Hay conmoción por el feminicidio de Juliana Gómez Escobar, una mujer de 22 años que fue encontrada sin signos vitales durante el lunes 8 de enero en una habitación del barrio Santa Fe, al oriente de Santa Marta.
El responsable de la muerte de la creadora de contenido fue su expareja Mario Bastidas Hernández, quien confesó haberla asesinado porque Juliana vendía contenido erótico en sus redes sociales bajo el nombre de Yaya Gómez.
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Una situación que generó rechazo e indignación fue que debido a que Bastidas confesó el feminicida y se entregó ante la Fiscalía quedó en libertad ya que no contaba con una orden de captura en su contra, pero el sujeto se quedó en las instalaciones de la Fiscalía voluntariamente mientras se desarrollaban la audiencia de imputación programada para el 10 de enero.
Una de las personas que se pronunció al respecto fue la representante a la Cámara por el partido Movimiento Fuerza Ciudadana, Ingrid Johana Aguirre, quien ha formado parte de la Comisión de Paz, de Ética y Estatuto del Congresista.
La congresista del Magdalena calificó como absurdo que un sujeto que cometió tal crimen y lo confesó tenga beneficios judiciales: “Juez dicta medida de aseguramiento preventiva para Bastidas, el confeso feminicida. Es absurdo darle beneficios solo por haberse entregado”.
El rechazo colectivo también era instaurado por la solicitud de la defensa de Bastidas para ser cobijado con detención domiciliaria debido a su aporte al confesar que asfixió con sus propias manos a la mujer de 22 años. Pero en la audiencia desarrollada el juez no solo legalizó la entrega voluntaria de Bastidas Hernández, sino que también autorizó la medida de aseguramiento en centro penitenciario tras la solicitud de la Fiscal Lorena Amaya de imputar a Bastidas bajo el cargo de feminicidio agravado.
Vale resaltar la información aportada por Alejandro Carranza, abogado penalista consultado por el equipo de Infobae Colombia, quien indicó que la legislación del país ha impuesto restricciones severas a la concesión de beneficios judiciales o administrativos para individuos condenados por crímenes sexuales. Estas restricciones se han fortalecido con la Ley 1709 de 2014, y sus posteriores modificaciones a través de la Ley 1776 de 2016 y la Ley 1944 de 2018, las cuales excluyen beneficios como la suspensión condicional de la ejecución de la pena o la prisión domiciliaria para los infractores de estas normas.
Dichas reformas legislativas han reforzado una política estricta frente a determinados delitos, con el fin de proteger la integridad y formación sexual de las personas, impidiendo que quienes cometan delitos sexuales con dolo puedan evadir el cumplimiento de sus condenas en prisiones.
La víctima tenía malos presentimientos del feminicida
Mario Bastidas Hernández, su expareja de 28 años y último que la vio con vida, confesó haberla asfixiado tras una disputa. Bastidas se entregó a la policía argumentando que cometió el crimen impulsado por repulsión ante la actividad de Gómez en redes, aunque tras haber cometido el feminicidio se ocultó en el corregimiento de Minca hasta que decidió entregarse debido a las amenazas de la familia de la víctima hacia los suyos.
El acusado expresó su arrepentimiento a través de un vídeo publicado en redes sociales en el que aseguró: “Perdón a los familiares de Juliana, a los conocidos y a todos los allegados. Perdón a mi familia y a mis amigos por los hechos. Siento un profundo arrepentimiento de los sucesos que pasaron. Simplemente, quiero pedir perdón a Dios y a Santa Marta. Nunca he sido una persona violenta”.
Vale resaltar que José Gregorio Escobar, tío de Gómez, relató que la víctima había indicado que si algo le sucedía, Mario Bastidas sería el responsable, aunque en primera instancia el familiar de Juliana fue incrédulo ya que lo veía como un hombre atento y cariñoso con su sobrina.