Fiscalía cerró el caso contra Carlos Mattos por una masacre en Codazzi, Cesar, donde murieron 12 personas

El sistema penal colombiano, bajo la Ley 600, puso punto final al caso de Mattos sin avanzar a juicio

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Los hermanos Mattos Barreros recibieron una decisión judicial favorable por investigación con vínculos con paramilitares - crédito Colprensa
Los hermanos Mattos Barreros recibieron una decisión judicial favorable por investigación con vínculos con paramilitares - crédito Colprensa

La Fiscalía General de la Nación archivó la investigación contra Carlos José Mattos Barrero y Edward Heriberto Mattos Barrero en relación con una masacre de Codazzi, Cesar, sucedida el 23 de septiembre de 1996.

En esa masacre doce personas fueron asesinadas por paramilitares. Tras el proceso judicial bajo la Ley 600, no se hallaron pruebas suficientes para vincular a los hermanos Mattos Barrero con los delitos de concierto para delinquir, homicidio en persona protegida, desplazamiento forzado, desaparición forzada, secuestro simple y tráfico de armas.

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La resolución fue tomada por la Fiscalía Octava Especializada Delegada ante los Juzgados Penales del Circuito Especializado de Valledupar. El ente acusador determinó la falta de evidencias concretas que demostraran la participación de los acusados en los crímenes imputados, cerrando así un capítulo en un proceso que se ha extendido por más de 25 años.

El proceso de investigación y la decisión final se dieron en el marco del antiguo sistema penal colombiano, conocido como Ley 600, que es precedente al actual sistema acusatorio. Esto quiere decir que la decisión de preclusión se fundamentó en normativas penales y procedimentales que datan de antes de la implementación del nuevo sistema penal de 2004. La masacre de Codazzi es un evento histórico de violencia que entra dentro de los numerosos actos cometidos en el marco del conflicto armado colombiano.

La Fiscalía exculpa a Carlos José Mattos Barrero y Edward Heriberto Mattos Barrero de la acusación de financiar masacre paramilitar. La institución judicial concluyó que no existen pruebas que vinculen a los hermanos con el crimen del 23 de septiembre de 1996. La declaración del testigo Luis Carlos Ávila Teherán, tomada como la única evidencia en el caso, ha sido refutada y considerada carente de credibilidad.

Le Fiscalía resolvió por falta de pruebas los hermanos Mattos no tuvieron que ver con la masacre de Codazzi, Cesar en 1996 - crédito Fiscalía General de la Nación
Le Fiscalía resolvió por falta de pruebas los hermanos Mattos no tuvieron que ver con la masacre de Codazzi, Cesar en 1996 - crédito Fiscalía General de la Nación

Según la Fiscalía, la indagación ha invalidado el testimonio de Ávila Teherán, quien había afirmado que los Mattos Barrero proporcionaron la lista de víctimas a los paramilitares. Esta afirmación fue desacreditada basándose en múltiples testimonios, especialmente el de Evangelista Basto Bernal, exparamilitar involucrado en los hechos, quien aseguró que la lista fue entregada por un sujeto apodado “JJ”, entonces jefe de Finanzas del Frente 41 de las FARC. Este nuevo hallazgo exonera a los hermanos Mattos Barrero de cualquier participación en la masacre.

“Demostrado como se encuentra con las piezas procesales allegadas a la presente investigación, que los señores Carlos José Mattos Barrero y Edward Heriberto Mattos Barrero, no tuvieron participación en los hechos ocurridos el 23 de septiembre del 1996, la única prueba que existe en el plenario es la declaración de Luis Carlos Ávila Teherán, donde manifiesta que los hermanos Mattos Barrero, fueron las personas que le dieron la lista de las personas a los cuales los paramilitares le dieron muerte, declaración esta desvirtuada por variedad de declaraciones pero sobre todo por la del ex paramilitar y protagonista de los hechos señor EVANGELISTA BASTO BERNAL, que en su declaración rendida ante este despacho afirma que la persona que dio la lista para asesinar a las víctimas de este proceso fue alias JJ persona está que se desempeñaba como Jefe de Finanzas del Frente 41 de la FARC”, se puede leer en el documento del ente investigador.

En el desarrollo del caso, se ha descubierto una discrepancia entre las afirmaciones del señor Ávila Teherán y los datos surgidos de la investigación. El análisis indica que las declaraciones realizadas ante la justicia podrían estar refutadas por evidencias, lo que ha derivado en la decisión de examinar si estas constituyen el delito tipificado en el artículo 442 del código penal vigente. La Fiscalía General de la Nación ha sido notificada para que determine si existen suficientes méritos para iniciar un proceso de instrucción formal contra Ávila Teherán.

La implicación de Ávila Teherán en los hechos que rodean a los hermanos Mattos había sido tomada como punto focal en unas fechas de gran significación para la justicia colombiana. Sin embargo, al contrastar su testimonio con los hallazgos de la investigación, surgieron serias dudas sobre la veracidad de sus palabras. Frente a esto, el órgano judicial ha procedido a compulsar copias para que se investigue la posible comisión de un delito de falso testimonio por parte de Ávila Teherán, lo cual podría llevar a consecuencias penales significativas.

Preclusión del caso contra Carlos José Mattos y Edward Heriberto Mattos Barrero

El fiscal octavo especializado, Ronald Darío Calderón Vieco, tomó la decisión de cerrar las investigaciones sobre los Mattos, absueltos de cargos por concierto para delinquir, homicidio en persona protegida, desplazamiento forzado, desaparición forzada, secuestro simple y fabricación, tráfico y porte de armas de fuego o municiones. Adicionalmente, se ha ordenado abrir diligencias contra Luis Carlos Ávila Teherán por posible falso testimonio en relación con el caso.

Le Fiscalía resolvió por falta de pruebas los hermanos Mattos no tuvieron que ver con la masacre de Codazzi, Cesar en 1996 - crédito Fiscalía General de la Nación
Le Fiscalía resolvió por falta de pruebas los hermanos Mattos no tuvieron que ver con la masacre de Codazzi, Cesar en 1996 - crédito Fiscalía General de la Nación

Esta acción se produce a pesar de la controversial trayectoria de Carlos Mattos en anteriores incidentes de corrupción, específicamente el denominado caso Hyundai, por el cual recibió dos condenas. La primera, a nueve años de prisión por sobornar al juez sexto Civil Reinaldo Huertas con 700 millones de pesos. La segunda sentencia fue por cinco años y diez meses debido a un soborno de 100 millones de pesos entregados en una “caja de zapatos” a la exjueza Ligia del Carmen Hernández.

La lista de las víctimas vinculadas a los crímenes de los cuales se han precluido las investigaciones sobre los Mattos incluye a José Eulises Mendieta López, Juan Martin Mendoza Arias, Edith Vergara Ramírez, Enilda Escobar Ramos, entre otros; sumando un total de doce personas afectadas por estos hechos violentos.

Como contexto, Carlos José Mattos Barrero está relacionado con uno de los mayores escándalos de corrupción en la Rama Judicial de Colombia, donde fue encontrado culpable de manipular el sistema judicial para obtener beneficios relacionados con la comercialización de vehículos de la marca Hyundai en el país. Su posición como presidente de la empresa estuvo manchada por tácticas corruptas que han tenido un impacto significativo en la percepción pública de la justicia en Colombia.

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