El salario mínimo en Colombia aumentó en 12%, llegando a $1′300.000 mensuales. Este incremento repercute directamente en los empleados domésticos, que se cuentan entre los más de 2.5 millones de trabajadores beneficiados por esta subida, además del auxilio de transporte. Las condiciones laborales y derechos de los empleados domésticos son puntos clave en la aplicación de este incremento.
Los empleados que trabajen tiempo completo deberán percibir al menos este nuevo salario mínimo, mientras que aquellos que laboren medio tiempo o por días recibirán una proporción equivalente al tiempo trabajado.
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Se debe tener en cuenta que el monto final varía para los empleados internos y externos, ya que a los externos se les debe añadir el auxilio de transporte, que para el 2024 se ha establecido en 162.000 pesos, totalizando un salario de 1′462.000 pesos mensuales.
Además, el salario no es el único aspecto a considerar, puesto que los empleadores deben afiliar a los empleados a seguridad social, que incluye salud, pensión y riesgos laborales, y también a una caja de compensación familiar. Así mismo, es obligatorio el pago de prestaciones sociales: cesantías, intereses sobre cesantías, prima de servicios y vacaciones; beneficios esenciales dentro de la legislación laboral colombiana para la protección de los trabajadores.
En resumen, los empleados domésticos en Colombia tienen derecho no solo a un salario ajustado al mínimo, sino también a otras compensaciones y aportes que garantizan su bienestar social y económico. Esta medida busca mejorar las condiciones de vida de un sector importante de la fuerza laboral del país, asegurando que su trabajo sea justamente remunerado y sus derechos, respetados.
La normativa laboral colombiana especifica que el valor a pagar por un día laboral incluye el salario diario más una proporción correspondiente al descanso dominical. Este cálculo se realiza partiendo de un salario mínimo de 1′300.000 pesos colombianos, dividiendo dicho monto entre 30 días, resultando en un pago diario de $43.333.
A esta cifra se le añade un sexto del valor del día, sumando $7.222, en concepto de descanso dominical. Además, se debe considerar el auxilio de transporte, que al dividirse en el mes, equivale a $5.400 diarios.
El desembolso que corresponde a cada jornada laboral alcanza los $55.955, al agregar el descanso dominical y el auxilio de transporte. Este total se multiplica por la cantidad de días trabajados, ya sea semanal, quincenal o mensualmente. Con respecto a la seguridad social, que comprende salud, pensión y riesgos laborales, el empleador debe aportar el 8,5% del salario mensual en salud ($110.500) mientras que el empleado contribuye con un 4% ($52.000). Los costos de la seguridad social varían según los días trabajados, oscilando entre $71.786 y $201.789.
Las cifras abonadas por concepto de seguridad social se ajustan a la frecuencia laboral; por lo tanto, un empleado con labores diarias y con cobertura de salud subsidiada puede percibir un monto entre $71.786 y $201.789 pesos.
Andrea Rodríguez, gerente de marketing de Symplifica, enfatizó en El Tiempo, que es posible formalizar el pago de trabajadores domésticos por días, lo cual favorece la retención de beneficios como el Sisbén, y proporciona tranquilidad a los empleadores por un gasto mensual de $71.786.
En pensiones, el aporte del empleador alcanza el 12% y el del empleado el 4%, correspondiendo a $156.000 y $52.000 respectivamente. En riesgos laborales, el empleador contribuye con 0.525%, lo que asciende a $6.786. Sumando todos los conceptos, el empleador debe pagar $335.286 y el empleado $104.000. Además, debe afiliarse a la empleada en una caja de compensación familiar con un 4%, lo que para el salario mínimo representa $52.000 adicionales.
Desde Symplifica se indica que para una empleada doméstica o niñera que percibe salario mínimo y no reside en el lugar de trabajo, el costo mensual real que enfrenta el empleador es de $1′787.286, considerando salario, transporte y seguridad social. La cofundadora y directora de la entidad, Salua García Fakih, aconseja provisionar mensualmente para otros gastos, como cesantías, intereses de cesantías, prima de servicios y dotación.
Así mismo, recalca que a partir de julio, la jornada laboral se reducirá progresivamente, de acuerdo con la Ley 2101 de 2021, hasta alcanzar las 42 horas semanales en 2026.