Ecuador impuso nuevas condiciones para colombianos que quieran ingresar a su territorio: ya no bastará con la cédula

La situación de orden público en el país vecino llevó a las autoridades a exigir un nuevo documento no solo para el ingreso de los connacionales, sino también para los ciudadanos peruanos

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El puente internacional de Rumichaca
El puente internacional de Rumichaca es paso fronterizo entre Colombia y Ecuador - crédito Adicomex/Sitio web

Ante la crisis en materia de orden público que vive Ecuador, el Gobierno del presidente Daniel Noboa extremó las medidas para el ingreso de su territorio, a quienes provienen de sus dos principales fronteras: desde Colombia y Perú, con la exigencia de un nuevo requisito para los que quieran ingresar en su jurisdicción. Así lo confirmó el Ministerio del Interior del país vecino, a través de sus canales oficiales.

A través del Acuerdo Ministerial número 007, y con el propósito, según la cartera, de “fortalecer la seguridad y preservar la estabilidad” de la nación, se informó a los ciudadanos de ambos países que tendrán que presentar un nuevo documento si quieren cruzar la frontera: se trata del certificado de antecedentes penales, documento que en el caso de Colombia emite la Policía Nacional a través de su página web.

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Lo anterior, “con el fin de evitar y controlar el ingreso de individuos que constituyan una amenaza o riesgo para la seguridad pública”. La entidad encargada de verificar el cumplimiento de este requisito será la Subsecretaría de Migración, que en el puente fronterizo de Rumichaca, luego de cruzar Ipiales (Nariño), hará el control respectivo a los ciudadanos que pretendan ingresar a suelo ecuatoriano.

Así tendrá que ser el certificado de antecedentes penales

En Colombia, este documento es conocido como el Certificado de Antecedentes Judiciales y se podrá obtener en este enlace, en donde de manera ágil y segura, aceptando los términos y condiciones y digitando el número de identificación, podrá descargarlo.

En la página de la
En la página de la Policía Nacional se puede descargar el Certificado de Antecedentes Judiciales - crédito @policiacolombia/X

Es válido aclarar que los niños, niñas y adolescentes, acompañados de un familiar dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, estarán exentos de cumplir con este requisito, según señaló el ministerio. “La Subsecretaría de Migración deberá emitir directrices operativas que faciliten su adecuado cumplimiento”, se indicó en la misiva que fue compartida a las autoridades colombianas.

Continúa controversia por los presos que deportaría Ecuador hacia Colombia

Este anuncio se da en medio de la polémica por la determinación del presidente Noboa de expulsar de las cárceles de su país a cerca de 1.489 colombianos que se encontraban purgando penas por delitos cometidos al otro lado de la frontera y deportarlos a Colombia. Sobre este tema, el ministro de Justicia del Gobierno de Gustavo Petro, Néstor Osuna, ha sido enfático en señalar que se analizará caso por caso.

“Si los expulsan, los están expulsando de la cárcel, los están dejando en libertad, y un ciudadano colombiano que llega a la frontera puede entrar a Colombia. Si tiene alguna deuda pendiente con la justicia colombiana, tendrá que ser capturado; pero si no la tiene, seguirá su vida en libertad”, aseveró Osuna, en el sentido de que los hombres detenidos sean dejados en Rumichaca, como amenazó Noboa.

Aunque afirmó que tuvo contactos con la canciller ecuatoriana, Gabriela Sommerfeld, sobre la posibilidad de una repatriación voluntaria de presos, reiteró que está atada a la voluntad de cada uno de los solicitantes y no una imposición para que sean recibidos una vez sean deportados. “Nunca se habló de expulsión”, manifestó Osuna, tras rueda de prensa ofrecida en el Ministerio de Justicia.

No obstante, el titular de la cartera no dudó en expresar su apoyo al país vecino, tras los ataques de grupos terroristas en ciudades como Guayaquil y Quito, que obligaron al Gobierno ecuatoriano a reconocer el conflicto interno que se registra y declarar el estado de sitio que faculta al jefe de Estado a tomar las medidas en materia de seguridad que crea necesarias para evitar el escalamiento de la violencia.

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