Candente debate por libertad de Arturo Char: dos magistrados enfrentados y la Procuraduría a favor

Los magistrados Marco Antonio Rueda Soto y Cristiana Lombana se contradicen en la interpretación del derecho de libertad que solicitó el excongresista

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El excongresista Arturo Char invocó el derecho al habeas corpus para conseguir su libertad - crédito Infobae Colombia
El excongresista Arturo Char invocó el derecho al habeas corpus para conseguir su libertad - crédito Infobae Colombia

Mientras el reloj corre para cumplir las 36 horas en las que debe darse respuesta al habeas corpus que radicó la defensa del exsenador Arturo Char para solicitar su libertad, en el Juzgado Sexto Penal de Santa Marta se vive un profundo debate entre diversas autoridades judiciales que han enviado sus conceptos respecto al derecho invocado por poderoso detenido.

La Corte Suprema de Justicia, que lleva el proceso contra el excongresista y se preparaba para evaluar la medida el 16 de enero en Sala Plena, debía pronunciarse respecto al trámite. Sin embargo, ocurrió un hecho fuera de lo común, dos magistrados enviaron comunicaciones distintas al juez.

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El magistrado Marco Antonio Rueda Soto señaló que debía negarse el recurso y mantener privado de la libertad a Char Chaljub. En su comunicación señaló que los argumentos de la defensa carecían de fundamento procesal y jurídico, además de que se habían presentado hechos dilatorios que debían descontarse del término de 120 días desde el momento de la detención.

El magistrado Marco Antonio Rueda Soto señaló que se debe negar la libertad de Arutro Char - crédito Infobae Colombia
El magistrado Marco Antonio Rueda Soto señaló que se debe negar la libertad de Arutro Char - crédito Infobae Colombia

Para el magistrado, varios trámites adelantados por la defensa no se podían contar dentro de los días para el habeas corpus. En los cálculos del magistrado Rueda Soto, solo se podría analizar ese derecho del detenido hasta el 8 de febrero, cuando se cumpliría el término para calificar el sumario.

El pronunciamiento se entendió como la postura de la Corte Suprema de Justicia, pero en la noche del domingo de Reyes, el juez Carlos Humberto Coy Domínguez recibió otro correo, esta vez de la magistrada Cristina Lombana, quien expuso una interpretación completamente contraria a la de su colega.

Lombana señaló que desde el 15 de diciembre había advertido a la Sala Plena del alto tribunal que estaba próximo a cumplirse el tiempo de detención de Arturo Char. La magistrada aseguró que presentó un proyecto de fallo concediendo la libertad al excongresista de Cambio Radical porque el 5 de enero se cumplían los 120 días sin que se tomara determinación frente a su acusación.

La magistrada Cristina Lombana se mostró de acuerdo con que se conceda la libertad a Arturo Char Chaljub - crédito Colprensa
La magistrada Cristina Lombana se mostró de acuerdo con que se conceda la libertad a Arturo Char Chaljub - crédito Colprensa

Para Lombana ya se había cumplido “el inexorable paso del tiempo sin que el mérito de la instrucción pudiese ser calificado”, por lo que debe concederse la libertad a Char. Argumentos similares a los de la defensa que sostiene que su defendido ya se encuentra en privación ilícita.

La magistrada Lombana, además, de acuerdo con El Tiempo, le envió un correo al juez sexto de Santa Marta en el que indicó que el magistrado Rueda Soto no era el encargado del proceso, como tampoco había mayorías dentro del tribunal en la postura que expuso en respuesta al habeas corpus. Debido a que habría un empate de votos en el caso.

En medio del choque de conceptos entre los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, llegó el pronunciamiento de la Procuraduría. El delegado del Ministerio Público Mauricio Javier Rodríguez Avendaño se mostró a favor de conceder la libertad a Char Chaljub.

Según el procurador, las cuentas matemáticas muestran que ya se cumplió el tiempo de privación de la libertad del excongresista capturado el 7 de septiembre de 2023. Para el Ministerio Público, las demoras en calificar el mérito de la instrucción no se pueden atribuir a la defensa del excongresista.

“Para este Agente, está claro, con la sola aplicación matemática, el forzoso paso del tiempo, sin que el mérito de la instrucción pudiese ser calificado, por razones no imputables a la defensa y sobre ello se advierte, que los recursos interpuestos por la defensa, pudieran quererse presentar como una dilación por parte de la misma, pero ello no es cierto, pues de los mismos ha de predicarse que son precisamente los derechos que tiene toda persona investigada a ejercerlos”, señaló la Procuraduría, según citó Semana.

Arturo Char fue detenido por la Corte Suprema por presunta corrupción al sufragante y concierto para delinquir, en relación con el caso de compra de votos de la excongresista Aída Merlano. El abogado de la condenada política, Miguel Ángel del Río, sostiene que la magistrada Lombana no puede pronunciarse debido a que tendría un impedimento debido a una decisión de José Luis Barceló, abogado del excongresista, a su favor cuando era juez.

“Penoso todo lo que está pasando en esta solicitud de Habeas Corpus del señor Arturo Char: una Magistrada con un evidente impedimento y una Procuraduría amiga. Todos saben que no hay prolongación ilícita de la privación de la libertad ni el juez es el competente para definirlo”, señaló del Río.

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