Excongresista del Partido Liberal sobornó con $130 millones a un magistrado de la Corte Suprema de Justicia: la Procuraduría la destituyó

La representante a la Cámara por el Putumayo Argenis Velásquez Ramírez, entregó ese dinero a un funcionario, Camilo Andrés Ruiz, del despacho del magistrado Gustavo Enrique Malo. Su inhabilidad será de 15 años

Argenis Velásquez Ramírez es inhabilitada por 15 años por la Procuraduría - crédito Procuraduría General de la Nación y Cámara de Representantes

La Procuraduría General de la Nación impuso una sanción contundente contra Argenis Velásquez Ramírez, que se desempeñó como representante a la Cámara durante el periodo 2014–2018, al dictar su destitución e imponer una inhabilidad para ejercer cargos públicos por el lapso de 15 años.

La sanción se debe al hallazgo de que Velásquez Ramírez entregó la suma de 130 millones de pesos a un funcionario del despacho del magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Gustavo Enrique Malo, para obtener un veredicto favorable en un proceso penal que se llevaba a cabo en su contra.

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El dictamen emitido por la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular, en primera instancia, detalla cómo la excongresista Argenis Velásquez Ramírez recurrió a la entrega de 130 millones de pesos para influir en el curso de la justicia. La transferencia de dicha cantidad fue efectuada por intermedio de su abogado defensor, Luis Gustavo Moreno Rivera, al magistrado auxiliar Camilo Andrés Ruíz, en un intento por eludir una posible detención o ser citada a juicio. Este proceso se inició a raíz de acusaciones que la implicaban en la apropiación indebida de 300 millones de pesos durante su mandato como alcaldesa de Orito, Putumayo.

El Ministerio Público, una vez concluida la etapa de investigación disciplinaria, subrayó que se recolectaron suficientes pruebas que demuestran las acciones realizadas por Velásquez Ramírez para influir indebidamente en el sistema de justicia. Esta conducta fue determinada como la falta disciplinaria que, con base en las evidencias, se atribuyó con certeza a Velásquez Ramírez, estableciendo así su culpabilidad en el contexto de la referida operación corrupta y motivando la sanción impuesta.

Así mismo, la Procuraduría General de la nación comentó que la excongresista mostró un desprecio por la administración pública y reprocharon dichas actuaciones que para ellos son peores, tratándose de una servidora que fue elegida por el voto popular.

Procuraduría General de la Nación anunció la destitución por 15 años de exrepresentante de Putumayo - crédito @PGN_COL

“Un desprecio total por la administración pública, la ética y la honradez que debe guiar el ejercicio de la función pública, más aún si se trata de una servidora que fue elegida por voto popular, de quien la sociedad espera un comportamiento libre de mácula, transparente y correcto”, dijo el Ministerio Público.

Las declaraciones de Luis Gustavo Moreno Rivera, en el contexto del proceso penal que aborda las conductas inapropiadas de varios funcionarios, conocido popularmente como ‘el cartel de la toga’, han sido determinantes para esclarecer la situación de la excongresista. Es por eso que el órgano de control, tras examinar las circunstancias y las pruebas presentadas en el caso de Argenis Velásquez Ramírez, determinó que su conducta infringió de manera flagrante el principio de moralidad, además catalogaron la falta de la antigua representante a la Cámara como gravísima y a título de dolo.

No obstante, esta no ha sido la única ocasión en la que Argenis Velásquez Ramírez realiza acciones de este tipo, pues a finales del mes de octubre del año 2023 fue condenada en primera instancia por la Corte Suprema de Justicia, la condenó en primera instancia a diez años de prisión por exigir a una de las integrantes de su Unidad de Trabajo Legislativo (UTL) que le diera la mitad de su sueldo al que era el esposo de la excongresista en aquel momento, Edwin Chávez Jojoa.

La excongresista Argenis Velásquez Ramírez fue condenada por quitarle parte de sus salario a una de sus asesoras - crédito Colprensa

Sobre estos hechos, en aquel momento la Sala de Primera Instancia dijo lo siguiente: “olvidó así que los miembros del Congreso representan al pueblo y han de actuar consultando la justicia y el bien común, conforme con el mandato consagrado en el artículo 133 de la Constitución Política, a cambio dirigió su voluntad para sus fines personales al exigir sumas dinerarias a una de sus dependientes”.