ciclistas en el país tengan en cuenta. Por ejemplo, deben vestir chalecos o chaquetas reflectabas de identificación visible cuando conduzcan entre las 6:00 p. m. y las 6:00 a. m.; como también, cuando la visibilidad sea escasa.

El artículo 94 del Código
El artículo 94 del Código Nacional de Tránsito Terrestre precisa que estos actores viales deben respetar las señales, normas de tránsito y límites de velocidad - crédito Alberto González/AFP

Otra de las recomendaciones es que los ciclistas no deben sujetarse ni viajar cerca de otro vehículo que pueda ocultarlos a la vista de otros conductores que transiten en sentido contrario. Tampoco deben transitar sobre las aceras, pues son lugares destinados al tránsito de peatones, ni por las vías en las que las autoridades competentes lo prohíban.

En el Código de Tránsito se estipulan que las infracciones de los ciclistas corresponden a multas categoría A equivalentes a cuatro salarios mínimos legales diarios vigentes (Smldv).

  • A.1. No transitar por la derecha de la vía.
  • A.2. Agarrarse de otro vehículo en circulación.
  • A.3. Transportar personas o cosas que disminuyan su visibilidad e incomoden la conducción.
  • A.4. Transitar por andenes y demás sitios destinados al tránsito de peatones.
  • A.5. No respetar las señales de tránsito.
  • A.6. Transitar sin los dispositivos luminosos requeridos.
  • A.7. Transitar sin dispositivos que permitan la parada inmediata o con ellos, pero en estado defectuoso.
  • A.8. Transitar por zonas prohibidas.
  • A.9. Adelantar entre dos vehículos automotores que estén en sus respectivos carriles.
  • A.10. Conducir por la vía férrea o por zonas de protección y seguridad.
  • A.11. Transitar por zonas restringidas o por vías de alta velocidad como autopistas y arterias, en este caso el vehículo no automotor será inmovilizado.
  • A.12. Prestar servicio público con ese tipo de vehículos. Además, el vehículo será inmovilizado por primera vez, por el término de cinco días, por segunda vez veinte días y por tercera vez cuarenta días.
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