CIDH estudiará caso de desaparición forzada de Marino Escobar Aroca, que involucra a agentes del extinto DAS

Para el organismo internacional existe un retardo injustificado por parte del Estado colombiano en las investigaciones y la búsqueda de Marino Escobar Aroca, desaparecido en Bogotá hace casi 37 años

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Elizabeth Santander, la esposa de Marino Escobar Aroca, fue víctima de múltiples amenazas y seguimientos, por lo que se vio forzada a abandonar el país junto a su hija en calidad de refugiada en mayo de 1990 - crédito Cajar
Elizabeth Santander, la esposa de Marino Escobar Aroca, fue víctima de múltiples amenazas y seguimientos, por lo que se vio forzada a abandonar el país junto a su hija en calidad de refugiada en mayo de 1990 - crédito Cajar

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) admitió el caso de desaparición forzada de Marino Escobar Aroca, crimen que habría sido cometido por agentes del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en 1987.

La CIDH consideró que era competente para conocer el caso en razón de que existe un retardo injustificado en las investigaciones y la búsqueda de justicia por parte del Estado colombiano.

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Por esta falta de investigación, señala el organismo internacional, el Estado no ha logrado explicar por qué han pasado décadas desde la desaparición de Marino sin que se concluya la investigación y por qué solo después de 2017 fue que la Fiscalía empezó a adoptar diligencias investigativas, con amplias brechas cronológicas que tampoco explica el Estado.

El crimen de Marino Escobar Aroca ocurrió el 22 de enero de 1987, cuando este estaba esperando a un compañero en Bogotá. En ese momento, fue detenido por agentes que se identificaban como miembros del extinto DAS, que se movilizaban en un vehículo camioneta Toyota plateada.

Hasta la fecha, se desconoce el paradero de Escobar Aroca. Sin embargo, se sabe que antes de su desaparición forzada también fue víctima de hostigamientos, detenciones arbitrarias, torturas físicas y psicológicas por parte de agentes del DAS, que en ese entonces estaba bajo la dirección del hoy general en retiro Miguel Maza Márquez, condenado por el magnicidio de Luis Carlos Galán Sarmiento.

La esposa de Marino Escobar Aroca, Elizabeth Santander, celebró la decisión de la CIDH de acoger el caso: “Esta decisión significa la persistencia en la búsqueda de la verdad y la justicia”.

El Estado colombiano ya no podrá borrar la existencia de Marino”, agregó la mujer que tuvo que salir del país en la década de los 90 tras recibir amenazas, y que luego, se vinculó a la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos (Asfaddes), en donde trabajó durante varios años acompañando las denuncias en contra de la desaparición forzada en Colombia.

El informe de admisibilidad del caso ante la CIDH corresponde a una petición presentada el 13 de noviembre de 2013, por la familia de Marino Escobar - crédito Infobae/Jesús Avilés
El informe de admisibilidad del caso ante la CIDH corresponde a una petición presentada el 13 de noviembre de 2013, por la familia de Marino Escobar - crédito Infobae/Jesús Avilés

El Colectivo de Abogados y Abogadas José Alvear Restrepo (Cajar), en representación de los familiares de la víctima, también se pronunció sobre la noticia, señalando que “espera que esta decisión contribuya también a impulsar las investigaciones penales sobre la detención arbitraria y desaparición forzada de Marino para que se castigue a los responsables, pues, tras casi 37 años de ocurridos los hechos, el crimen sigue impune, afectando los derechos de sus familiares a justicia y verdad”.

“La admisibilidad del caso por parte de la CIDH es una importante respuesta a Elizabeth, esposa de Marino, quien durante tres décadas ha insistido en la exigencia de verdad y justicia”, agregó la presidenta del colectivo de abogados, Jomary Ortegón.

El informe de admisibilidad del caso ante la CIDH corresponde a una petición presentada el 13 de noviembre de 2013, por la familia de Marino Escobar con el acompañamiento del Cajar.

En el informe de admisibilidad del caso ante la CIDH, se concluye que las alegaciones de la parte la familia de la víctima requieren un estudio de fondo en el Sistema Interamericano, pues, de ser corroborados, los hechos constituirían violaciones a los derechos fundamentales a la vida, integridad personal, libertad personal, garantías judiciales, protección judicial y personalidad jurídica garantizados en la Convención Americana, así como al artículo I de la Convención Interamericana sobre desaparición forzada de personas.

De acuerdo con las cifras del Centro Nacional de Memoria Histórica, entre 1958 y 2023, se han registrado 68.602 personas desaparecidas en Colombia.

Antioquia, Meta y Valle son los departamentos que más concentran casos de este tipo de violencia, que ha sido perpetrada principalmente por grupos paramilitares, guerrillas, agentes del Estado y otros grupos posdesmovilización.

Del total de eventos por desaparición forzada registrados, solo 1.794 han aparecido con vida - crédito Centro Nacional de Memoria Histórica
Del total de eventos por desaparición forzada registrados, solo 1.794 han aparecido con vida - crédito Centro Nacional de Memoria Histórica
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