La Policía Metropolitana de Bogotá comunicó que, durante un patrullaje en la localidad de Chapinero, específicamente cerca de la plazoleta de Carulla ubicada en calle 85 con carrera 15, un grupo de agentes fue abordado por una ciudadana. Este suceso tuvo lugar en uno de los sectores más concurridos de la capital colombiana, destacado por su actividad comercial y flujo continuo de personas.
La operación policial culminó con la detención de un hombre que, vistiendo una corbata y haciéndose pasar por miembro de la Sijin, intimidó a varios ciudadanos para exigirles dinero y teléfonos móviles. El sospechoso, al notar la presencia de los agentes de la ley, intentó huir del lugar. Fue interceptado y sometido a un registro, en el cual se encontró en su poder una credencial falsa de la Policía Nacional y su cédula de ciudadanía.
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La alerta fue dada por una ciudadana, quien advertía sobre la conducta sospechosa del individuo. La rápida acción de la Policía permitió que, tras su captura, también se encontrara entre sus pertenencias una porta documentos con indicios de suplantación de identidad, lo que constituye un delito. Este incidente pone de manifiesto la importancia de la colaboración ciudadana y la vigilancia para prevenir y combatir crímenes de este tipo.
“Logramos interceptarlo y le realizamos un registro. En su bolsillo derecho tenía una porta documentos con una tarjeta alusiva a la Policía Nacional con fotografías suyas, acompañado de la cédula de ciudadanía”, manifestó uno de los agentes que lideró el operativo de captura.
El individuo fue puesto a disposición de las autoridades competentes para iniciar las investigaciones correspondientes y determinar la cantidad de delitos cometidos bajo esta modalidad. Este suceso resalta la importancia de la prevención y vigilancia ciudadana en la identificación de comportamientos sospechosos para prevenir la criminalidad. Se invita a la población a denunciar cualquier acto delictivo de esta índole.
Perfil delictivo
Este operativo de las autoridades tuvo lugar en el norte de Bogotá, donde se logró la captura en flagrancia del individuo que cuenta con un extenso historial delictivo. El hombre, cuya identidad no ha sido divulgada, tiene en su haber 16 anotaciones por hurto agravado y calificado, 4 por concierto para delinquir, un caso por porte ilegal de armas y otro por simulación de investidura o cargo. Su detención permite ahora trasladar el caso ante la Unidad de Reacción Inmediata (URI) de Usaquén para proceder con las acciones legales correspondientes.
Los delitos por los que fue investigado el sujeto aprehendido reflejan un patrón de conducta criminal de considerable gravedad. El número de anotaciones por hurto agravado y calificado destaca la reincidencia y la seriedad de los hechos que se le imputaron.
La URI de Usaquén ha iniciado ya el proceso correspondiente para llevar adelante el caso. El hombre detenido será sujeto a los procedimientos judiciales que determinarán su responsabilidad en los delitos señalados. Este evento es un recordatorio de la constante lucha contra el crimen que se libra en la capital colombiana y que es responsabilidad tanto de las autoridades como de la comunidad, mantenerse alerta y colaborar en pro de la seguridad y el bienestar social.
Delito severamente castigado
De acuerdo con el Código penal, para el tema de suplantación de identidad se tiene en cuenta la información consignada en el artículo 296 llamado falsedad personal y establece que con el fin de obtenerse un provecho o para causar un daño, una persona suplante a otra o se le atribuya el nombre, edad, o estado civil esta solo pagará una multa siempre que no se cometa otro delito.
La Fiscalía General de la Nación y la Policía Nacional son las dos instituciones encargadas de atender denuncias por suplantación de identidad en Colombia. La ciudadanía cuenta con mecanismos para reportar delitos y recibir orientación sobre cómo proceder ante situaciones ilícitas.
La ley colombiana también remarca que aquel que usurpe el estado civil de otro será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años. Por otra parte, las disposiciones reflejadas en los capítulos X, XI y XII aluden a la usurpación de identidad y sí la tipifican como delito.